Orden ECI/2029/2007, de 25 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

MarginalBOE-A-2007-13240
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 120/2007, de 2 de febrero, Boletín Oficial del Estado del 7, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2007, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976 y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (Boletín Oficial del Estado núm. 48 de 25 de febrero de 2005).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 79 plazas por el turno general y 6 plazas por el turno para personas con discapacidad, de la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación Código 5024 por el sistema general de acceso libre.

    La distribución por especialidades de las plazas convocadas por el turno general es la siguiente:

    Especialidad

    OPI/Destino

    N.º de plazas

    Ciencias Humanas y Sociales

    CSIC

    9

    Diseño, Desarrollo y Control de Instalaciones y Equipos

    CSIC

    4

    CIEMAT

    1

    CEDEX

    1

    Laboratorio y Técnicas de Biología

    CSIC

    6

    ISCIII

    4

    INIA

    3

    CIEMAT

    1

    Laboratorio y Técnicas de Química y Radioquímica

    CSIC

    6

    CIEMAT

    3

    ISCIII

    1

    Laboratorio y Técnicas de Física y Electrónica

    CSIC

    2

    CIEMAT

    1

    CEDEX

    1

    Laboratorio y Técnicas de Materiales

    CSIC

    3

    CIEMAT

    1

    Laboratorio y técnicas de experimentación animal

    CSIC

    3

    INIA

    3

    MAPA

    1

    ISCIII

    1

    MAP

    1

    Laboratorio y técnicas de experimentación vegetal

    CSIC

    2

    INIA

    1

    Laboratorio y técnicas de agroalimentación

    CSIC

    1

    INIA

    1

    MAPA

    1

    MAP

    1

    Laboratorio y técnicas de experimentación medioambiental

    INIA

    1

    Laboratorio y Técnicas de Experimentación Oceanográfico-pesquera

    IEO

    9

    Laboratorios y técnicas de Infraestructura Geocientífica

    IGME

    6

    De las 6 plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad corresponden cuatro plazas al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), una plaza al Instituto Español de Oceanografía (IEO) y una plaza al Instituto Geológico y Minero de España (IGME).

    La distribución de las plazas para personas con discapacidad es la siguiente:

    Especialidad

    OPI/Destino

    N.º de plazas

    Ciencias Humanas y Sociales

    CSIC

    2

    Laboratorio y Técnicas de Biología

    CSIC

    2

    Laboratorios y Técnicas de Infraestructura Geocientífica

    IGME

    1

    Laboratorio Técnicas de Experimentación Oceanográfico-pesquera

    IEO

    1

    Si alguno de los aspirantes que se hubiese presentado por el cupo de reserva de personas con discapacidad superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

    Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.

    En el supuesto que en alguna de las plazas de las especialidades quedara desierta, el Tribunal podrá proponer al Órgano convocante que dicha plaza se destine a incrementar el número de las inicialmente previstas para especialidad distinta.

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

    Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

  3. Programas

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  5. Solicitudes

    Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo 790 que será facilitado gratuitamente en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es).

    La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Instituto de Salud Carlos III, calle Sinesio Delgado, n.º 4, 28029-Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán al Secretario de Estado de Universidades e Investigación. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    Los aspirantes solo podrán participar por una de las especialidades previstas en la bases de esta convocatoria y se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

  6. Tribunal

    Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como Anexo III a esta convocatoria.

    El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto de Salud Carlos III, calle Sinesio Delgado, n.º 4, 28029-Madrid, teléfono 91-822-20-00, dirección de correo electrónico aaranda@isciii.es

  7. Norma final

    Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la señora Ministra de Educación y Ciencia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

    Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Madrid, 25 de junio de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Subsecretario de Educación y Ciencia, Fernando Gurrea Casamayor.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

  1. Proceso selectivo:

    Con carácter previo al inicio de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y su conocimiento del castellano no se deduzca de su origen, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

    Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en posesión del Diploma de español de nivel superior o del Diploma de español de nivel intermedio como lengua extranjera regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre. A tal efecto, deberán aportar, junto a la solicitud, fotocopia compulsada de dicho diploma. De no aportar esta documentación no podrán ser declarados exentos y deberán, por tanto, realizar la prueba a que se refiere el párrafo anterior.

    La prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que no posean la nacionalidad española se calificará como «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para realizar la oposición.

  2. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

    Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario de cincuenta preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta, basado en las materias comunes a las que hace referencia el anexo II.

    El primer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos. El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio y poder acceder al segundo. Esta puntuación podrá ser diferente para cada una de las especialidades. Todas las preguntas tendrán el mismo valor y las contestaciones erróneas se penalizarán con el veinticinco por ciento de una contestación correcta.

    Segundo ejercicio: consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de dos horas, de cinco preguntas propuestas por el Tribunal relacionadas con el programa de cada especialidad que figura en el anexo II.

    El segundo ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 para superarlo.

    Tercer ejercicio: Consistirá en la resolver un supuesto práctico relacionado con la especialidad de la...

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