Resolución de la Presidencia del Congreso de los Diputados por la que se dispone la publicación del acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 10/1979, de 16 de junio, sobre prórroga de Arrendamientos Rústicos (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 148, de 21 de junio de 1979).

MarginalBOE-A-1979-20013
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorCortes Generales
Rango de LeyResolución
i9102
1l
tt
iJel
E.-,:Niím. 194
,
~.
~~~~rales
;:
DEFENSA
DE
.
",
BEAL
DECRETO
19M/1979, 'de' 4de
agosto.
por
el
qUB
86
crea
un
voluntariado especial para la Guar-
dI<>
Mol.
'.
''',
,',MINISTERIO
.';;'
.
El
artíCulo
:sexto
del'
Real
Decreto
trescientos
diez/mil
nove·
-cien.tos
seten~
y
nueve.
de"
trece
de.
febrero.
establece
que
la
Guardia
Real
tendré.
CQmo
cometidos
esenclales
oroporcicnar
el
.servicio
d'!3
Guardia
Militar,
rendir
honores.
dar
'escoltas
soietn.~
néCa
S.
M.el
Rey
'y
a
los
miembros
de
su
familig,
que
se
deter~
'mine,y.prestar.servicios
a
los
Jefes·
da.
Estado
extranjerns
cuan-
d,O"&Si~s80rdef1e.
- , ' " . '
..
' -
~
<.esta>
lilisió14 .
de
Carácter
tan
honroso·
y
excepcional,
desem·
pe:d$da
bAsicamente'por
e1;personal
de
-la
Escala
Especial
de
la
GUanji&
:'Real~
debe, ser"
compartida
por
personal
encuad:tado
en,
el
Ejército,
de
:fierra.
Armada
y
Ejército
del
Aire.
:
.As~mo.
se
considera'
que
esta.
representación
de los
tres
EJé.r:C1ttJ!!~ebe
estar
formada
por
soldados
voluntarios
para
que
>J&,
'l~v
.
,española
tenga'
mayor
.'
"'tosibilidad
de
cumplir
el
.
SeFVJCIO
Mihtar
en
modalidad
de
tan
singular
responsabilidad
<
respecto
aSM.
el
Rey yFamilia-
Real.
'
.
~.
importaciá
de
tal
misión
que
desarrollara
este
personal
¡Ustiflcasu
calificación
dentro
del·
voluntariado
especial
estable-
cido
.en
el
articulo
cuarenta
y
nueve
de
la
Ley
cincuenta
y
cin-
co/mIl
novecIentos
sesenta
yocho,
dé'
veintisiete
de
julio.
Ge-
neral
del
Servicio
Militar,
yen
el
articulo
cuatrcci-entos
sesen·
ta
y
ocho
del
Reglamento
de
la
Ley
Genei"aldel
Servido
Mili-
tar.
aprobado
por
Decreto
tres
mil
ochenta
y
siete/mil
nove-
cientos.
sesenta
y
nue"".
de
seis
de
noviembre.
.
En
su
.virtud. a
propuesta
del
Mini!~terio
de
Defensa,
con
aprobació1?-
de.
Presidenc~
del
Gobierno.
y
previa
deliberación
del
ConseJo
de
M1l1istros
en
su
reunión
del
día
tres
de
agosto
,
qe
J11il
noveci.6p:tos
~t!:lnta
y
nueve,.
_ .
;.
20014
R,ESO~UCI0N
de
la
Pr9ltdencia
del
Congreso de
lo.s
Diputados
por
la
que
88
di8pon6
la
publica-"
cwn
del
acuerdo
de
conv(didación
del
Réal
De~
.c,.to-ley
1l/ltll9,
de
20.
de
iulio
sobre'
medidas
urgent8sde
financ.iación "de las Corporacion.es· Lcr
calo
(publicado
en
el
·
..
BoletinOfictal
del
Esta·
do-
número
1'18,
defec~
24
tU' juUo
d9
1919).
.
~n
sU'
sesiÓn
del
día
2:7
de
Julio'
de
1979,
eonvocSda
en
apli-
caCión
de
lo
dispuesto
en
el
articulo
56.2 de-
la
Constitución.
el
C.,ngreso
de
.
los
Diputados
ha
.acordado
la
convalidación
del
Re;a)
Decretl?ley
1111979.
de
~.
de
lulio.
sobie
-medIdas
urgentes
de
financlaoón
de las
Corporaciones
Locales. .
El
"Pal&clo
del
Congreso
de
los
DiputadQs,
31
de
julio
de
1979.
~
Presidente.
Landelino
LavilIa
Alsina.
.'
J'
.r
éORtES-~}G'ENERALES
.
...
···~~O~:I~~.·~'l)~E~!0~·~~-
de
2001.1 loo Dl"wa
,."
la
que
dlopo....
la
oubUc
...
ctóft-dEtl
acuerdo·de
:CQnYaddadótt
del
Reuj
.
Dlh
creto-ley
8Il~'
u'lB
iiamayo¡
por',¡
que
ae··mocU--
.f'fca .pa,rctdlment
••
Z'Rea.l--DedrcJto..le:V
·1111119.,
sobre
,
el:
régimen,.
preauienómJCO'del
PatBYa¡scQ-
(publi.ca~
do
en
el
cBoleffili
OftetGJ.
del
Estado- ·nÚ1MI"Q.
1.22.
:~>de-,22dB
ma),o~'"'19'l9J~'~
-
.'
"En
SU.
B8si~
>-~el~~~~~:"D1~yo~~e~~~coriv~
en
~pU~
cact6n·.de
lo
dispveato;
en'~-elart1clllo'.ee.2.
d.
la~
Constitución.
el
Congreso-
de~
los'
DlWtacios,'hA-
a.cordadó
la.
'eom-álicta.ci6n
.
del,
Re.al"Decre-tc-ley:.8I19'la.;de-
'1,8;'.
áe,:--m&Yo.
'p>r,.rque
se
.·,mo-'
diflca·
parcialmente.
el
Real'
Pecre~léy.:tI19'18.,·,~
el,ré~en
..
preauton?:!'Jl1codel
PaÍS:V'~;,,:;
"'~:Y;.
~-'",,-">'>",,::,"',-
~-
_'
-~>,~,~
~~'.'
I'ol_del
COngresó
de',!'iiB:Dlputiod";3t
de
Juno
dotP9
..
_:&1'
~~ent&!.l.a
..
ru:~el~?',-;~a~Ul~t_
~.si~~.,.
'.~
,'.,>.~_
7,~·'~~~';~.:.::~::
',;~,::-'F';:;.·~"-.;~~f
..
~;~>-:':
..
~_
..r"/'_'~';;::
"
.
':,r-"
20012RESOLUCION
delaJ'r.,ld_
del
Congr;;,ode
~
lo..
Diputados
pOr
J4
q.ue
Be
dilpone
la
publtC"a-
ci6n
'del
acuerdo
de'
convalidación·
del Real
De-
erefcHQY·
911J?79.
ds
18
demo)'O~''t>OT
el
que
Be
an-
tici:Da la
a"'~ión
de·
deter~inad08,
preceptos
del
proyectada
Ley
de
,Pruupu-utoB.; de.
1979.
relativos
c'
Deuda
'Pr,jbUca (pub-Itcado- en
el_Bolettn
Oriclal
de/
E.tadD>.
-ro"
122,de
aa
de
ma¡odeWO).
.
".'
'.,
,.-:·".o;';:'f',~·;'\.·'
,
•.
' ,
:'~:,"
.
".:
-
.;;",
.,.
'"
En
su
sesión-'
del
,día
3Qdé
';~io
de:'
i9n;
-OOnvoc-adaen
apU-"
Cación,
deJo
dispuesto-
'en
,el
arttculo'B6..2-de
lac.Constitución,
.'.'
_
>e1-
COn~so-
de.los-
T)1putados~ha
&COfdado
!a;convaUdación
del
.-:;_
:~:':.'
;·-Be8.1,
De:s'eto--ley-
..
91llna."
de.,:
,a'tla.;·tRayo
..
-.,
por:' eFque-'se-- anti.
cipa
'.
'.:,
!lo
.Pll~
..
dm
...
de'
_"""_'~"
.c""
del
pro,oclnd&
Ley.'
TV-
d~".Pmu~estoa
da""l919-.,',ta1a~.-
OeudaPúhl1ca..',·
'.
.
','
/'-
.
,
'.
l'lüecIo
d~í
COngreso.
dei1:""::P1¡;U~"'.:'"
de'lulI<>
di>
Ion,'})?
S
l'
o
NG
O,
El-
~te.
~cie:lin,o'L&~'
:.AJai.Da.;.;'
~'
,:":",,,
~-
l
..
~k:u1o'
primero.-Se
crea
un'
voluntariado
especial
pára
'.,:
..
:c:"i;~;~~~~if~t~ír!K,:;).:~;:\'tf~;:"·_.
,,'
,d~~cl:'d~
~~1d~~o~e~lnci~,,~~·
R~:.Lrdi.
Real.
con
la
20013
1CESOWCzpN>di.rt:C~PréIid.ni:ki
del.,CortQTe$O
'de
~.
~::Arlículo
88gundo.-La
misión'
d~-este
-pe~~nal
ser~
la':
d~
,
__
;..ro.DiPutad~'1JOl'Io,que-Be
dllJ'O.ne:la
publfca-
cumplir
el
Servicio.
Milltar
cer~a
de
S.
M.
el
Rey'y
prestar.
en-o
ció""
del ClI¿.UerMflfi··
conv!:lHdadón'
..
del' Real
De-
cuadrados
en
una
Unidad
de
la
Guardia
Real.
Jos
servicios
que
erefo.Ury, 'lDl-1919. ,t!tt ,-lB de.1unio¡ aobre
"ró1'TDgQ·
en
el:marco
de
la
misma
se
les
asigne.
de,Arrendomtsñt08IltUtÍCO$
(;.ndJ
'cádo-en
'sI
.Bo-'
. - -
•.
' .
látin.
Olteial
del EJta
miinuo
148·
de'a1
dit-ju.-
··Artfcujo
tercero.-Su
ihgreso
setá~efectuado
por
el
siste;na
'..
rito'de
191fll~·
.,'.,'
de
voluntariado
especial.
con
arreglo'al
articulo
cuarenta
y
nua-
.
ve
de
la
Le)!"
cincuenta
y
cinco/mil
novecientos
sesenta
y
ocho.
En
su-"seS1óÍ1,
d81'
dia
28~'de
'_d&·~979.'~n~A
en
apli-
d~
veintisiete
de
julio,
General
del
Servicio
MiJitar,
por
recluta-
cación
de
.10
~puesto.
ea
el
-articulo
86.2
de'la
directa
de
todos
los
fóvenes
españoles
que
reUnan
las
condicio-
el
Congreso
de
los
Diputados
ha
acordado-laconvalldación
del
nee
que
se
e~table~an
en-Ias
d~tint6S
convoca~orias.
Real.-Decreto-ley
1011979, de
16
de
~unfo'
sobre'
prórroga
ae
'
.
Arren~ientos
Rústicos..
.'
" • - ._ . _
Artículo
cUarto.-El-tiempó
de
permanencia
'6n fiJas
se
de-
.
Palado
-
del
Con~.··
de
'10s-
Dtjl'utadQS. ?1
de
Julio
4e
'1979.
:.:=:=,
en
las
condiciones
que
se
fijen
en
las
distintas
con-
,El
Presidente,
Landeli,no. LavUla..:A1stna.
.'
.
~
.. .
Aiuculo
9uinto.-EI
personal
que
cubra
las
,vacantes
de
las
,distlnt8.s-convocatorfas.
una
vez
seleccionado
y
cumplido
el
periodo
de
instruccl6n
bésica.
percihirá
mensualmente,
además
de
los
emolumentoLque
les.
COrresponda'
como
clase
de
tropa.;
una
~tificacl6n
pqr
su.
especial
misión,
equivalente
al
sesenta
por
cIento
del
sueldo
mensual
de
las
clases
de
tropa
de
las
Fuer-
zas
.Armadas
seftalado,
para
el
personal
con
más
de
dos
años
de
servicio,-
más
otra
por
responsabilidad
de
destino,
equivalen~
te
al
vejn~e
p.or
ciento
del
sueldo
.-nensual
del
Gt
Real.
<
Art~o
sexto.-Los
méritos
contraídos,
en
el
cumplimiento
de
este
compromiso
darán
preferencia
para.
ingresar
como
Guar~
diaReal
en
la
misma.< y
serán
circunstancias
favorables.
para
podw
optar
al
ingreso
en
los
Cuerpos
de
la
Guardia
Ci-.nl y
de'
la
Policía
Nacional.
Artículo
séptimo.~Por
el
Ministerio
de
Hacienda
se
habiUta~
_
n\n
loa
créditoa
necesarios
para
incorporarse
al
Presupuesto
de
mil
novecientos setenta ., nueve.. . •
'.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR