Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

MarginalBOE-A-2008-8983
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación, Política Social y Deporte
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 432/2008, de 12 de abril, dispone que, al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, le corresponden competencias ejercidas anteriormente por los suprimidos Ministerios de Educación y Ciencia y Trabajo y Asuntos Sociales.

En desarrollo de lo anterior, el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, ha venido a concretar los órganos superiores y directivos en los que se estructura el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por lo que se hace preciso tener en cuenta la repercusión de los anteriores Reales Decretos en las delegaciones existentes en los diferentes órganos que se integran a partir de ahora en el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, e introducir aclaraciones y modificaciones indispensables, con carácter provisional, hasta que se apruebe una Orden de delegación de competencias que se adapte al correspondiente Real Decreto por el que se desarrolle la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 13 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

En su virtud, dispongo:

Primero. Delegaciones de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.-Se declaran subsistentes, con las modificaciones contenidas en los apartados siguientes, las delegaciones de competencias contenidas en la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, por la que se regula la delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, haciéndolas extensibles a la totalidad de órganos que componen actualmente el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Segundo. Modificación de la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, por la que se regula la delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia.

  1. Modificaciones genéricas:

    a) Las competencias que figuraban delegadas por el Ministro de Educación y Ciencia se entenderán delegadas por el Ministro de Educación, Política Social y Deporte.

    b) Las competencias que figuraban delegadas a favor del Presidente del Consejo Superior de Deportes, del Secretario General de Educación y del Subsecretario, del Ministerio de Educación y Ciencia, se entenderán delegadas en el Presidente del Consejo Superior de Deportes, en el Secretario de Estado de Educación y Formación, excepto en el caso de competencias que hubiesen pasado a ser propias del citado Secretario de Estado en virtud de su rango, y en el Subsecretario, del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, respectivamente.

    c) Las competencias que figuraban delegadas, tanto por el Ministro de Educación y Ciencia como por otros órganos superiores y directivos del citado Ministerio, en el Secretario General de Educación, en el Secretario General Técnico, en el Presidente del Consejo Escolar del Estado, en los Directores Generales de la suprimida Secretaría General de Educación y en los Subdirectores Generales y titulares de los demás órganos de nivel inferior a Subdirector General dependientes de la citada Secretaría General de Educación, del Ministerio de Educación y Ciencia, se entenderán delegadas por el Ministro y por los titulares de los órganos equivalentes del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, en el Secretario de Estado de Educación y Formación, en el Secretario General Técnico, en el Presidente del Consejo Escolar del Estado y en los Directores Generales de Ordenación del Sistema Educativo, de Formación Profesional y de Evaluación y Cooperación Territorial, del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, así como en los Subdirectores Generales y en los titulares de los demás órganos de nivel inferior a Subdirector General dependientes de la citada Secretaría de Estado de Educación y Formación, de acuerdo con la nueva asunción de competencias que se realiza en el Real Decreto de estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

    d) Las competencias cuya delegación aparecía aprobada por el Ministro de Educación y Ciencia se entenderá aprobada por el Ministro de Educación Política Social y Deporte.

    e) Las competencias que...

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