Real Decreto 1585/1985, de 3 de julio, por el que se crea un Conservatorio estatal de Música, de grado Elemental, en Ciudad Real.

MarginalBOE-A-1985-19098
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyReal Decreto
BOE
núm.
214
Viernes 6septiembre
1985
28253
19094
19097
19098
REAL
DECRE¡:O.1581/1985. de3de julio. por el que
se crea ellnstitilto de Bachillerato mixto Número 4. de
Alcorcón (Madrid), por desdoblamiento del Instituto
de Bachillerato
mixto
número
J.
«Jorge Guillén», de
la mirma localidad.
Para !!lltisfacer
la
creciente demanda de puestos escolares
de
BachilleI1lto, se hace pieciso .,....,. los Centros docentes necesarios
que permitan atender ala misma, ajustándolos alas precripciones
de la
Ley
General
de
Educación. Por
olla
pene, yen orden álograr
un
correcto empleo yutilización de los Profesores que vienen
prestando función docente
en
el propio establecimiento educativo
objeto de la presente disposición, parece oportuno
que
el naci-
mtento del nuevo
Centro
lo sea en virtud de deadoblamiento de
otro.
Por
todo
lo
anterior
.y
de
acuerdo con·iD dispuesto en los
artículos 4.°, e), y
61
de la
Ley
Genera1
de Educación 14/1970,
de
4de agosto, apropuesta del Ministro de Educación yCiencia y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del dia
3de julio de 1985,
DISPONGO:
Artículo
1.0
Se
crea
el Instituto de Bachillerato mixto número
4de
AlcoI'CÓn
(Madrid),
por
desdoblamiento del Instituto
-de
Bachillerato mixto número
3,
«Jorge GuiUén», de la misma
localidad.
Art.
2.
0
Por
el Ministerio de Educación yCiencia
se
adoptarán
las medidas necesarias para la ejecución del presente Real Decreto,
acordándose, asimismo, lo procedente en relación con
el
personal
de estos Institutos.
Dado en Madrid a
.3
de julio de 1985.
lUAN
CARLOS
R.
El
Ministro de Educación yCiencia,
JOSE MARIA MARAVALL
HERRERO
19095
REAL
DECRETO
1582//985, de 3de julio, por el que
se crea el Instituto de Bachillerato mixto número
14
de zaragoza, por desdoblamiento
de?
Insliluto número
4.
.EI
Panilla», de la
misma
localidad.
Para satisfacer la creciente demanda de puestos escolares
.de
Bachillerato,
se
hace preciso
crear
los Centros docentes
ne.ceS:8."0s
'que
pennitan
atender 8la misma, ajustándolos alas prescnpclones
de
la
Ley
General de Educación.
Por
olla
parte, yen
otden
alograr
un
correcto empleo yutilización de los
Prof~so~s
que
Vle~en
prestando función
doceD:te
en.
«:1
propio establecImIento educaUV?
objeto de la presente dIspoSICIón, parece oportuno que
el
oaCI-
nuento del nuevo Centro lo sea en virtud de desdoblamiento de
otro. , 1
Por
todo
10
anterior yde acuerdo con lo dIspuesto en os
artículos 4.°, c), y
61
de la
Ley
qeneral
de
Educaci~'m
14/1970, de
4de agosto, aI?ropuesta del.
Mlmstr~.de
EducacIon y. CIenCIa .y
previa deliberacIón del Consejo de MInIstros en su reumón del dIa
3de julio de 1985,
DISPONGO:
Artículo
1.0
Se crea el Instituto de Bachillerato mixto
D;úmero
14
de Zeragoza,
por
desdoblamiento del Institut" de Bachillerato
mixto número 4,
-.El
Portillo»,
de
la mIsma capItal.
Art; 2.° Por el Ministerio de Educación yCiencia se adoptarán
las medidas necesarias para la ejecución del
pre~nte
Real Decreto,
acordándose, asimismo, lo procedente en relaclon con el personal
de estos Institutos.
Dado
en
Madrid a3de julio de 1985. JUAN CARLOS R.
El Ministro
de
Educación yCiencia,
JOSE MARIA MARAV
AU.
HERRERO
19096
REAL
DECRETO
1583/1985, de 3de julio, por el que
se crean
1.2
Institutos de Bachillerato mixt.o.
Para satisfacer la crtxi.ente demanda de puestos escotares de
Bachillerato,
se
hace preciso crear los
centros
docentes necesarios
que permitan atender ala misma, ajustándolos alas prescripciones
de la
Ley
General de Educación. .
En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
4.
0,
c),
y
61
de la
Ley
General de Educación 14/1970, de 4de
",osto,
apropuesta del Ministro de Educación yCiencia yprevia delibera·
ción del'Consejo de Ministros en su reunión del dia 3de julio de
1985,
DISPONGO
Articulo
1.0
Se
crean los Institutos de Bachillerato mixtos
siguientes:
1.
Calasparra (Mureia).
2.
El Espinar (Segovia).
3.
Gelafe, mixto número 4(Madrid).
4. Gijón, mixto número 6(Asturias).
5.
Madrid-Fuencarral·Mirasierra.
6.
Murcia, mixto número
7.
7.
Oviedo, mixto número 5(Asturias).
8.
La
Puebla (Baleares).
9.
Sáhagún (León).
10.
Sangüesa (Navarra).
11. Toledo, mixto número
3.
12. Valladolid. mixto numero 9.
Art.2.0
Por
el Ministerio de Educación yCiencia
se
adoptarán
las medidas
oponunas
en relación con el presente Real Decreto.
Dado en Madrid a3de julio de 1985.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Educación y
Ciencia.
JOSE MARIA MARAVALL
HERRERO
REAL
DECRETO
1584/1985, de 3dejulio, por el que
se clasifica como Centro no oficial reconocido de
Enseflanza Musical de grado Elemental a
la
Acade-
mia
de
Música «Santa Cecilia»,
de
Murcia.
De acuerdo con lo dispuesto en la
Ley
General de Educación de
4de agosto de 1970, articulo 97. yel Decteto de
18
de junio de
1964, sobre Reglamentación de Centros no oficiales de Enseñanzas
Artísticas, de conformidad con el dictamen del Consejo Nacional
de Educación, apropuesta del Ministro de Educación yCiencia y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día
3de julio de 1985,
DISPONGO:
Artículo ÚDico.-Se clasifica como Centro'no oficial reconocido
de Enseñanza Musical de grado Elemental, con
el
alcance yefectos
que para dicha' clase de Centros establecen las disposiciones
vigentes, ala Academia de Música
4
Cecilia», ubicada en la
.calle
Manresa,
1,
2.°, edificio «Elyos», de Murcia, que quedará
adscrita al Conservatorio Superior de Música de Murcia, aefectos
de formalización de matricula yexámenes de fin de grado, con las
asignaturas de «Solfeo vTeoría de la Música». «Piano», «Violín»,
«Conjunto Coral» y«Óuitarra».
Dado eti Madrid a3de julio de 1985.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro de Educación yCiencia,
JOSE
MARIA MARAVALL HERRERO
REAL
DECRETO
1585/1985. de 3de,ulio, por el que
se
crea un
Consen'atorio
estatal
de
}vfusica.
de
grada
Elemental,
en
Ciudad Real.
El
interés por la enseñanza de la música en Ciudad Real
se
ha
fomentado últimamente mediante
el
establecimiento de aulas
externas del Real Conservatorio Superior de Música de Madrid, y
dado el gradual incremento de número de alumnos, parece conve·
Diente crear el Centro adecuado para atender estas necesidades de
la enseñanza.
En su
vinud,
de acuerdo con
10
estalecido en los artículos
4,
c),
y135, b), de la
Ley
14/1970, General de Educación yFinancia-
miento de la Refon::na Educativa, y
el
Decreto de
10
de septiembre
de 1966, de Reglamentación General de Conservatorios de Musica,
apropuesta del Ministro de Educación yCiencia yprevia delibera-
ción del Consejo de Ministros en su reunión del día 3de julio
de 1985,
DISPONGO:
Artículo 1.° Se crea en Ciudad Real
un
Conservatorio estatal
de Musica de grado Elemetital.
Art.
2.° Por
el
Ministen·o de Educación yCiencia
se
dictarán
las disposiciones complementarias para la ejecución de lo
dispuesto, dentro
de
los créditos disponibles en el presupuesto de
este Depanamento.
Dado en Madrid a 3 de julio de 1985.
lUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Educación yCiencia,
JOSE MARIA MARAVALL
HERRERO

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