Orden de 12 de febrero de 1986 por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros aprobado en la reunión del día 7 de febrero de 1986.

MarginalBOE-A-1986-4427
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

Habiéndose aprobado Por el Consejo de Ministros, en su reunión del día 7 de febrero de 1986, el Acuerdo de integración en el Régimen General de la Seguridad Social del personal activo y pasivo que viene percibiendo la acción protectora en sustitución de la establecida en el sistema de la Seguridad Social, a través de la Caja de Pensiones de Empleados del Banco de España, este Ministerio ha tenido a bien disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", cuyo contenido figura en anexo a la presente Orden.

Madrid, 12 de febrero de 1986.

ALMUNIA AMANN

ANEXO

Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se procede a Integrar en el Régimen General de la Seguridad Social al personal activo y pasivo que viene percibiendo la acción protectora en sustitución de la establecida en el sistema de la Seguridad Social a través de la Caja de Pensiones de Empleados del Banco de España.

El Real Decreto 2248/1985, de 20 de noviembre, ordenó que se procediera a la integración en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social, a los colectivos que estuvieran comprendidos en la disposición transitoria sexta, punto 7, de la Ley General de la Seguridad Social, estableciendo en la disposición final primera del mismo que el Gobierno acordaría la integración de determinadas Entidades que se enumeraban en la misma disposición, antes de 4 de agosto de 1987.

La Caja de Pensiones de Empleados del Banco de España, cuyos trabajadores se encuentran comprendidos dentro del ámbito de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social, se encuentra asimismo, incluida entre las Entidades relacionadas en la disposición final primera del Real Decreto de referencia, cuya integración es el Régimen General de la Seguridad Social, en aplicación del Real Decreto 2248/1985, de 20 de noviembre, ha sido solicitada por la correspondiente Entidad.

En consecuencia con lo expuesto, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 2248/1985, de 20 de noviembre, el Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de febrero de 1986, y a propuesta del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, acuerda:

Primero.- Proceder a la integración en el Régimen General de la Seguridad Social, en los términos y condiciones contenidos en el Real Decreto 2248/1985, de 20 de noviembre, sobre integración en la Seguridad Social de las Entidades que actúan como sustitutorias de aquélla, a todo el personal, activo y pasivo, que viniere percibiendo la acción...

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