ACUERDO de 28 de septiembre de 2004, de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria de becas para la realización de tesis doctorales que tengan por objeto las Cortes Generales o el Parlamento.

MarginalBOE-A-2004-17503
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorCortes Generales
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 28 de septiembre de 2004, de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria de becas para la realización de tesis doctorales que tengan por objeto las Cortes Generales o el Parlamento.

El Congreso de los Diputados, por acuerdode la Mesa de la Cámara de 28 de septiembre de 2004, convoca ocho becas para realizar tesis doctorales y hasta cuatro becas prórrogas de la convocatoria anterior, de acuerdo con las bases que figuran a continuación:

Primera. Objeto.--El Congreso de los Diputados convoca ocho becas para realizar tesis doctorales y hasta cuatro prórrogas de las becas concedidas en la convocatoria anterior, que tengan por objeto las Cortes Generales o el Parlamento desde cualquier planteamiento de carácter científico, ya sea histórico, jurídico, filosófico, económico, sociológico o político. Una de las becas irá destinada a un trabajo relacionado con aspectos relativos a los derechos de la mujer. Si esta última beca quedase sin cubrir, acrecerá al resto.

Segunda. Duración y cuantía.--1. Cada una de las becas tendrá la duración de un año y su cuantía será de mil cincuenta y dos (1.052) euros mensuales brutos que se percibirán finalizado cada mes. Salvo que razones justificadas lo impidiesen el disfrute de las becas comenzará no más tarde del 1 de enero de 2005.

  1. La percepción de la beca será incompatible con cualquier otra concedida para el mismo período.

    Tercera. Concesión de las becas.--1. Las becas se concederán por la Mesa del Congreso de los Diputados, a propuesta de un Jurado integrado por el Presidente de la Cámara u otro miembro de la Mesa en quien delegue, que lo presidirá; dos miembros de la Mesa, el Secretario General, tres Profesores de Universidad y un Letrado de las Cortes Generales, que actuará como Secretario. De las deliberaciones y acuerdos del Jurado se levantará acta con la firma del Secretario y el visto bueno del Presidente.

  2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Jurado se reunirá para examinarlas y elevar la propuesta a la Mesa antes del día 21 de diciembre de 2004.

  3. La concesión de las becas corresponde a la Mesa, a propuesta del Jurado, en ambos casos mediante acuerdo adoptado por mayoría de votos.

    El Jurado puede proponer también que todas o algunas se declaren desiertas.

  4. Además de las ocho becas convocadas, se podrán conceder hasta cuatro como prórroga por un año más a los becarios de la convocatoria de 30 de septiembre de 2003. Queda excluida la posibilidad de concesión...

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