Resolución de 30 de noviembre de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la se amplían los plazos de sustitución de determinados números cortos utilizados en el ámbito interno de las redes telefónicas públicas.

MarginalBOE-A-2009-20699
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

La Resolución de 29 de mayo de 2009, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se atribuyen recursos públicos de numeración a los servicios internos en el ámbito de cada red telefónica pública y se liberan determinados números cortos de tres cifras, otorga a los operadores del servicio telefónico disponible al público un plazo de seis meses para sustituir los números pertenecientes a rangos no atribuidos que se venían utilizando para la prestación de servicios internos en el ámbito de cada red, por los atribuidos en su apartado primero.

Asimismo, en aplicación del apartado 10.1 del Plan nacional de numeración telefónica, aprobado por Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, la mencionada Resolución concede al operador histórico del servicio telefónico fijo disponible al público un plazo de 6 meses para la liberar los números cortos con el formato 0XY (X≠0) que no estén siendo utilizados para la prestación de servicios de interés social y otros servicios de interés para la población en todo el territorio nacional.

No obstante, la propia resolución dispone que con objeto de evitar graves inconvenientes a operadores y usuarios, excepcionalmente, y siempre que lo permitan las necesidades derivadas de la planificación de la numeración, se podrán considerar plazos de migración mayores, a solicitud de los operadores interesados y previa justificación de su necesidad ante esta Secretaría de Estado. En aplicación de esta previsión se han recibido solicitudes de France Telecom España, S.A.U. (en adelante Orange), Telefónica de España, S.A.U., Telefónica Móviles España, S.A.U. (en adelante Telefónica Móviles), R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A. (en adelante R Galicia), Vodafone España, S.A.U. (en adelante Vodafone) y Euskaltel, S.A. (en adelante Euskaltel).

Esta resolución da respuesta a las solicitudes recibidas y otorga ampliaciones de plazo para cada caso, en función de las necesidades previsibles derivadas de la planificación de la numeración.

El artículo 27.7 del Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, aprobado por Real Decreto 2296/2004, de 10 de diciembre, otorga a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información la competencia para dictar las resoluciones necesarias para el desarrollo de los planes nacionales de numeración, direccionamiento y denominación.

La presente resolución ha sido...

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