RESOLUCION DE 5 DE DICIEMBRE DE 1994, de la Presidencia de la agencia estatal de administracion tributaria, por la que se concreta la Estructura del Servicio juridico de la agencia y Se delimita el Reparto de Competencias entre sus organos.

MarginalBOE-A-1994-27814
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyResolución

El artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, modificado por la disposición adicional 17 de la Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que creó la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), establece en su apartado 8 que la Agencia dispondrá de un Servicio Jurídico propio, integrado por Abogados del Estado, que actuará bajo la superior coordinación de la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado, y al que corresponde el asesoramiento jurídico de la Agencia y la representación y defensa en juicio de la misma. El apartado 11.5 del mismo artículo dispone que el Ministro de Economía y Hacienda, por Orden, podrá organizar las unidades inferiores a departamento o habilitar al Presidente de la Agencia para dictar resoluciones normativas por las que se estructuren dichas unidades y se realice la concreta atribución de competencias.

De conformidad con los preceptos anteriores, la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, reiterando la de 27 de diciembre de 1991, a la que sustituye, establece en su apartado 10 que dependiendo directamente del Director general de la Agencia y con la estructura que defina el Presidente, al Servicio Jurídico de la Agencia le corresponde el asesoramiento en derecho de ésta y su representación y defensa en juicio en los términos del apartado 8 del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, y en su apartado 15 se habilita al Presidente de la Agencia para dictar resoluciones normativas por las que se realice la concreta atribución de competencias a las Subdirecciones de la Agencia y a las unidades inferiores de las mismas.

Por Resolución de 29 de mayo de 1992, se definió la estructura inicial del Servicio Jurídico de la Agencia, como paso previo para determinar de forma concreta cual debiera ser su estructura, tanto central como periférica.

La Orden de 29 de julio de 1994 sobre asistencia jurídica a la Agencia Estatal de Administración Tributaria ha venido a concretar el sistema de asistencia jurídica a la misma inspirado tanto en la idea de potenciar la coordinación y colaboración interorgánica como en la consideración de que asuntos y procesos concretos relativos a la Agencia puedan comprometer al mismo tiempo intereses generales del Estado con repercusión en el conjunto del quehacer administrativo, viniendo igualmente a delimitar los nuevos órganos y unidades, estableciéndose, junto a la organización propia del Servicio Jurídico de la Agencia, la asignación de funciones a Abogados del Estado integrados en el Servicio Jurídico del Estado.

Resulta necesario concretar definitivamente la estructura operativa del Servicio Jurídico de la Agencia y atribuir con criterios flexibles las compentencias que han de desarrollar los distintos órganos de éste en el...

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