RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se convocan plazas de Auxiliares de Conversación de Lengua Española en Centros de Estados Unidos, Canadá y Nueva Zelanda.

MarginalBOE-A-2000-23481
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se convocan plazas de Auxiliares de Conversación de Lengua Española en Centros de Estados Unidos, Canadá y Nueva Zelanda.

La creciente extensión del fenómeno multilingüe y la circunstancia de que el español sea la segunda lengua en importancia en varios Estados de los Estados Unidos han favorecido que las autoridades educativas norteamericanas prestasen una atención especial a la enseñanza de nuestro idioma.

Resultado de estas circunstancias han sido los Memoranda suscritos o, en su caso, renovados a lo largo de los últimos años con diversos Estados y distritos del citado país que se plasman en un programa para el envío de Auxiliares de Conversación de Lengua Española a centros de enseñanza primaria y secundaria (High-School), en los Estados Unidos.

Por otra parte el creciente interés por el estudio de la lengua española en otros ámbitos geográficos como Canadá y Nueva Zelanda han originado acuerdos con dichos países para iniciar el Programa con carácter experimental.

En consecuencia, esta Secretaría General Técnica acuerda aprobar las bases que han de regular el procedimiento de selección de candidatos españoles a Auxiliares de Conversación que participarán durante el curso 2001-2002 en el mencionado programa, cuyo número de plazas puede sufrir modificaciones, según la actualización que requiera las nuevas necesidades educativas detectadas al cierre de su planificación escolar del curso 2001-2002.

La presente Resolución constituye el acuerdo de iniciación de oficio de dicho procedimiento a los efectos previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Con base en lo anterior se comunica a los interesados que el plazo máximo para resolver este procedimiento, cuyo objeto se ha indicado anteriormente, es de seis meses, contados éstos a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el mismo plazo, se procederá a notificar la resolución recaída mediante la publicación en el 'Boletín Oficial del Estado' de la relación de candidatos seleccionados.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiera producido la resolución correspondiente, los interesados podrán entender desestimada su pretensión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44 de la mencionada Ley, pudiendo presentar recurso de alzada en el plazo máximo de tres meses contados a partir de dicha fecha, de acuerdo con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la mencionada Ley.

La selección de los candidatos se efectuará de acuerdo con las siguientes normas:

BASES DE LA CONVOCATORIA

  1. Países y número de puestos

    Estados Unidos y Canadá: 18 Auxiliares Nueva Zelanda: 2 Auxiliares

  2. Requisitos de los candidatos

    1. Tener la nacionalidad española y no haber disfrutado anteriormente de una estancia como Auxiliar de Conversación en países del mismo idioma del que se solicita.

    2. Acreditar alguna de las siguientes titulaciones:

    2.1.a) Titulación de Licenciado en Filología Inglesa; o Licenciado en Traducción e Interpretación. Primera Lengua Extranjera: Inglés.

    2.1.b) Titulación de Maestro, especialidad Lengua Extranjera: Inglés.

    2.1.c) En el caso de Nueva Zelanda, los candidatos que no tengan la titulación de Maestro, han de acreditar, además, la posesión del certificado de aptitud pedagógica o equivalente.

    Teniendo en cuenta que la asignación económica que percibirán los Auxiliares seleccionados no constituye un salario, sino que tiene como único objeto ayudar a la manutención de los mismos y colaborar a sufragar los gastos derivados de residir en un lugar distinto del propio, es requisito para participar en esta convocatoria tener la residencia habitual en país distinto al solicitado.

    Se advierte que las autoridades educativas de los países indicados no aceptan candidatos mayores de veinticinco años.

  3. Requisitos de las solicitudes

    1. Con independencia del número de países a los que se opte e incluso si se participa también en la convocatoria de Auxiliares de Conversación en países de Europa, el interesado lo hará constar en la misma solicitud, de la que presentará tres ejemplares, en la que incluirá los países a los que se refiere esta convocatoria junto con los de Europa que corresponda.

      Dichas solicitudes se facilitarán gratuitamente en la Sección de Información, Iniciativas y Reclamaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle Alcalá, 36, 28071 Madrid, en las Subdelegaciones del Gobierno y...

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