Orden APA/88/2005, de 25 de enero, por la que se modifica la Orden de 18 de julio de 1989, por la que se establece la normativa para la solicitud, control y pago de las ayudas para la mejora de la calidad y la comercialización de los frutos de cáscara y las algarrobas.

Fecha de Entrada en Vigor29 de Enero de 2005
MarginalBOE-A-2005-1497
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

ORDEN APA/88/2005, de 25 de enero, por la que se modifica la Orden de 18 de julio de 1989, por la que se establece la normativa para la solicitud, control y pago de las ayudas para la mejora de la calidad y la comercialización de los frutos de cáscara y las algarrobas.

El Reglamento (CEE) n.º 2159/89, de la Comisión, de 18 de julio de 1989, por el que se establecen las disposiciones de aplicación de las medidas especiales previstas en el Título II bis del Reglamento (CEE) 1035/72 para los frutos de cáscara y algarrobas establece, entre otras, las disposiciones de aplicación que regulan las ayudas a las organizaciones de productores de frutos de cáscara o algarrobas que tengan aprobado, por los Estados miembros, un plan de mejora de la calidad y de la comercialización. El artículo 8 de dicho Reglamento, en su punto 5, establece las comprobaciones que, durante la ejecución de los planes, deben realizar las autoridades nacionales con objeto de verificar el estado de ejecución de los mismos.

La Orden de 18 de julio de 1989, por la que se establece la normativa para la solicitud, control y pago de las ayudas para la mejora de la calidad y la comercialización de los frutos de cáscara y las algarrobas, en el apartado 1 de su artículo 10, establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, una vez recibidas de las Comunidades Autónomas la certificación acreditativa del cumplimiento por los beneficiarios de sus compromisos, procederá a ordenar los pagos correspondientes.

Dado que los planes de mejora existentes poseen un elevado grado de desarrollo, que los resultados de los controles 'in situ', realizados por las Comunidades Autónomas, han arrojado en los últimos años diferencias poco significativas con las peticiones realizadas por las Organizaciones, es posible agilizar el trámite de pago de la ayuda sin riesgo de llevar a cabo pagos indebidos, abonando el importe derivado de la documentación aportada por la entidad y procediendo a inspecciones posteriores.

En la elaboración de la presente Orden han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden de 18 de julio de 1989.

Semodifica la Orden de 18 de julio de 1989, por la que se establece la normativa para la solicitud, control y pago de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR