DECRETO 35/2002, de 5 de febrero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, Las Minas de la Reunión, sitas en Villanueva del Río y Minas (Sevilla).

MarginalBOE-A-2002-7877
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonóma de Andalucia
Rango de LeyDecreto
  1. El artículo 13. 27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio histórico, anís tico, monumental, arqueológico y científico y el artículo 6. a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del Patrimonio Histórico.

    Asimismo el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía aprobado mediante Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3. 3 del citado Reglamento, la titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1. 1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

  2. Los testimonios documentales más antiguos referentes a la extracción del carbón mineral en la zona de Villanueva del Río constatan la existencia de actividad minera en 1618, cuando se procede al nombramiento de don Fernando de Hallo como Administrador de las Minas del Arzobispado de Sevilla para abastecimiento de carbón a las herrerías de la zona. Durante el siglo XVIII existen distintas licencias de explotación de este mineral, destacando el período entre los años 1771 y 1789 en el que estuvo activa la llamada Real Compañía de Minas de Villanueva ocasionando un incremento de producción prolongado entre los años 1796 y 1810 por la demanda que, ante el agotamiento de la oferta de carbón vegetal, ejercían la Real Fundición de Bronces y la Real Maestranza de Artillería de Sevilla, así como los altos hornos de las Fábricas de Hierros de El Pedroso. En 1816 pasó el disfrute privilegiado de estos yacimientos a la Compañía de Navegación del Guadalquivir y Canal Fernandino, siendo adquiridos los derechos de explotación en el año 1858 por la sociedad francesa Crédito Inmobiliario. En 1882 las Minas de la Reunión pasarían a formar pone de las concesiones otorgadas a la Compañía Ferroviaria M. Z. A. para pasar definitivamente a ser propiedad del Ayuntamiento de la localidad recientemente.

    Constituido progresivamente a lo largo de toda su historia, el actual Conjunto Histórico de las Minas de la Reunión, en Villanueva del Río y Minas (Sevilla) se configura como consecuencia de las diferentes fases de explotación mediante un sistema de ocupación disperso. En esta secuencia, la apertura de los diferentes pozos encadenaba la dotación de infraestructura industrial ligada a los sistemas de extracción y transformación del mineral, así como a las necesidades de habitabilidad de obreros, del personal técnico y de los cargos de dirección, ocasionando la creación de diferentes barrios y de otros espacios e inmuebles comunes que, en su conjunto, forman el complejo minero de las Minas de la Reunión conservado en la actualidad tras el cese de la actividad.

    Su conjunto urbano constituye uno de los programas de vivienda obrera más valiosos del territorio andaluz que, muy en consonancia con los parámetros económicos y sociales del contexto industrial de su época, es exponente de un modelo de vio experimentado mediante la implantación de la mentalidad desarrollista de este sector que protagonizó el siglo XIX. En este sentido, el complejo minero contó con la presencia de diferentes técnicos y cargos de dirección formados en la Escuela de Minas de París, así como con los avances técnicos experimentados en los sistemas de extracción y abastecimiento de energía, incorporando la maquinaria de última generación y los medios mecánicos, las centrales y las redes eléctricas más modernas. En su mayor pone, estas instalaciones se encuentran incorporadas a inmuebles pertenecientes al marco del historicismo.

    Siendo éste el estilo arquitectónico predominante, existen otras muestras de viviendas e instalaciones que aportan al conjunto un contraste estético de carácter ecléctico mediante la incorporación de viviendas exentas de tradición colonial del norte de Europa, en las que se ensayan algunas notas del movimiento modernista, y de algunos elementos de la arquitectura del hierro, como columnas o antepechos de función.

    A1 mismo tiempo, dotando al complejo de la modernidad que le caracterizó en su día, los inmuebles de carácter industrial cuentan con ejemplos arquitectónicos del movimiento moderno pertenecientes al contexto de la arquitectura fabril con algunos matices de la estética del racionalismo internacional, en los que es predominante el uso del ladrillo visto.

    En éstos destaca el conjunto de instalaciones que existieron en torno al pozo número 4. En una valoración global, esta pluralidad estilítica puede ser entendida como reflejo del propio espíritu que motivó la actividad desarrollada durante los años de máximo rendimiento de la...

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