Instrumento de Ratificación de España del Convenio sobre Creación del Centro Europeo de Previsiones Meteorológicas a Plazo Medio, hecho en Bruselas el 11 de octubre de 1973.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Noviembre de 1975
MarginalBOE-A-1976-5484
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
5;2::.:1:.::6~_~
13_m_a_rZ;...c_l_9_76
~
B. O.
del
K-Núm.
63
FRANCISCO
FRANCO
JUAN
CARLOS
El
Presidente
de
las
Cortes
Espafw!as,
TORCUATO'
FERNANDEZ-MIRANDA
y
HEVIA
El
Miliistro
de
Asuntos
Exteriores,
PEDRO
CORTINA
MAURI
nas
sobre
la
Atmósfera
(G.A.RPJ,
emprendidos
por
la
Orga-
nización
Meteorológica
Mundial
en
unión
con
le,
Confederación
Internacional
de
Uniones
Científicas
n.c.SUJ;
,
Considerando,
por
10
demás,
el
interés
que
la
creación
de
dicho
centro
puede
representar
para
el
desarrollo
de
la
indus-
tria
europea
en
el
campo
de
la
informática,
Han
decidido
crear
un
Centro
Europeo
de
Previsionos
Me-
teorológicas
a
Plazo
Medio
y
determinar
la.s
condiciones
en
que
dicho
centro
deberá
funcionar,
y
designado,
a
tal
efecto,
como
Plenipbtenciarios:
-
Su
Majestad
el
Rey
de
los
Belgas,
al
señor
don
Joseph
van
dar
Maulen,
Embajador
Extraordinario
y
Pleni-
potenciaría,
Representante
Permanente
de
Bélgica
cerca
de
las
Comunidades
Europeas;
--
Su
Majestad
la
Reina
de
Dinámarca,
al
señor
don
Niels
'ErsboI1,
Embajad~r
Extraardinario
yPlenipov:mcial"lo,
Representante
Permanente
de
Dinamarca
cerca
de
las
Comu·
nidades
Europeas;
~
El
Presidente
de
la
República
Federal
de
Alemania,
al
se-
l'ior
don
Ulrich
Lebsanft.
Embajador
Extraordinario
y
Plenipctencia-
rio
R€presentante
Perman'3nte
de
Alemania.
cerca
d,~
las
Comunidude~
Europeas;
~
El
Jefe
del
Estado
Espm1ol.
al
señor
don
Alberto
UUastres
Calve.
Embajador
Extraordinario
yP!tmi-
pot¿Dciario,
Jefe
de
la
Misión
de
España
<;6rca
de
las
,
Comllnidadc~
Eu,ropeas;
~El
Presidente
de
la
República
Francesa,
al
señor
don
Emite
Cazimajou,
Representante
Permanente
Adjunt~
de
Franda
cerca
do
las
Comunidades
Europeas;
-El
Presidente
de
la
,RepÚblica
de
Grecia.
al
señor
don
Byron
Theodoropoulos,
Embajador
Extraordinario
y
Pleni-
potenciario.
Delegado
Perrnanentede
Grecia
cerca
de
la
Comunidad
Económica
Europea;
El
Presidente
de
Irlanda.
al
seiíor
don
Brendan
Dillon.
Embajador
Extraord,il1urio y
Plenipotenciario,
R0preSi.'ntante
Permanente
de
Irlanda
cerca
de
las
Comu-
nidades
Europeas"¡
-El
Presidente
de
la
República
Italiana,
al
señor
don
Giorgio
Bombassei
Fraseani
de
Vettor,
Enibaj~dor
de
Palia,
Representante
Perman'mte
de
1tana
cerca
de
las
Comuni-
dades
Europeas;
-
El
Presidente
de
la
República
Socialista
Federativa
de
Yu-
goslavia,
al
señor
don
Pt>liar Miljevic,
Embajador
Extniordinario
y
Plenipotenciario,
Jefe
de
la
Misión
de
Yugoslavia
cerca
de
las
Comunidades
Europeas:
-
Su
Majestad
la
Reina
de
los PaíseS'
B~jos,
al
sei'íor
don
E. M.
J.
A.
$assen,
Embajador
Extraordinario
y
Plenipo-
tenciario.
Representante
Permanente
de
los
Paises
Bajos
cerca"
de
las
'Comunidades
Europea.s;
El
Presidente
da
la
República
Portuguesa,
al
señor
don
Fernando
de
Magalhae5
Cruz
Emhajador
E:,tnwrdjnario
y
Plenipotenciario.
'Jefe
de
la
Misión
de
Portugal
cerca
de
las
Comunidades
Europeas;
..:...
El
PreSidente
de
la
Son
federación-
Suiza,
al
señor
don
Henrl
Wurth.
Embajador
Extraordinario
y
Plenipotencíario.
Jefe
de
la
Misión
Suizá
cerca
de
las
Comunidades
Europeas;
-
El
Presidente
de
la
República
de
Finlandia,
a.l
señor
don
Pentti
Talvitie.
Embajador
Extraordinario
y
Plenipotenciario,
Jefe
de
la
Misión
de
Finlandia
cerca
de
las
COffi]Jnidades
Europeas;
-
Su
Majestad
el
Rey
de
Suecia,
al
séñordon
Erik
van
Sydow,
Embajador
Extraordinario
y
Plenipoten-
ciario,
Jefe
de
la
Misión
dO)
Suecia
cerca
de
las
Comunida-
des
Europeas;
~
Su
Majestad
la
Rein~
del
Reino
Unido
de
Gran
-Bretaña
e
Irlanda
de1
Norte,
a
Sir
Michael
·Pamser.
Embajador
Extraordinario
y
Plenipo-
tenciario,
Representante
permanente
del
Reino
Unido
cerca
do
las
Comunidades
Europeas;
Los cuales-,
deSpUés
de
ha,ber
canjeado
sus
plenos
poderes,
hallados
en
buena
y
debitla
forma,
han
convenido
en
lo
si-
guie.nte: ARTICULO 1
1.
Se
instituye
un
Centro
Europeó
de
Previsiones
Meteoro-
lógicas
a
Plazo
Medio,
denominado
en
los\lcesivo
el
..
Centro~"
2.
¡.os
órganos
del
Centro
scrftn el
Consejo
y
el
Director.
El
Consejo
e':otará f;.sistidr, P'Jr
una
Comisión
Consultiva
Cien-
tífica
y
por
una
Comisión
Financiera.
Cada
uno
de
dichoS
órganos
ycomísior¡,,"'s ¿<,""empeñará
sus
funciones
dentro
de
los
limites
y
en
las
condIciones
determinadas
por
el
presente
Convenio.
INSTRUMENTO
d<it
Ratificación
de
España
del
Convenio
sobre
Creación
del
Centro
Europeo
de
Previsiones
Meteorológicas
a
Plazo
Medio,
hecho
en
Bru:relas
el
11
de
octu~re
de
1973.
FRANCISCO
FRANCO
BAHAMONDE
JEFE
DEL
ESTADO
ESPAt'JOL,
CENERALISIMO
DE LOS
EJERCITaS
NACIONALES
5484
CONVENIO
SOBRE
CREACION
DEL
CENTRO
EUROPEO
DE
PREVISIONES
METEOROLOGICAS
APLAZO
MEDIO
Por
cuanto
el
día
11
de
octubre
de
1973,
el
Plenipotenciario
de
España.
nombrado
en
buena
y
debida
forma
al
efecto,
firmó
en
Bruselas
el
Convenio
sobre
creación
del
Centro
Euro-
peo
de
Previsiones
Meteorológicas
a
Plazo
Medio,
.
hecho
en
BruSelas
el
11
de
octubre
de
1973.
Vistos
y
examinados
los
veintiséis
articulas
que
integran
dicho
Convenio
y
su
Protocolo
anejo,
relativo
aJos
Privilegios
e
Inmunidades
del
Centro
Europeo
para
Previsiones
Meteoro-
lógicas
a
Plezo
Medio.
Oída
la
Comisión
de
Asun
tos
Exteriores
de
las
Cortes
Es-
pañolas,
en
cumplimiento
de
lo
prevenido
en
ei
artículo
14
de
su
Ley
Constitutiva,
Vengo
en
aprobar
y
ratificar
cuantq.,
en
ello
se
dispone,
Como
en
virtud
del
presente
lo
apruebo
y
ratifico,
prometiendo
cumplirlo,
observarlo
y
hacer
qUe
se
cumpla
y
observe
pun-
tualmente
entadas
sus
partes.
acuyo
fin;
para
su
mayor
validación
y
firmeza,
Mando
expedir
este
Instrumento
de
Ratificación.
firmw:io
por
Mí;
debidamente
sel18.do y
refren-
dado
por
el
infrascrito
Ministro
de
Asuntos
Exteriores.
Dado
en
Madrid,
"a
13
de
julio
de
1974.
Conlfiderando
el
interés
que
para
la
economía
europea.
ofre-
ce
una
importan
te
mejora
de
las
previsiones
meteorológicas
a
plazo
niedio;
Coneiderando
que
las
investigaciones
científicas
y
técnicas
que
a
tal
efecto
se
han
de
emprender
darán
un
excelente
impulso
al
desarrollo
áe
la
meteorologia
en
Europa;
Considerando
qUe
la
mejora
de
las
previsiones
meteoroló-
gicas
a
plazo
medio
contribuirá
a
.a
protección
y
seguridad
de
la
población:
Considerando
que
para·
alcanzar
tales
objetivoS'
es
de
todo
punto
necesario
emplear
medios
tales,
que
exceden
general-
mente
del
ámbito
nacional:
Considerando
que,
según
resulta
del
informe
presentado
por
el
grupO
de
expertos
encargado
de
elaborar
un
proyecto
sobre
tal
materia.
la
Cl'eaciónde
un
centro
europeo
autónomo
dotadó
de
un
estatuto
internacional
constituYe
el
medio
apropiado
para
lograr
dichos
objetivos;
Considerando
que
el
suS'odicho
centro
podrá
contribuir,
por
9trá
parte.
a
la
formación.
postuniversitaria
de
los
científicos;
Considere.ndo
que
las
actividades
del
referido
centro
per-
mitirán
además
aportar
una
contribución
necesaria
~
ciertos
progran:as
de
la
Organización
Meteorológica
Mundial
(O
M.MJ,
especialm~nte
al
sistema
mundial
de
la
Vigilancia
Meteoroló-
gica
Mundial
(V.M.M')
y
al
Programa
Global
de
lnvestigacio-
Dada
en
el Palacio<
de
la
Zarzuela
a
once
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
yseis,
El
mandato
de
los
Presidentes
de
Diputación,
Cabildos
Insu-
lares
y
Alcaldes
elegidos
en
virtud
de
la
primera
convocatoria
realizada
conforme
a
esta
Ley
cuarent'a
y
utio/mil
novecientos
setenta
y
cinco
expirará
al
producirse
la
constitución
de
las
res-
pectivas
Corporaciones
como
consecuencia
de
sU
primera
reno-
vación
parcial.
La
renovación
de
los
Presidentes
de
las
CorporacÍl."lUes,
cuya
elección
esté
sujeta
a
régimen
8s;pocial,
se
efectuará
de
confor-
midad
a
lo
que
se
disponga
en
sus
no{mas
peculiares.

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