ORDEN FOM/1121/2004, de 28 de abril, sobre delegación de competencias en relación con los servicios comunes del Ministerio de Fomento.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Mayo de 2004
MarginalBOE-A-2004-7980
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/1121/2004, de 28 de abril, sobre delegación de competencias en relación con los servicios comunes del Ministerio de Fomento.

Los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, y 562/2004, de 19 de abril, han modificado la anterior estructura orgánica del Ministerio de Fomento, suprimiendo, entre otros órganos la Dirección General de Organización, Procedimiento y Control.

A fin de que la citada modificación no suponga una solución de continuidad en el normal funcionamiento de los servicios, procede adoptar las medidas necesarias en el modelo de delegación del ejercicio de las competencias sin perjuicio de proceder en su caso a su revisión cuando se complete la reestructuración orgánica del Departamento.

En razón, además, de la deseable unidad en el texto a aplicar por los órganos gestores, se incluye también en esta Orden el contenido de la delegación efectuada por la Subsecretaría por Resolución de esta misma fecha, de acuerdo con las previsiones establecidas en la Disposición Adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Primero.--Quedan convalidadas las delegaciones del ejercicio de la competencia en relación con los servicios comunes del Departamento, vigentes a la promulgación del Real Decreto 562/2004, con las modificaciones que se especifican en los apartados siguientes.

Segundo.--1. Las delegaciones del ejercicio de competencias correspondientes al titular del Departamento efectuadas en el anterior Director General de Organización, Procedimiento y Control deben entenderse hechas a favor de la Subsecretaria del Departamento, excepto las recogidas en el punto 2 de este apartado.

  1. Se delega en el Subdirector General de Administración y Gestión Financiera el ejercicio de las siguientes competencias:

  1. Aprobar, cuando tengan asignación nominativa, las ayudas o subvenciones y las transferencias corrientes y de capital con cargo a créditos del servicio presupuestario 01.

  2. Determinar el ámbito de aplicación en el Departamento del sistema de 'anticipos de caja fija'.

  3. Fijar el gasto máximo en el sistema de 'anticipos de caja fija' y distribuir dicho gasto máximo por cajas pagadoras, determinándolo por...

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