ORDEN SCO/1215/2004, de 27 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2004-8423
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN SCO/1215/2004, de 27 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, enuso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

  1. Normas generales

    1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir veintiocho plazas de la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, Código 6449, por el sistema general de acceso libre, en los Servicios del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

    Del total de estas plazas se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

    Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

    La plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumulará a las de acceso general.

    1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

    1.3 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

    1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

    El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en todo caso antes del mes de julio de 2004. La duraciónmáxima de la fase de oposición será de ocho meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

    1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, que se publicará en el 'Boletín Oficial del Estado', con indicación del destino adjudicado.

  2. Requisitos de los candidatos

    2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

    2.1.1 Nacionalidad: Ser español.

    2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

    2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título Licenciado enMedicina o Licenciado en Medicina y Cirugía. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

    2.1.4 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

    2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

  3. Solicitudes

    3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Sanidad y Consumo, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet:

    www.map.es/servicios--al--ciudadano/empleo--publico/ procesos--selectivos La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

    3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Sanidad y Consumo o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado' y se dirigirán al Director General de Recursos Humanos y Servicios Económico-Presupuestarios (Subdirección General de Recursos Humanos). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    3.3 A la solicitud se acompañará:

    Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del pasaporte.

    Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, concarácter excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las correspondientes pruebas.

    Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

    3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

  4. Admisión de aspirantes

    4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha orden, que deberá publicarse en el 'Boletín Oficial del Estado', se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición.

    4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

    4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

  5. Tribunal

    5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

    5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

    5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo28 de la ley citada en la base anterior.

    5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Sanidad y Consumo.

    Paseo del Prado, números 18-20, teléfono 915 96 17 12, dirección de correo electrónico irodriguezUmsc.es

  6. Desarrollo del proceso selectivo

    6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero).

    6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

    6.3 Concluido cada uno delos ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

    6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del Tribunal señalada en la base 5.4.

    6.5 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

    Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión ala autoridad convocante.

  7. Superación del proceso selectivo

    7.1 Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última prueba.

    Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la publicará en el 'Boletín Oficial...

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