Orden IET/1086/2012, de 23 de abril, por la que se autoriza a 'CNWL Oil España, SA' la modificación del programa de investigación en los permisos de investigación de hidrocarburos 'Chinook A', 'Chinook B', 'Chinook C' y 'Chinook D'.

MarginalBOE-A-2012-6849
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyOrden

Los permisos de investigación de hidrocarburos denominados «Chinook A», «Chinook B», «Chinook C», y «Chinook D», fueron otorgados por Real Decreto 1773/2010, de 23 de diciembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 22 de enero de 2011, a la sociedad «CNWL Oil España, S.A.», como única titular y operadora. En el artículo 2 del mencionado Real Decreto de otorgamiento se estableció el programa y condiciones de ejecución de los trabajos de investigación de hidrocarburos previsto para el conjunto de los cuatro permisos de investigación.

El 17 de junio de 2011, la sociedad «CNWL Oil España, S.A.», solicitó a la Dirección General de Política Energética y Minas autorización administrativa para la adquisición de una campaña sísmica 2D y 3D, como parte de los trabajos mínimos establecidos para el primer año de vigencia de los permisos, cuyo proyecto actualmente está en fase de evaluación ambiental.

El 23 de diciembre de 2011, el titular de los permisos solicitó a la Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.2 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, la modificación del programa de investigación previsto en el artículo 2 del mencionado Real Decreto de otorgamiento de los permisos de investigación, de tal forma que se unifiquen los cuatro primeros años de vigencia. La argumentación de dicha solicitud se basa en los plazos legalmente exigibles en la contratación de los servicios necesarios para la realización de la campaña sísmica, la necesidad de ejecutar la misma en la época invernal y los plazos necesarios para la evaluación ambiental de los proyectos.

Por otra parte, se mantiene inalterado tanto el alcance como el volumen de inversión de los proyectos, dentro del programa de investigación previsto para toda la vigencia del permiso.

Examinada la solicitud, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 22 de la mencionada Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, y en el Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Exploración de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, se considera procedente la modificación del programa de investigación previsto y, en consecuencia, resuelve:

Primero.

Se modifica el programa de investigación previsto en el Real Decreto 1773/2010, de 23 de diciembre, de otorgamiento, de forma que se unifican los compromisos...

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