Orden FOM/944/2007, de 29 de marzo, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

MarginalBOE-A-2007-7683
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero (BOE del 7) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado núm. 48 de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 47 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas, Código 1011, por el sistema general de acceso libre y 1 plaza por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero.

    Del total de estas plazas se reservarán 3 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

    En el caso de que la plaza convocada por el sistema de promoción interna quedara vacante no podrá acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 15 de abril).

    1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

    Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del computo de plazos de la presente convocatoria, sin que ello afecte a lo dispuesto en el artículo 1.3 del Real Decreto 120/2007 de 2 de febrero por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público, relativo al nombramiento de funcionarios en prácticas en el ejercicio 2007 de los nuevos efectivos.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Perito o Ingeniero Técnico de Obras Públicas en cualquiera de las especialidades impartidas por las Escuelas de Ingeniería Técnica de Obras Públicas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

    Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán cumplir además:

    Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C y estar además destinados en la Administración General del Estado.

    Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C.

  6. Solicitudes

    6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas, www.map.es

    6.2 Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos»-a través de la dirección de Internet (www.map.es) o en el Portal del ciudadano (www.060.es)

    La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

    En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en el siguiente apartado.

    6.3 Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Fomento, P.º de la Castellana, n.º 67, 28071-Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Octavo punto 2 de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

    La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

  7. Tribunal

    7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

    7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, P.º de la Castellana, n.º 67, teléfonos 91/5978787, dirección de correo electrónicoarea-seleccion@fomento.es. Dirección de Internet http://www.fomento.es/

  8. Desarrollo del proceso selectivo

    El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra B, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 (Boletín Oficial del Estado del 26).

  9. Norma final

    Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Fomento en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso -administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso -Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

    Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Madrid, 29 de marzo de 2007.-La Ministra de Fomento, P.D. (Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre), la Subsecretaria de Fomento, M.ª Encarnación Vivanco Bustos.

ANEXO I

Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras...

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