ORDEN CUL/1598/2004, de 7 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

MarginalBOE-A-2004-10220
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN CUL/1598/2004, de 7 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero , por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 41 plazas del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos Código 0313 por el sistema general de acceso libre y 4 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 5 del Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, para los ministerios de Cultura, Educación y Ciencia, y Defensa.

    La distribución por especialidades de las plazas convocadas es la siguiente:

    Sección Archivos: 7 plazas por el turno libre.

    Sección Bibliotecas:

    21 plazas por el turno libre.

    4 plazas por el turno de promoción interna.

    Sección Museos: 13 plazas por el turno libre.

    Del total de estas plazas se reservará 2 plazas de la Sección de Bibliotecas (turno libre) y 1 plaza de la Sección de Museos, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

    Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

    Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

    En el caso de que las plazas convocadas en la Sección de Bibliotecas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 15 de abril).

    1.2 Los aspirantes por la Sección de Bibliotecas sólo podrán participar en uno de los dos sistemas: acceso libre o promoción interna.

    1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso - oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y, en su caso, de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

    1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

    1.5 Elproceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

    El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes del 27 de septiembre. La duración máxima de la fase de oposición será de 5 meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

    1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, que se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado', con indicación del destino adjudicado.

  2. Requisitos de los candidatos

    2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

    2.1.1 Nacionalidad:

    1. Ser español.

    2. Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

    2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de lacredencial que acredite su homologación.

    2.1.4 Compatibilidad Funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

    Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

    Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna deberán cumplir, además:

    2.1.6Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C , incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C y estar además destinados en la Administración General del Estado.

    2.1.7 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C.

    2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

  3. Solicitudes

    3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficialde solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Cultura, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/servicios--al--ciudadano/empleo--público/procesos--selectivos La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

    3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro del Ministerio de Cultura (Plaza del Rey, 1 28071-Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado' y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Cultura.

    La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    3.3 A la solicitud se acompañará:

    Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del pasaporte.

    Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte, una fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

    Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.

    De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

    Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional, presentarlas al órganode selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.

    Los aspirantes con discapacidad...

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