Acuerdo de cooperación cultural, científica y en materia de educación entre el Reino de España y la República de Túnez, firmado en Madrid el 28 de mayo de 1991.
Marginal | BOE-A-1992-7492 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Acuerdo |
ACUERDO DE COOPERACION CULTURAL, CIENTIFICA Y EN MATERIA DE EDUCACION ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA DE TUNEZ
El Reino de España y la República de Túnez, deseosos de afianzar las relaciones entre sus pueblos y decididos a promover la cooperación cultural, científica y educacional, han convenido lo siguiente:
Ambas partes favorecerán el desarrollo y la promoción de su cooperación mutua en los campos de la cultura, la educación, la ciencia y la información.
Ambas partes intercambiarán en la medida de sus posibilidades el material de información (libros, documentación, etc.), así como material audiovisual sobre la cultura, la educación, los deportes, la ciencia y el arte de sus respectivos países.
Asimismo, favorecerán la traducción y la publicación de libros editados en sus respectivos países.
Ambas partes están de acuerdo en estimular el establecimiento y el desarrollo de relaciones estrechas entre las autoridades, Organizaciones e Instituciones respectivas, competentes en materia de cultura, educación, ciencias y arte.
Ambas partes están de acuerdo en promover el estudio de sus respectivas lenguas así como en desarrollar sus conocimientos de historia, literatura, arte, patrimonio artístico, y de otros campos de la cultura.
En este sentido, actuarán para favorecer:
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La creación y el desarrollo de cátedras universitarias, lectorados, cursos de lengua, literatura, historia y arte impartidos en sus respectivas Instituciones educativas.
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La instauración de una cooperación entre las Instituciones de enseñanza superior de ambos países.
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El intercambio de visitas de profesores para dictar conferencias y seminarios y ayudar a la redacción de las tesis doctorales de Estado en ambos países.
Ambas partes apoyarán la concesión de becas a estudiantes, profesores e investigadores de ambos países así como el perfeccionamiento de sus conocimientos en los campos del arte, la cultura, la técnica y la ciencia.
Ambas partes convienen en la necesidad de estudiar el reconocimiento recíproco de las licenciaturas y títulos de enseñanza superior o universitarios.
Con vistas a garantizar a dichos títulos y licenciaturas su validez académica recíproca, ambas partes...
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