Orden ITC/2516/2010, de 20 de septiembre, por la que se publica el acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio Interior de 13 de mayo de 2010, por el que se efectúa la convocatoria para 2010 y se establece el procedimiento para la concesión de préstamos con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior.

MarginalBOE-A-2010-14918
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Conferencia Sectorial de Comercio Interior adoptó, en su reunión de 13 de mayo de 2010, el Acuerdo por el que se efectúa la convocatoria para 2010 y se establece el procedimiento para la concesión de préstamos con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1786/2009, de 20 de noviembre, por el que se regula la iniciativa de apoyo financiero a la modernización y mejora del comercio interior, así como en el artículo 7.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Acuerdo como anexo de la presente orden.

Madrid, 20 de septiembre de 2010.–El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián Gascón.

ANEXO

Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio Interior de fecha 13 de mayo de 2010 por la que se efectúa la convocatoria para el año 2010 y se establece el procedimiento para la concesión de la línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización del Comercio Interior

La coyuntura económica actual hace necesario movilizar recursos adicionales a los ya asignados a través del Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad en el Comercio 2009-2012, con el fin de favorecer en todos sus aspectos la situación competitiva del comercio minorista.

En respuesta a esta necesidad, la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, en su disposición adicional trigésima creó el Fondo de Ayuda al Comercio Interior y habilitó al Gobierno para efectuar el necesario desarrollo reglamentario.

Este desarrollo reglamentario se ha producido por Real Decreto 1786/2009, de 20 de noviembre, por el que se regula la iniciativa de apoyo financiero a la modernización y mejora del comercio interior, en cuya virtud los recursos disponibles para dicha iniciativa se canalizan a través del Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior, gestionado por el órgano competente del Ministerio del Industria, Turismo y Comercio, y son administrados financieramente por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

El artículo 7 de dicho Real Decreto 1786/2009, de 20 de noviembre, establece que la Conferencia Sectorial de Comercio Interior anualmente acordará la convocatoria, que se publicará tanto en el «Boletín Oficial del Estado» como en los respectivos diarios oficiales de las comunidades autónomas y, por otra parte, que corresponde a las comunidades autónomas la ordenación e instrucción del procedimiento en los términos en los que se acuerde en la Conferencia Sectorial de Comercio Interior.

Asimismo, el citado artículo 7 dispone que por acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio Interior se establecerán los criterios de valoración de las solicitudes y que la misma Conferencia Sectorial podrá acordar la creación de grupos de trabajo para la valoración de las solicitudes presentadas, que le elevarán una propuesta.

Por ello, de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 1786/2009, de 20 de noviembre, esta Conferencia Sectorial de Comercio Interior, en su reunión de 13 de mayo de 2010,

ACUERDA

Primero. Objeto.

  1. Se procede a la convocatoria, para el año 2010, de la línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior, cuya dotación, procedente de la aplicación presupuestaria 20 07 431O 871, asciende a 14.700.000 euros.

    A dicha dotación se añade el remanente neto que proceda del ejercicio presupuestario del año 2009, hasta 15.000.000 euros.

  2. Se regula el procedimiento de concesión de préstamos con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior y se establece el modelo de solicitud, que figura como anexo del presente acuerdo.

    Segundo. Finalidad de la línea de financiación.–La línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior tiene por finalidad apoyar financieramente las actuaciones orientadas a la modernización y mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior.

    Tercero. Características.–La financiación que se convoca consistirá en préstamos sobre un máximo, por beneficiario y año, del 80 por ciento del valor del proyecto, con una cuantía límite del valor del proyecto de 800.000 euros, con las siguientes condiciones:

    1. Tipo de interés para el cliente: Variable, Euribor 6 meses + Diferencial (coste de captación ICO) + hasta 0,50 %.

    2. Los plazos de amortización serán de cinco, siete y diez años, con posibilidad de uno, dos o tres años de...

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