Orden ECI/1515/2007, de 21 de mayo, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por promoción interna, en la Escala de Profesores de Investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

MarginalBOE-A-2007-10853
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, y acuerdo de la Junta de Gobierno del CSIC, acuerda convocar proceso selectivo para acceso a la Escala de Profesores de Investigación (código 5402) del Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en al Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado n.º 48, de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 100 plazas de la Escala de Profesores de Investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (código 5402) por el sistema de promoción interna.

    Del total de estas plazas se reservarán seis, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.

    La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica, de las plazas convocadas por el turno ordinario es la siguiente:

    N.º de plazas

    Denominación

    Destino

    Tribunal número

    3

    Historia y Arte

    CSIC

    1

    3

    Filología y Filosofía

    CSIC

    2

    4

    Ciencias Sociales

    CSIC

    3

    17

    Biología y Biomedicina

    CSIC

    4

    7

    Biología de Organismos y Sistemas Terrestres.

    CSIC

    5

    3

    Ciencias Marinas y Acuicultura

    CSIC

    6

    3

    Ciencias de la Tierra y la Atmósfera

    CSIC

    7

    10

    Ciencias Agrarias

    CSIC

    8

    3

    Física Teórica y Matemáticas

    CSIC

    9

    4

    Física Experimental

    CSIC

    10

    3

    Tecnologías Físicas

    CSIC

    11

    3

    Ciencias del Espacio

    CSIC

    12

    7

    Ciencia de Materiales

    CSIC

    13

    5

    Tecnología de Materiales

    CSIC

    14

    8

    Ciencia y Tecnología de los Alimentos

    CSIC

    15

    7

    Ciencias Químicas

    CSIC

    16

    4

    Tecnologías Químicas

    CSIC

    17

    La distribución por áreas de especialización científica y tecnológica, por las que podrán concurrir los aspirantes que participen en el proceso selectivo por el cupo de discapacitados es la siguiente:

    Denominación

    Destino

    Tribunal número

    Historia y Arte

    CSIC

    1

    Filología y Filosofía

    CSIC

    2

    Ciencias Sociales

    CSIC

    3

    Biología y Biomedicina

    CSIC

    4

    Biología de Organismos y Sistemas Terrestres

    CSIC

    5

    Ciencias Marinas y Acuicultura

    CSIC

    6

    Ciencias de la Tierra y la Atmósfera

    CSIC

    7

    Ciencias Agrarias

    CSIC

    8

    Física Teórica y Matemáticas

    CSIC

    9

    Física Experimental

    CSIC

    10

    Tecnologías Físicas

    CSIC

    11

    Ciencias del Espacio

    CSIC

    12

    Ciencia de Materiales

    CSIC

    13

    Tecnología de Materiales

    CSIC

    14

    Ciencia y Tecnología de los Alimentos

    CSIC

    15

    Ciencias Químicas

    CSIC

    16

    Tecnologías Químicas

    CSIC

    17

    Las seis plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad serán adjudicadas, de entre los aspirantes con discapacidad del citado cupo que hayan aprobado el proceso selectivo, a aquellos candidatos con las seis mejores puntuaciones finales, con independencia del área de especialización científica y tecnológica por la que concurran.

    Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las del turno ordinario por el mismo área de especialización científica y tecnológica que optaron en el cupo de reserva para discapacitados.

    Las plazas reservadas para el cupo de reserva para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del turno ordinario de las áreas de especialización científica y tecnológica según el orden siguiente: la primera plaza para Tecnologías Químicas, la segunda plaza para Ciencias Marinas y Acuicultura, la tercera plaza para Tecnologías Físicas, la cuarta plaza para Ciencia y Tecnología de Alimentos, la quinta plaza para Ciencias Agrarias y la sexta plaza para Filología y Filosofía.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

  3. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  4. Requisitos específicos

    Pertenecer como funcionario de carrera a las Escalas de Investigadores Científicos del CSIC o de Científicos Titulares del CSIC, en las que deberán haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años.

  5. Solicitudes

    5.1 Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo 790 que será facilitado gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es).

    5.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo III.

    5.3 Ningún aspirante podrá presentar más de una solicitud, ni concurrir a más de un área de especialización.

    5.4 A la solicitud se acompañará en soporte informático (CD-ROM), los siguientes archivos en formato pdf:

    5.4.1 Currículum vitae. Este archivo se deberá identificar con el siguiente nombre: CV_apellidos y nombre del candidato.pdf.

    5.4.2 Un resumen, de un máximo de 6 páginas (UNE-A4) mecanografiados a doble espacio con el tamaño de letra de 12 puntos, en el que se expresarán los objetivos científicos que el aspirante ha perseguido a lo largo de su carrera investigadora, así como las líneas fundamentales de su investigación futura, con especial énfasis en estas últimas, para su valoración de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1.a) del anexo I. Este archivo se deberá identificarse con el siguiente nombre: OBJETIVOS_apellidos y nombre del candidato.pdf.

    5.4.3 Ejemplares de las cinco aportaciones científicas, técnicas o de cualquier otra índole que, a juicio del aspirante, sean las más relevantes de su carrera profesional. Este archivo se deberá identificar con el siguiente nombre: APORTACIONES_apellidos y nombre del candidato.pdf. En el supuesto de que dichas aportaciones no se pudieran remitir en soporte informático, podrán enviarse los originales o copias de los mismos.

    5.4.4 Un resumen de las cinco aportaciones, a las que se refiere la base 5.4.3, de un máximo de tres páginas (UNE-A4) mecanografiadas a doble espacio con el tamaño de letra de 12 puntos, subrayando la relevancia de las aportaciones seleccionadas y la contribución personal a las mismas. Este archivo se deberá identificar con el siguiente nombre: RESUMEN_apellidos y nombre candidato.pdf.

  6. Tribunales

    6.1 Los Tribunales calificadores de estos procesos selectivos son los que figuran como Anexo II a esta convocatoria.

    6.2 Los Tribunales de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en los locales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, C/ Serrano, n.º 113. 28006 Madrid, teléfono (91) 5855265/5263 y Fax 91 585 53 86, dirección de correo electrónico p.decabo@orgc.csic.es, mj.navas@orgc.csic.es y j.ruiz@orgc.csic.es

  7. Norma final

    Al presente proceso le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

    Asimismo, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR