Orden ECI/3835/2007, de 11 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso por promoción horizontal de personal laboral fijo, a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

MarginalBOE-A-2007-22391
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso, por promoción horizontal de personal laboral fijo, a la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 22 plazas de la Escala de Auxiliares de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, Código 5048, por el sistema de promoción horizontal del personal laboral fijo.

    Del total de estas plazas se reservarán 2, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

    Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

    Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

    Las plazas corresponden a los Organismos Públicos de Investigación: Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, Instituto Español de Oceanografía, Instituto Geológico y Minero de España e Instituto de Salud Carlos III.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso -oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

    Los aspirantes que hubieran superado las pruebas, pero al no reunir méritos suficientes, no hubieran aprobado, quedarán exentos de la realización de las pruebas en la siguiente convocatoria.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  5. Requisitos específicos

    5.1 Estar incluido a efectos de promoción interna de carácter horizontal en lo previsto en el apartado 3.º del artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007.

    5.2 Pertenecer como personal laboral fijo al grupo profesional 4 del Área Técnica y Profesional del II Convenio Único o a una categoría y grupo profesional en situación equivalente de otros Convenios de la Administración General del Estado y encontrarse destinado en alguno de los Organismos Públicos Investigación o en otras Unidades donde desarrolle funciones de proyectos de investigación científica y ensayos y análisis...

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