Resolución de 8 de marzo de 2007, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas a clubes deportivos sin ánimo de lucro que participen en competiciones de ámbito estatal y de carácter no profesional en deportes de equipos colectivos para el año 2007.

MarginalBOE-A-2007-6303
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo establecido en el título III, capítulo II, artículo 13 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, se consideran clubes deportivos, las asociaciones privadas integradas por personas físicas o jurídicas que tengan por objeto la promoción de una o varias modalidades deportivas, la práctica de las mismas por sus asociados, así como la participación en actividades y competiciones deportivas.

Asimismo, para participar en competiciones de carácter oficial, los clubes deberán inscribirse previamente en la Federación respectiva.

Con el fin de conseguir los mejores resultados deportivos este Consejo Superior de Deportes considera de gran importancia la labor de los Clubes Deportivos sin ánimo de lucro que, con su actividad y fomento del deporte, contribuyen a elevar el nivel de sus deportistas afiliados con lo que redundan en aumentar el rendimiento de los equipos nacionales y consiguientemente, en lograr los mejores resultados deportivos, estableciendo para ello, ayudas a Clubes de deportes de equipo colectivos por su colaboración en la configuración de las Selecciones Nacionales.

Por todo ello, las Federaciones Deportivas Españolas, como entidades colaboradoras, que deseen solicitar subvención pública para los clubes deportivos sin ánimo de lucro que participen en competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional en deportes de equipo colectivo, por su colaboración en la configuración y participación de las selecciones deportivas de dichos deportes y, en general, del deporte de alto nivel, deberán observar los siguientes criterios generales y de procedimiento.

De acuerdo con la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 4.e) por el Real Decreto 2195/2004, de 25 de noviembre, sobre estructura orgánica y funciones del Consejo Superior de Deportes y de adecuación del Organismo a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:

Primero. Objeto de la convocatoria y finalidad.-Convocar ayudas o subvenciones económicas a los clubes deportivos de deportes de equipo colectivo, sin ánimo de lucro que participen en competiciones de ámbito estatal y de carácter no profesional, adscritos a las Federaciones Españolas cuyos deportes de equipo hayan conseguido diploma o medalla en los Juegos Olímpicos de Atenas 2004 que hayan colaborado durante la etapa 2005/2006 en la preparación y en la competición de sus equipos nacionales absolutos de la categoría en que se obtuvo el diploma o medalla.

No podrán actuar como entidades colaboradoras las Federaciones Deportivas Españolas que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Las Federaciones Deportivas Españolas quedarán sujetas a las obligaciones del artículo 15 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad Social, así como en el pago con el Consejo Superior de Deportes.

No podrán obtener la condición de beneficiarios los Clubes Deportivos que se encuentren en las situaciones expuestas en el artículo 13 de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR