Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Portuguesa para la rehabilitación del puente internacional sobre el río Guadiana entre Vila Real de San Antonio (Portugal) y Ayamonte (España), hecho en Baiona el 22 de junio de 2015.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Junio de 2015
MarginalBOE-A-2017-7766
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA PORTUGUESA PARA LA REHABILITACIÓN DEL PUENTE INTERNACIONAL SOBRE EL RÍO GUADIANA ENTRE VILA REAL DE SAN ANTONIO (PORTUGAL) Y AYAMONTE (ESPAÑA)

COMPARECEN

– Doña Ana María Pastor Julián, Ministra de Fomento, representando al Gobierno del Reino de España en función de la Resolución de avocación de fecha 19 de junio de 2015, en virtud de la cual se avoca la competencia atribuida al Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.

– Don Sérgio Silva Monteiro, Secretario de Estado das Infraestruturas, Transportes e Comunicaçóes del Ministerio da Economía, representando al Gobierno de la República Portuguesa, en ejercicio de las competencias otorgadas por el n.º 3 do Despacho n.º 12100/2013, de 23 de septiembre, del Ministerio de Economía.

Ambos, según intervienen, declaran poseer y se reconocen mutuamente con capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este convenio y a cuyo efecto.

EXPONEN

  1. El 30 de noviembre de 1998 el Reino de España y la República Portuguesa firman el Convenio-Marco relativo a la mejora de los accesos entre los dos países. En este Convenio Marco se establece:

    – Art. 2. Principios.

    La construcción y mantenimiento de puentes de interés común para servicio ferroviario, por carretera y peatonal, así como de los accesos correspondientes, se regirán por el presente Convenio y no modificarán la línea fronteriza entre los dos países.

    – Art. 3. Fuentes de interés común.

    1. La elaboración de los proyectos relativos a los puentes de interés común, así como la adjudicación, ejecución y dirección de las obras correspondientes, se efectuarán mediante concertación entre los dos Gobiernos.

    2. Los gastos correspondientes serán sufragados por las dos Partes mediante los acuerdos que se establecerán por los respectivos Gobiernos.

      – Art. 5. Comisiones Técnicas.

    3. Las Comisiones Técnicas estarán igualmente facultadas para establecer los procedimientos de ejecución de las obras de mantenimiento de los puentes incluidos el régimen de explotación correspondiente, sin perjuicio de las disposiciones específicas ya existentes a este respecto y de lo que ambos Gobiernos determinen, atendiendo al carácter específico de cada puente.

  2. La Comisión Técnica Mixta Hispano-Lusa de Puentes de 3 de julio de 2002 asigna la conservación del Puente Internacional sobre el Río Guadiana entre Ayamonte (Autovía V Centenario A-49) y Vila Real de San Antonio (A22 IIP1) a Portugal.

    La Conclusión 2.1 «Puentes» de la XVIII Cumbre Hispano-Lusa celebrada en Valencia el 2-3 de octubre de 2002 confirma la asignación de la conservación, explotación y mantenimiento de este puente a Portugal.

  3. La Comisión Técnica Mixta Hispano-Lusa de Puentes, el 27 de octubre de 2010 en Lisboa, aprobó la revisión de los conceptos que constituyen la conservación asignando las inspecciones y la conservación ordinaria o mantenimiento al país encargado de la gestión del puente y el coste de las operaciones de rehabilitación a repartir por partes iguales entre los dos países.

    Igualmente se acordó preparar el Convenio entre ambos países para la rehabilitación del Puente Internacional sobre el Rio Guadiana entre Ayamonte y Vila Real de San Antonio.

  4. El Puente Internacional entre Ayamonte y Vila Real de San Antonio ha sido objeto...

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