Resolución de 28 de abril de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Concepción García Gordoncillo, contra la negativa del registrador de la propiedad n.º 3, de Valladolid, a inscribir una escritura de segregación y donación de una finca.

MarginalBOE-A-2005-9814
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Concepción García Gordoncillo, contra la negativa del registrador de la propiedad n.º 3, de Valladolid, a inscribir una escritura de segregación y donación de una finca.

En el recurso gubernativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Doña Mar Abril Vega, en nombre y representación de Doña Concepción García Gordoncillo, contra la negativa del Registrador de la Propie dad, número tres de Valladolid, Don Francisco Quiroga Ramiro a inscribir una escritura de segregación y donación de una finca.

Hechos

I

Por escritura otorgada ante el Notario de Portillo, Don Luis Fernando Martínez Cordero, el día 22 de junio de 2000, Doña Concepción García Cordoncillo, aportó a su sociedad de gananciales una casa sita en Fuensaldaña, en la calle Nueva, 10. Dicha finca consta inscrita en el Registro de la Propiedad, número tres de Valladolid, bajo el número de finca 6348, con una cabida de 100 metros cuadrados. En dicha escritura ahora se dice que el solar de la misma tiene una cabida de 705 metros cuadrados. Por expediente de dominio seguido ante el juzgado de Primera Instancia, número seis de Valladolid, el día 27 de septiembre de 2001, se declara justificado el exceso de cabida referido.

II

Presentado testimonio del anterior auto en el Registro de la Propiedad, número tres de Valladolid, fue calificado con la siguiente nota: 'Presentado el precedente documento a las 13 horas del día 25 de octubre de 2001, retirado el día siguiente y vuelto a presentar el 7 de noviembre de 2001, asiento 577, del Diario 49, se suspende la inscripción del exceso de cabida solicitado por existir duda fundada de la identidad de la finca, según dispone el párrafo 5.º del apartado 3.º del artículo 298 del Reglamento Hipotecario. Contra la presente nota se puede entablar recurso gubernativo hasta dentro de los cuatro meses de la fecha de hoy, en la forma y términos que contiene los artículos 112 y concordantes del Reglamento Hipotecario. Valladolid a 13 de noviembre de 2001. El Registrador.

Fdo. Francisco Quiroga Ramiro'.

III

La Procuradora de los Tribunales Doña Mar Abril Vega, en nombre y representación de Doña Concepción García Gordoncillo, interpuso contra la nota de calificación, recurso gubernativo y alegó: Que la nota de calificación no reúne los requisitos del artículo 127 del Reglamento Hipotecario, aludiendo el Registrador a...

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