ORDEN ECI/1860/2004, de 26 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria para la integración de personal funcionario del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación.

MarginalBOE-A-2004-11281
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN ECI/1860/2004, de 26 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria para la integración de personal funcionario del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley 62/2003 de 30, de diciembre ('Boletín Oficial del Estado' de 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, por el se regula la integración del personal del Instituto de Salud Carlos III en las Escalas de Investigadores Titulares y de Técnicos Superiores Especialistas de los Organismos Públicos de Investigación dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas,previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas, acuerda aprobar la convocatoria para la integración del personal funcionario en la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Podrán solicitar la integración en la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación los funcionarios de carrera en servicio activo en el Instituto de Salud Carlos III, que a la entrada en vigor de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre cumplan con los requisitos enumerados en los apartados uno y dos del artículo 53 de dicha Ley que se especifican enla base segunda de esta convocatoria.

    1.2 Asimismo, los funcionarios de carrera a los que se refiere al apartado dos del artículo 53 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y por el que seregula la integración en las Escalas de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación podrán formar parte de la relación de investigadores en funciones, continuando en servicio activo en sus Cuerpos, Escalas o plazas de origen.

    1.3 Los funcionarios que se integren en la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación quedarán en situación de excedencia en su Cuerpo o Escala de origen, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.3 a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

  2. Requisitos de candidatos

    2.1 Tendrán derecho a integrarse en la Escala de Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación los funcionarios de carrera que en el momento de la entrada en vigor de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, cumplan los siguientes requisitos:

    2.1.1 Estar en posesión del título de Doctor.

    2.1.2 Pertenecer como funcionarios de carrera a Cuerpos,

    Escalas o plazas del grupo A.

    2.1.3 Haber desempeñado durante los diez años anteriores al 1 de enero de 2004, o a la presentación de la solicitud de integración, un mínimo de cinco años en actividades de investigación en el Instituto de Salud Carlos III del Ministerio de Sanidad y Consumo.

    2.1.4 Hallarse en situación de servicio activo en el Instituto de Salud Carlos III el 1 de enero de 2004.

    2.2 Los funcionarios de carrera del grupo A que el 1 de enero de 2004 se encuentren en servicio activo en el Instituto de Salud Carlos III, desarrollando actividades de investigación, y no cumplan alguno de los requisitos exigidos en la base 2.1, podrán solicitar la consideración de investigadores en funciones y pasar a formar parte de una relación de funcionarios con tal naturaleza.

  3. Solicitudes

    3.1 Todos los funcionarios que, reuniendo los requisitos establecidos en las bases 2.1. y 2.2, deseen tomar parte en esta convocatoria para integrarse en la Escalade Investigadores Titulares de los Organismos Públicos de Investigación, deberán hacerlo constar en instancia dirigida al Secretario General de Política Científica y Tecnológica. Dicha solicitud se ajustará al modelo que figura en el anexo III de esta convocatoria y que estará disponible en la página web del Ministerio de Educación y Ciencia:

    http:/www.mec.es 3.2 Asimismo, los...

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