Corrección de erratas del Instrumento de ratificación del Convenio entre España y la República Popular de Bulgaria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y el sobre Patrimonio y Protocolo que forma parte integrante del mismo, hecho en Sofía el 6 de marzo de 1990.

MarginalBOE-A-1991-23675
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyCorrección
,,3-=-09cc3ccS'----
--"S"'á-=-ba:::d::c0=--=21
scpticmbre
1991
BQE núm. 227
I.
Disposiciones generales
23674
23675
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
El
.Re!11
Decreto 1285/1991, de 2
dI.'
agosto.
ha.
establecido
el
proccdlllllCnto de pago de intereses
de
DcuJa
del Estado en Anotaciones
a
I.os
no residentes que inviertan en España sin mediación de l"stablecí-
ll11ento
permanente.
.Las dispadicionnles segunda ytercera del Real Decreto
Citado
.en
primer lugar habilitan
al
!\'finistro de Economía yHacienda
para dll'!ar las disposiciones necesarias para su cumplimiento.
En
'ilrtud de
lo
anterior dispongo:
Primero.-Las manifestaciones ycertificaciones aque aluden las
letras a) y
b)
dd
aparlado 2del articulo
2.
odel Real Decreto 12R5/1991,
~e
2de
agCisto.
por
el
que
sc
establece
el
procedimiento
.de
pago de
1l1terescs
de Deuda del Estado en Anotaciones alos
no
residentes que
inviertan en Esparia sin mediación de establecimiento permanente
se
ajustarán a
lo~
modelos quc figuran como anexos 1y
11
ala
prcs~ntc
Orden.
Segundo.-La declaración aque
se
rcfíere
la
letra
a)
del apartado 1
del
articulo 2.° del Real Decreto 1285/I Q91, comprensiva del importe total
ORIJE,V
de
16
de septiclI1hl'c de 1991
POI'
la que
s('
desarrolla
el
Real Decrc!o 1185/1991, de 2de agosto,
por
el
quc se
es1ablcee
el proccdlll1icnfo de pago
de
intereses de
peuda
del FSlado e/1,1nolacionf's, alus
/10
residentes
que
l/Il'ler1an
('11
l:'spw/a sin !J1cdiación
de
cstablecimiento
pennanel1(e,
CORRECCI01V
de errores del
Real
Dccrc{o 1197/1991,
de
26
de julio, sobre régimen de las
(~rcr(as
públicas de
adquisició/1
de
miares.
23677
23676
Advertidos errores en
el
texto remitido para su publicación del Real
Dccrclo 1197/1991. de
26
de
julio, sobre régimen de las ofertas públicas
de adquisición de valores, inserto en
el
«Boletín Oficial del EstadO)
número 184, de fecha 2de agosto de 1991, acontinuación
se
transcriben
las oportunas rectificaciones:
En
la
p;igina 25612. artículo 1.°.
4,
segunda línea, donde dice: «pero
inferir
al
50
por
100), debe decir: «pero inferior
al
50
por
100~).
En
el
arlículo
2°.
4.
apartado a), segundo párrafo, priml'ra
lii1l'3
donde dice: «Si, realizando». debe decir: «Si, realizadO)).
En
ID
pagina 25612, artículo 2.°,
4,
apartado b), segundo párrafo,
línea
snta,
donde dice: «corresponderían», debe dccir:
(~correspond¡am).
En
la
página 25612. articulo 3.°. Llínea primera, donde dice: «1. En
caso de difusió¡l)). dcbe decir:
(<1".
[n
caso de fusióm).
En
la
página 25613. primera columna, artículo 3.°,
2.
línea segunda,
donde dice: «un accionista
lIC'gar
debe decir: «un accionista llegara).
[11
la
página 25614, artículo 10,3, línea tcreera, donde dice: «canjcS),
debe decir:
~(e
En
el
artículo
15.
1,
línea cuarta. dondc dice: «contenido,
compren·
derá~~.
debe.d~'cir:
('«Qnt~
..
o,
~
comprcndná»).
..'.
1:11
la
pagllla 256
r5:
artl('l¡]O
15.
1.
11,
c).
segundo parra
ro,
lmea
segunda «in
fine»),
t.londe
dICe:
«del epígrafe
1»,
debe
deeir:«dcl
epígrafc J)).
En
la
página 25615, artículo
17.
4.
línea tercera,
donde-dice:
«Rectoras de las Bolsas.
así
como)), debe decir: «Rectoras de las Rolsas
oa
la
Sociedad de Rolsas, así COJl1())>.
En
bpágina 25616, segunda columna. ,:lftículo
28,1,
última Iinca,
donde dice: «Boletín Oficial de CotizaciÓn>), debe decir:
~,Bolctín
de
Cotización).
En
la
página 25617. segunda columna. articulo 36.
2,
a);
penúltima
línea. donde dice:
(<5
por
100
de
la~).
debe decir: por 100
al
de la».
En
la
página 25618. segunda columna, disposición transitoria pri-
mera. línea cuarta. donde dice: «279/ (984, de 24 de
enerQ)~,
debe decir:
«279/1984, de
25
de enero.).
En
la
página 25618, disposición transitoria segunda, última línea,
donde dice:
«e11
la
letra a) del articulo I.l
».
debe decir: «en
el
nú-
mero J
dd
artículo l.
(1).
JEFATURA
DEL
ESTADO
CORRf.:CC/ON
de ('rralos del InslruJl1('I1!O de rali{h'ación
dc!
C0I1I'(:'I1/0
-entre cspmia
Ji
la
Repúhlica Popular
de
lJulgaria
¡Jara
('vitar
fa
e/oliie
imposición yprevenir la
cl"(1sión
Jisca! en materia ,de impuestos sobrc la renla y
sohre
cl
patrimonio.v Protocolo
quefiml1a
parte
in1cgral1!e
del lIIismo, hecho en 50.((a
el
6
de
marzo
c/c
1990.
Padecidos errores en la publicación del Convenio entre España y
la
Rcpúblira Popular de Bulgaria
p~ra
evitar
la
doblc imposición y
prcvcnir la evasión fiscal 'en materia de impuestos sobre
la
renta ysobre
el
patrimonio yProtocolo
Que
forma parte integrante
dd
mismo, hecho
en Sofía
el
6de marzo de 1990, inserto en
el
«Boletín Oficial del
ESlado>)
número
166.
de
12
de
julio
de
1991
(páginas 23243-23247), a
continuación
se
procede asu opol1una rectificación:
Articulo 1.3, segunda línea, donde dice: «residente en ambos»). debe
decir: «residente dc ambos)).
Artículo
2.
segunda linea, donde dice:
~~y
el
patrimonio», debe decir:
«v
sobre
el
patrimonio»).
.Artículo 4.4.primcJ"a línea, donde dice:'«residcntc en Españm), debe
1.1c~'ir:
«residentt.: de España».
Artículo 6.1, segunda línea, donde dice: «imposición de
e~e
Estado».
debe decir:
(~imposicióll
en ese Estado»).
,\rtículo 6.5, primera línea, donde dice: «rentas
reglllare~».
debe
decir: «rentas reguladas».
Artículo 8.4, segunda línea, donde dice: «dividendos re'iidentc), debe
decir: «dividendos, residente».
Ar1ícu!o 8.5. segunda línea, donde dice: «de otro b·tadcn). debe decir:
«del otro
Estado)~.
Arüculo.
12.1.
segunda línea, donde dice: «profL'sionales yotras),
debe decir: «profesionaks uotras) .
.Artíeulo
14.
tcreera línea, donde dicc·
y
órganO)}.
debe-.
decir: «Administración· uórgano».
Artículo 14, cuarta línea, donde dice: «contra1ante puedem), debe
rk
....
>ir:
«contratante, pueden».
Articulo 15.2, segunda línea, donde dice: «atribuyan no», debe decir:
(,atribuyan. no».
Artículo
16,
tercera línea, donde dice: «anterior solamente)). debe
decir:
«::ll1tcrior,
solamente»).
c\rtículo 17.2. a). cuarta linea, donde
dicc~
«o Entidad sólo», debe
decir:
«l)
Entidad. sólo».
Artículo 20.1, tercera línea, donde dice: «situado en
el
otro)~.
debe
Jecir: «situados en
el
otro».
Articulo 20.3. cuarta línea. donde dicc: «por carretera
solamcnte~),
dC!lC
decir: «por carretera, solamente).
Artículo 21.2. e), segunda línea, donde dice: «dividendos que,
de),
debc decir: «dividend{)s que
de»).
Artículo 22.5, segunda línea, donde dice: «alicablcs». debe decir:
«1
pI
i
ca
bies».
Artículo 23.2, quinta línea. donde dice:
(
posición». debe decir:
'{]tr¡a
imposición~,.
Artículo 24.1, cuarta línea, donde dice: «relativos
a,),
debe decir:
'(rc1Jtivo
a)).
Artículo 24.1, antepenúltima línea, donde dice: «impuestos o
de
la»,
d;,-b...-
decir: «impuestos, ode
le])).
Protocolo
3,
cuarta línea, donde dice:
(se
estahlczc¡]ll).
elcbe
decir:
'(5('
cSlabk,(3),.
CORRECCION
de erratas de
la
Ley
8/1991.
de
25
de
marzo, por la que se aprueba elArbitrio sobre
la
¡Jl'üduccióll
y
la
importación _i'n las ciudades de Ccuta
.v
J1elil/a.
Advertida errata en el texto de la citáda Ley, publicada
en
el
«Boletín
Oficial del Estado»
número
73, de fecha
26
de marzo de 1991. se
transcribe acontinuación la
oportuna
rectificación:
Página 9419, segunda columna, artículo 14., en
el
titulo,
donde
dice:
«Artículo
14.
Recuperación ,del Arbitrio...», debe decir: «Artí·
culo
14.
Repercusión del Arbitrio.».

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR