Decreto 126/1996, de 2 de Abril, por el Que Se Declara Bien de Interes Cultural, Con la Categoria de Zona Arqueologica, el Yacimiento Denominado Cortijo de Miraflores y Huerta de la Albarrana , En Sevilla.

MarginalBOE-A-1996-20104
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyDecreto
  1. El Artículo 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en material de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, y el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley, «los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico».

    Asimismo, el artículo 2 del Decreto 4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de bienes culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del patrimonio histórico andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3, el Consejero de cultura el encargado de proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración, y competiendo, según el artículo 1.1, a este último dicha declaración.

  2. La importancia del yacimiento viene dada por la presencia en el mismo de una serie de elementos que nos hablan de las distintas fases de ocupación del área, y del que cabe destacar la presencia de dos elementos significativos. Por un lado los restos de una villa romana, los primeros encontrados cerca del casco urbano de la antigua Hispalis; y por otro, la presencia del alminar de una mezquita almohade, en perfecto estado de conservación, a través del cual documentamos la existencia de un asentamiento rural con un edificio de tipo religioso, único ejemplar existente en toda Andalucía occidental, que podría informarnos sobre el mundo rural en época musulmana.

  3. La Dirección General de Bienes Culturales, por Resolución de 17 de junio de 1988, incoó expediente de declaración de zona arqueológica, como bien de interés cultural, a favor del yacimiento denominado «Cortijo de Miraflores y Huerta de la Albarrana», en Sevilla, siguiendo su tramitación según lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, para su desarrollo (modificado parcialmente por el Real Decreto 64/1994, del 21).

    En la tramitación del expediente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley del...

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