Orden ITC/4134/2004, de 9 de diciembre, por la que se constituye la Comisión Ministerial de Tecnologías de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Diciembre de 2004 |
Marginal | BOE-A-2004-21217 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Industria, Comercio y Turismo |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN ITC/4134/2004, de 9 de diciembre, por la que se constituye la Comisión Ministerial de Tecnologías de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
El artículo 7 del Real Decreto 2291/1983, de 28 de julio, sobre órganos de elaboración y desarrollo de la política informática del Gobierno establece las Comisiones Ministeriales de Informática como instrumento para la coordinación interna en cada Departamento y como órganos de colaboración técnica con el Consejo Superior de Informática y sus Comisiones Especializadas.
La Comisión Ministerial de Informática del extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología fue creada mediante Orden de 10 de octubre de 2000 y la Comisión Ministerial de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del extinto Ministerio de Economía, fue creada mediante Orden de 16 de noviembre de 2000 y modificada posteriormente por Orden de 21 de febrero de 2003 como consecuencia del establecimiento de una nueva estructura orgánicabásica del Ministerio de Economía aprobada mediante el Real Decreto 777/2002, de 26 de julio.
La supresión de los Ministerios de Economía y de Ciencia y Tecnología y la creación, a su vez, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio mediante elReal Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, cuya estructura orgánica básica ha sido desarrollada por el Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, hacen necesario, constituir la Comisión Ministerial de Tecnologías de la Información del nuevo Departamento y regular su composición y funciones como órgano colegiado ministerial al objeto de cumplir la previsión contenida en el artículo 7 del Real Decreto 2291/1983, de 28 de julio.
Finalmente, laconvergencia tecnológica que se produce entre los sectores de la informática y de las telecomunicaciones lleva a considerar de un lado más que estas tecnologías por separado, el resultado de la convergencia de todas ellas, nominándolas con el término global de Tecnologías de la Información y de otro lado adoptar por razones de coherencia técnica y uniformidad terminológica, la denominación común de Comisión Ministerial de Tecnologías de la Información.
En su virtud, previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo,
Primero. Funciones de la Comisión.
-
La Comisión Ministerial de Tecnologías de la Información del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, cuya composición y funciones se regulan por la presente Orden, es el órgano colegiado responsable de la elaboración de la política del Departamento en materia de Tecnologías de la Información, mediante instrucciones y directrices en consonancia con las emanadas del Consejo Superior de Informática y para el impulso de la Administración Electrónica, así como de la promoción, aprobación, seguimiento y evaluación de los planes y proyectos de Tecnologías de la Información de los distintos órganos superiores y directivos, y de los organismos autónomos y entes públicos adscritos al Departamento.
En el término Departamento, a los efectos de la presente Orden, se han de entender incluidos los organismos autónomos y entes públicos dependientes o adscritos al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
-
La Comisión Ministerial de Tecnologías de la Información es el órgano de enlace con el Consejo Superior de Informática y para el impulso de la Administración Electrónica y sus Comisiones especializadas a las que se refiere el Real Decreto 2291/1983, de 28 de julio.
Segundo. Competencias de la Comisión.
-Es competencia de la Comisión Ministerial de Tecnologías de la Información:
-
Estudiar y aprobar, en su caso, a propuesta de su Presidente, los planes Estratégico y Director del Departamento en materia de Tecnologías de la Información y Administración Electrónica, de acuerdo con las directrices del titular del Departamento y con las emanadas del Consejo Superior de Informática y para el impulso de la Administración Electrónica, así como sus sucesivas revisiones.
-
Estudiar y aprobar los planes de Tecnologías de la Información de los distintos órganos y organismos autónomos y entes públicos adscritos al Departamento y sus correspondientes revisiones, al objeto de garantizar la adecuada utilización y productividad de los recursos, así como la compatibilidad de los sistemas de proceso y transmisión de datos y se asegure la coordinación entre éstos y los planes Estratégico y Director del Departamento.
En los casos en que dichos planes engloben a más de un órgano, u organismo público adscrito al Departamento, la Comisión Ministerial coordinará la elaboración de dichos planes.
-
Coordinar la elaboración del Plan Director de Telecomunicaciones a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 541/2001, de 18 de mayo, por el que se establecen determinadas especialidades para la contratación de servicios de telecomunicación, así como de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba