Resolución de 4 de noviembre de 1994, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de julio de 1994, por el que se autoriza la inclusión de los embalses de Cordobilla y Malpasillo, albufera de Adra, ría del Eo, Mar Menor, marismas de Santoña y marjal de Pego-Oliva, en la lista del Convenio de Ramsar, relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (Ramsar, 2 de febrero de 1971).

MarginalBOE-A-1994-24967
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros, en fecha 15 de julio de 1994, adoptó un acuerdo, a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Agricultura, Pesca y Alimentación, por el que se autoriza la inclusión de los embalses de Cordobilla y Malpasillo, albufera de Adra, ría del Eo, Mar Menor, marismas de Santoña y marjal de Pego-Oliva, en la lista del Convenio de Ramsar, relativo a Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas (Ramsar, 2 de febrero de 1971).

Para general conocimiento, se dispone la publicación del citado Acuerdo, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 4 de noviembre de 1994.-El Subsecretario, Fernando Sequeira de Fuentes.

ANEXO

El Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat para las Aves Acuáticas (Convenio de Ramsar), fue ratificado por España en 1982 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de agosto).

En el acto de ratificación, España inscribió en la lista del Convenio los Parques Nacionales de Doñana y Las Tablas de Daimiel. Posteriormente, en cumplimiento del artículo 2.5 del Convenio (en el que se establece que cada parte contratante podrá añadir a la citada lista nuevos humedales de su territorio), fueron añadidos a la lista la reserva integral de la laguna de Fuentedepiedra en 1983 (Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 1982), las lagunas de Cádiz, lagunas del sur de Córdoba, marismas del Odiel, salinas del Cabo de Gata, s'Albufera de Mallorca, laguna de la Vega o del Pueblo, lagunas de Villafáfila, complejo intermareal de Umia-Grove, rías de Ortigueira y Ladrido, l'Albufera de Valencia, pantano del Hondo, salinas de la Mata y Torrevieja, salinas de Santa Pola y Prat de Cabanes-Torreblanca en 1990 (Acuerdo de Consejo de Ministros de 19 de abril de 1990, «Boletín Oficial del Estado» número 110, de 8 de mayo); Los Aiguamolls de l'Empordá, delta del Ebro, laguna de Manjavacas, lagunas de Alcázar de San Juan, laguna del Prado, embalse de Orellana, complejo de Corrubedo, laguna y arenal de Valdoviño y ría de Mundaka-Guernika en 1992 (Acuerdo de Consejo de Ministros de 21 de febrero de 1992, «Boletín Oficial del Estado» número 73, de 26 de marzo) y, finalmente, las salinas de Ibiza y Formentera en 1993 (Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de mayo de 1993, «Boletín Oficial del Estado» número 298, de 14 de diciembre). Posteriormente se pidió, asimismo, la inclusión de las lagunas de Gallocanta y Chiprana (Acuerdo de Consejo de Ministros de 17 de marzo de 1994).

Se propone la inscripción en la lista del Convenio de los embalses de Cordobilla y Malpasillo, la albufera de Adra, la ría del Eo, el Mar Menor, las marismas de Santoña y marjal de Pego-Oliva, ya que cumplen los criterios técnicos para ser reconocidos como de importancia internacional en función de las poblaciones de aves acuáticas que albergan, en aplicación de los criterios adoptados en las sucesivas conferencias de las partes contratantes del Convenio.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de junio de 1994, ha adoptado el siguiente

ACUERDO

De conformidad con lo previsto en el artículo 2.5 del Convenio sobre Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat para las Aves Acuáticas (Ramsar, 2 de febrero de 1971), ratificado por España en 1982 («Boletín Oficial del Estado» de 20 de agosto), se acuerda la inclusión de los humedales señalados a continuación, dándose cuenta de esta inscripción a la UNESCO, como depositaria de dicho Convenio:

1. Embalse de Cordobilla y Malpasillo.

2. Albufera de Adra.

3. Ría del Eo.

4. Mar Menor.

5. Marismas de Santoña.

6. Marjal de Pego-Oliva.

La descripción y límites del entorno natural de estos enclaves son los que figuran en la memoria adjunta.

MEMORIA

Embalses de Cordobilla y Malpasillo

12. FICHA SINTÉTICA

Paraje Natural de Cordobilla

Municipios: Córdoba: Puente Genil y Aguilar de la Frontera. Sevilla: Badolatosa.

Provincias: Córdoba y Sevilla.

Comunidad...

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