Orden CUL/3674/2006, de 2 de noviembre, por la que se convocan puestos de trabajo, por el sistema de libre designación, en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

MarginalBOE-A-2006-20983
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo que se relacionan en el anexo I de la presente orden, con arreglo a las siguientes

Bases

Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.

Segunda.-Los interesados dirigirán su solicitud, que deberá ajustarse al modelo que figura en el anexo II, al Subsecretario de Cultura, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y la presentarán en el Registro General del Ministerio de Cultura (plaza del Rey, 1, Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.-A las citadas solicitudes deberán acompañar «curriculum vitae» en el que se hará constar los títulos académicos que posean, puestos de trabajo desempeñados y demás circunstancias y méritos que estimen oportunos poner de manifiesto.

Cuarta.-Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Madrid, 2...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR