Orden TAP/1451/2011, de 19 de mayo, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo, por el sistema de libre designación.

MarginalBOE-A-2011-9559
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Política Territorial y Administración Pública
Rango de LeyOrden
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 130 Miércoles 1 de junio de 2011 Sec. II.B. Pág. 54083
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
9559 Orden TAP/1451/2011, de 19 de mayo, por la que se convoca la provisión de
puestos de trabajo, por el sistema de libre designación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley de Medidas para la
Reforma de la Función Pública, en relación con el capítulo III del título III del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se efectúa convocatoria para proveer puestos de
trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.–Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los
funcionarios públicos que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño y que se
relacionan en el anexo I de la presente Orden.
Segunda.–Las solicitudes se presentarán en el modelo de instancia que figura
como anexo II y se dirigirán a la Subsecretaría (Registro General), calle Alcalá Galiano,
número 10, 28010 Madrid.
En el supuesto de que un mismo solicitante optase a dos o más puestos de trabajo de
los anunciados en el anexo I, deberá formular petición independiente por cada uno de
ellos, indicando el orden de preferencia en que los mismos se soliciten.
Tercera.–El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados
a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Orden en el
«Boletín Oficial del Estado».
Cuarta.–Además de los datos personales y número de Registro de Personal, los
aspirantes acompañarán junto con la solicitud su currículum vítae, en el que consten títulos
académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración,
estudios y cursos realizados, y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto,
y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran
desempeñando.
Quinta.–Los funcionarios públicos en servicio activo deberán adjuntar, si son
adjudicatarios y prestan sus servicios en Ministerio y organismo distinto del convocante,
certificado extendido por la Unidad de Personal donde se encuentren destinados,
especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto
de trabajo que estuvieran desempeñando y el tiempo de servicios efectivos reconocido
para el cómputo de trienios.
Sexta.–Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día
siguiente al de su publicación, ante el mismo Órgano que lo ha dictado, o recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Madrid, 19 de mayo de 2011.–El Vicepresidente Tercero del Gobierno y Ministro de
Política Territorial y Administracion Pública, P. D. (Orden TAP/2964/2010, de 18 de noviembre),
el Subsecretario de Política Territorial y Administración Pública, Juan Antonio Cortecero
Montijano.
cve: BOE-A-2011-9559

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