Orden CIN/640/2011, de 18 de marzo, por la que se convoca la concesión de ayudas correspondientes al Subprograma de Apoyo a la Función de Transferencia en Centros de Investigación del Programa Nacional de Transferencia Tecnológica, Valorización y Promoción de Empresas de Base Tecnológica, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

MarginalBOE-A-2011-5449
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyOrden

Al amparo de la Orden PRE/545/2008, de 29 de febrero («BOE» número 53, de 1 de marzo), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de utilización del conocimiento y transferencia tecnológica, enmarcada en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, se aprueba la presente convocatoria de concesión de ayudas para la realización de proyectos en los términos definidos en la presente orden.

El Real Decreto 1042/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, en su artículo 5 atribuye a la Secretaría General de Innovación, entre otras, las funciones de: a) El impulso, difusión, orientación y coordinación de la política de la innovación empresarial en todos los sectores y actividades, en el ámbito nacional e internacional, y b) La orientación de los programas e instrumentos financieros de la política tecnológica empresarial, de innovación y de transferencia de conocimiento, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros departamentos ministeriales.

El Ministerio de Ciencia e Innovación asume el objetivo fijado por el Gobierno de España de transformar nuestro modelo productivo en una economía sostenible, basada en el conocimiento. Para mantener el estado del bienestar, que hemos alcanzado en nuestro país, resulta imprescindible introducir la innovación en todos los elementos del sistema económico y social. Sólo los países que basen su economía y su crecimiento en la innovación y el conocimiento, podrán competir con los nuevos países emergentes.

La Estrategia Estatal de Innovación (e2i), aprobada en Consejo de Ministros el 2 de julio de 2010, ha sido diseñada para contribuir a transformar nuestra economía en una economía sostenible, con empleos de alto valor añadido, y más estable ante fluctuaciones del ciclo económico. La Estrategia Estatal de Innovación establece cinco ejes de actuación con el objetivo de situar a España en el noveno puesto mundial de la innovación en el año 2015. Los cinco ejes de actuación conforman el llamado «Pentágono de la Innovación», y son: a) la creación de un entorno financiero favorable a la innovación empresarial; b) la dinamización de los mercados innovadores mediante la regulación y la compra pública; c) la integración territorial de las políticas de promoción de la innovación; d) la internacionalización de las actividades innovadoras; e) la potenciación de las personas mediante la incorporación de talento y capacidad innovadora al sector productivo.

La Estrategia Estatal de Innovación se desarrolla a través del Plan INNOVACCION, formado por un conjunto de acciones de promoción y financiación, y de convocatorias de ayuda y programas de subvención y financiación para el fomento de la innovación mediante la colaboración público-privada.

El Subprograma de Apoyo a la Función Transferencia en Centros de Investigación (INNCIDE) que se aprueba través de esta Orden es uno de los instrumentos del Plan INNOVACCION y tiene como objetivo favorecer la valorización de los conocimientos y resultados de la investigación realizada en universidades y otros centros de investigación, mediante el fortalecimiento y consolidación de las unidades que promueven y facilitan los procesos de cooperación y transferencia de conocimientos y el apoyo en el desarrollo de iniciativas encaminadas al desarrollo de sus actividades.

Mediante la presente Orden se financian exclusivamente Planes Estratégicos de Transferencia (PETRA), que serán ejecutados de forma individual por la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación de la entidad solicitante.

Como sucede con las convocatorias del Plan INNOVACCION, en esta convocatoria se impone la utilización de medios electrónicos para las comunicaciones que deban realizarse, que será obligatoria tanto para la práctica de la notificación o publicación de los actos administrativos que se dicten, como para la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.6 y 28.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Para ello se ha tenido en cuenta la naturaleza de personas jurídicas de los interesados en el procedimiento, así como la capacidad técnica y profesional propia de los agentes que actúan en el ámbito de la I+D+i, a los que se presupone el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos necesarios.

Se trata de una medida que pretende agilizar las comunicaciones entre la Administración y los interesados, y que es coherente con la política seguida por el Ministerio de Ciencia e Innovación de generalizar la utilización de medios electrónicos en las comunicaciones que se realicen con personas jurídicas; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Ciencia e Innovación.

La presente Orden, que aprueba la convocatoria de ayudas de INNCIDE para el año 2011, se dicta conforme a lo dispuesto en el artículo 149.1.15.ª de la Constitución, que asigna al Estado la competencia exclusiva en el fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica; en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Orden PRE/545/2008, de 29 de febrero, por la que se regulan las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de utilización del conocimiento y transferencia tecnológica, enmarcada en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011 (en adelante, Orden de Bases).

En su virtud, resuelvo:

Artículo 1 Objeto y normativa aplicable.
  1. El objeto de la presente orden es aprobar la convocatoria correspondiente al año 2011 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de las ayudas correspondientes al Subprograma de Apoyo a la Función Transferencia en Centros de Investigación (INNCIDE). Las ayudas de este subprograma tienen por objeto apoyar parte de las actuaciones en materia de transferencia de conocimiento y tecnología de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI).

  2. Las subvenciones objeto de esta convocatoria están sometidas a la Orden PRE/545/2008, de 29 de febrero («BOE» número 53, de 1 de marzo), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de utilización del conocimiento y transferencia tecnológica, enmarcada en el Plan Nacional de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, y a las normas que le sean aplicables, entre ellas:

  1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  2. El Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Artículo 2 Objetivos.

Esta convocatoria pretende dar respuesta a los objetivos fundamentales del Plan Nacional de I+D+i 2008-2011, concretamente al orientado a situar a España en la vanguardia del conocimiento y a promover un tejido empresarial altamente competitivo, apoyando los procesos de puesta en valor del conocimiento y de creación y consolidación de empresas de base tecnológica. Este objetivo general, en el caso del Subprograma INNCIDE se concreta en los siguientes objetivos específicos:

  1. Potenciar la protección, valorización y explotación comercial (en forma de licencias, nuevas empresas de base tecnológica) de los resultados de la I+D+i generada en universidades y otros centros de investigación, empleando, entre otras, técnicas tales como la vigilancia y/o prospectiva tecnológica para favorecer la interacción con el tejido industrial.

  2. Fomentar las actividades de investigación cooperativa de equipos y unidades de I+D universitarios y de otros centros de investigación con empresas e instituciones.

  3. Contribuir a la consolidación y profesionalización de los recursos humanos de universidades y otros centros de investigación dedicados a actividades de valorización y transferencia de tecnología y de conocimiento.

Artículo 3 Características de las ayudas.

Las ayudas cuya concesión se convoca mediante la presente orden revisten la modalidad de subvención y se destinan a financiar actuaciones plurianuales, de cuatro años de duración, del Subprograma INNCIDE.

Las cantidades concedidas podrán cubrir total o parcialmente la ayuda que se solicite sin que en ningún caso, incluida la posible cofinanciación, se supere el coste real de la actividad subvencionada. El presupuesto financiable, el porcentaje de financiación y la cuantía...

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