ORDEN APU/1522/2004, de 10 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN APU/1522/2004, de 10 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004 ('Boletín Oficial del Estado' del 7), autoriza en su disposición adicional segunda la convocatoria de 100 plazas para la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero ('Boletín Oficial del Estado' del7), y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Local, previo informe de la Dirección General de la Función Pública y en uso de las competencias atribuidas por delegación, en el apartado segundo 1) de la Orden de 27 de diciembre de 2002 ('Boletín Oficial del Estado' de 3 de enero de 2003), modificada por la Orden de 23 de abril de 2004 ( 'Boletín Oficial del Estado de 28 de abril de 2004'), esta Secretaría de Estado acuerda convocar pruebas selectivas para el accesoa la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

  1. Normas Generales

    1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 100 plazas vacantes de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, con la siguiente distribución:

    Cincuenta plazas para cubrir por el sistema general de acceso libre.

    Cincuenta plazas para cubrir por el sistema de promoción interna.

    Del total de plazas ofertadas se reservará un 5 por 100 para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la ley 23/1988, de 28 de julio, reformada por Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre el Empleo Público de Discapacitados.

    Este cupo de reserva asciende en la presente convocatoria a 5 plazas y se aplicarán 3 al sistema general de acceso libre y 2 al de promoción interna.

    Las plazas no cubiertas de las reservadas a promoción interna y al cupo de reserva de discapacidad acrecerán las restantes plazas de acceso libre. En consecuencia, la fase de oposición del sistema de promoción interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general de acceso libre. La distribución de estas plazas excedentarias a los distintos Tribunales constituidos para juzgar estas pruebas selectivas se efectuará conforme a lo establecido en la base 6.4 de esta convocatoria.

    Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición sin obtener plaza por el cupo de reserva para discapacitados pueden optar, en igualdad de condiciones, a las plazas del sistema general, tanto en el caso de acceso por promoción interna como en el de turno libre.

    Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas, debiendo especificar en su solicitud de participación, el sistema de acceso libre o de promoción interna por el que optan.

    Dicha opción vincula al aspirante, no pudiendo modificarla una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes. Será causa de exclusión del procedimiento selectivo la presentación de solicitudes de participación por los dos sistemas.

    1.2 A las pruebas que se establecen en esta convocatoria les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, 834/2003, de 27 de junio; la Resolución de 4 de junio de 1999, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se aprueban las bases generales y el programa al que deberán ajustarse las convocatorias de pruebas selectivas para el acceso a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría de Entrada, de la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional ('Boletín Oficial del Estado' de 18 de junio de 1999); las Bases de esta convocatoria, y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

  2. Proceso selectivo

    2.1 La selección de los aspirantes se realizará a través del sistema de oposición seguida de curso selectivo de formación para los aspirantes de libre acceso, y por el sistema de concurso-oposición y curso selectivo de formación para los aspirantes de promoción interna.

    2.1.1 Acceso Libre. Pruebas selectivas. Oposición.--La fase de oposición consistirá en la realización de tres ejercicios obligatorios que serán eliminatorios y, opcionalmente, quienes superen dicha fase, podrán realizar una prueba complementaria para acreditar el conocimiento de otras lenguas españolas, distintas del castellano, que tengan carácter oficial en alguna Comunidad Autónoma y/o de idiomas extranjeros.

    Primer ejercicio eliminatorio: consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de tres horas, un tema de carácter general elegido por el aspirante entre dos propuestos por el Tribunal en relación con los contenidos del programa que figura en el Anexo II.1.A. de la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 4 de junio de 1999 ('Boletín Oficial del Estado' del 18).

    Este ejercicio deberá ser leído obligatoriamente ante el Tribunal por el aspirante, apreciándose, fundamentalmente, la capacidad y formación general, la claridad de ideas, la precisión y rigor en laexposición y la calidad de expresión escrita.

    Segundo ejercicio eliminatorio: consistirá en exponer oralmente, durante un período máximo de sesenta minutos, cinco temas sacados a la suerte entre los comprendidos en el anexo II.2 de la Resolución dela Secretaría de Estado para la Administración Pública de 4 de junio de 1999 ('Boletín Oficial del Estado' del 18).

    Uno de cada parte en que se divide dicho anexo.

    Antes de iniciar la exposición, el aspirante dispondrá de un período máximo de diezminutos para la realización de un esquema o guión de los temas que deba desarrollar.

    Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre cuestiones relacionadas con los temas desarrollados, por un período máximo de quince minutos.

    En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de la exposición y la capacidad de expresión oral.

    Tercer ejercicio eliminatorio: Consistirá en la resolución del supuesto o supuestos prácticos que el Tribunal determine, durante el plazo máximo de cuatro horas, y que estará relacionado con las materias del programa que figura en el anexo II.3 de la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 4 de junio de 1999 ('BoletínOficial del Estado' del 18), pudiéndose consultar textos legales, en soporte papel, así como utilizar máquinas de calcular no programables, ni financieras.

    En este ejercicio, que será corregido directamente por el Tribunal, se valorará la capacidadde análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.

    El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar el anonimato de los aspirantes, utilizando para ello modelos impresos para examen en los que no podrá constar ningún dato de identificación del aspirante en la parte de la hoja normalizada de examen que haya de ser corregida por el Tribunal. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

    Prueba complementaria: su realización tendrá carácter voluntario y consistirá en efectuar, por escrito, traducciones directas e inversas, sin diccionario, de los idiomas extranjeros y/o lenguas oficiales de Comunidades Autónomas, elegidos por el aspirante en su solicitud. El tiempo máximo para su realización será de una hora para cada uno de los idiomas y/o lenguas elegidos hasta un máximo de tres.

    2.1.2 Promoción Interna. Pruebas selectivas: concurso-oposición.

    1. La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios que serán eliminatorios y, opcionalmente, quienes superen dicha fase, podrán realizar una prueba complementaria para acreditar el conocimiento de otras lenguas españolas, distintas del castellano, que tengan carácter oficial en alguna Comunidad Autónoma y/o de idiomas extranjeros.

      Primer ejercicio eliminatorio: Consistirá en la contestación, por escrito, durante un plazo máximo de tres horas, a 10 preguntas, propuestas por el Tribunal, relacionadas con las materias del programa, según temario recogido en el anexo II.1.B. de la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 4 de junio de 1999 ('Boletín Oficial del Estado' del 18).

      Este ejercicio deberá ser leído obligatoriamente ante el Tribunal por el aspirante, apreciándose, fundamentalmente, la comprensión de los conocimientos, la claridad de ideas y la calidad de expresión escrita.

      El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar el anonimato de los aspirantes, utilizando para ello modelos impresos para examen en los que no podrá constar ningún dato de identificación del aspirante en la parte de la hoja normalizadade examen que haya de ser corregida por el Tribunal. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

      Segundo ejercicio eliminatorio: Consistirá en la resolución del...

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