DECRETO 166/2002, de 19 de noviembre, por el que se constituye en entidad de ámbito territorial inferior al municipio el núcleo de Castillejo del Romeral, perteneciente al municipio de Huete (Cuenca).

MarginalBOE-A-2003-1481
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Castilla-la Mancha
Rango de LeyDecreto

DECRETO 166/2002, de 19 de noviembre, por el que se constituye en entidad de ámbito territorial inferior al municipio el núcleo de Castillejo del Romeral, perteneciente al municipio de Huete (Cuenca).

Los vecinos del núcleo de Castillejo del Romeral, perteneciente al municipio de Huete (Cuenca), en una proporción superior a los dos tercios, inician expediente de constitución del núcleo en entidad de ámbito territorial inferior al municipio, alegando la necesidad de llevar a cabo una gestión descentralizada de los intereses que le son propios y justificando la concurrencia de recursos suficientes para ello.

La legislación básica del Estado y el bloque de la constitucionalidad otorgan competencias a la Comunidad Autónoma para instruir o crear entidades de ámbito territorial inferior al municipio, reconociendo el derecho a una parte de los vecinos, como es el vecindario de Castillejo del Romeral, a estar dotados de una organización y personalidad jurídica propias.

La Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de CastillaLa Mancha, en su artículo 30 establece la regla de que, para la delimitación del territorio de las entidades de ámbito territorial inferior al municipio, cuando se trate de un antiguo municipio, su ámbito territorial vendrá determinado por el que aquél tuviese.

El núcleo de Castillejo del Romeral fue municipio independiente hasta diciembre de 1972, en que se fusionó con Huete, por insuficiencia de recursos económicos.

El Ayuntamiento de Huete, en su informe institucional, favorable a la constitución de la entidad, considera viable la misma, a cuyo objeto le cede el 85 por 100 de los impuestos que se devenguen en su ámbito territorial.

Se ha tramitado el expediente, en el que consta la separación patrimonial, así como la delimitación territorial, coincidente con el término municipal del antiguo municipio de Castillejo del Romeral.

Consta la petición de informes de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y excelentísima Diputación Provincial de Cuenca, habiéndose emitido en sentido favorable por esta última.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 3/1991, de 14 de marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha, en concordancia con los artículos 45 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y artículos 42 y 43 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, a propuesta de la Consejera de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 19 de noviembre de 2002, dispongo:

Artículo 1

Se constituye en entidad de ámbito territorial inferior al municipio el núcleo...

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