ORDEN PRE/3302/2006, de 27 de octubre, por la que se incluyen en el anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, las sustancias activas clodinafop, pirimicarb, rimsulfurón, tolclofos-metil, triticonazol, clotianidina y petoxamida y, se modifica la especificación técnica de la sustancia activa propoxicarbazona.

Fecha de Entrada en Vigor29 de Octubre de 2006
MarginalBOE-A-2006-18758
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

La Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios, incluye en su anexo I las sustancias activas que han sido autorizadas para su incorporación en los productos fitosanitarios. Dicha Directiva se incorpora al ordenamiento jurÃdico español en virtud del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios. Por otra parte, en la Orden de 14 de abril de 1999, se establece el anexo I de dicho Real Decreto, bajo la denominación «Lista Comunitaria de sustancias activas», que se define en el apartado 16 del artÃculo 2 de dicha norma, como la lista de las sustancias activas de productos fitosanitarios aceptadas por la Comisión Europea y cuya incorporación se hará pública mediante disposiciones nacionales, como consecuencia de otras comunitarias.

La Directiva 91/414/CEE ha sido modificada por sucesivas Directivas a fin de incluir en su anexo I determinadas sustancias activas. Asà mediante la Directiva 2006/39/CE de la Comisión, de 12 de abril, se incluyen las sustancias activas clodinafop, pirimicarb, rimsulfurón, tolclofos-metil y triticonazol, y por Directiva 2006/41/CE, de 7 de julio, se incluyen las sustancias activas clotianidina y petoxamida. Por otra parte, la Directiva 2003/119/CE de la Comisión, de 5 de diciembre, que incluye la sustancia activa propoxicarbazona, ha sido modificada por Directiva 2006/46/CE de la Comisión, de 16 de mayo, en cuanto a la especificación técnica de dicha sustancia activa.

Las disposiciones citadas establecen las condiciones para que la comercialización de productos fitosanitarios que contengan las referidas sustancias activas no tengan efectos nocivos para la salud humana o la salud animal ni para las aguas subterráneas, ni tengan repercusiones inaceptables para el medio ambiente, asà como para que se revisen las autorizaciones existentes de productos fitosanitarios que contengan alguna de las sustancias activas que se incluyen en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE, modificándolas o retirándolas, de conformidad con lo establecido al efecto en dicha Directiva.

La presente Orden incorpora al ordenamiento jurÃdico interno las Directivas 2006/39/CE y 2006/41/CE, mediante la inclusión de las sustancias activas clodinafop, pirimicarb, rimsulfurón, tolclofos-metil, triticonazol clotianidina y petoxamida, en el anexo I del Real Decreto 2163/1994. Asà como la Directiva 2006/45/CE, a fin de modificar la Orden PRE/1393/2004, de 20 de mayo, que incluye la sustancia activa propoxicarbazona, en lo relativo a la especificación técnica de la sustancia activa, y se dicta de acuerdo con la facultad establecida en la disposición final primera del citado real decreto.

La Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria ha emitido informe preceptivo sobre ésta disposición. Asimismo, en su tramitación han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los sectores afectados.

En su virtud, a propuesta de las Ministras de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Sanidad y Consumo y de Medio Ambiente, dispongo:

ArtÃculo único. Modificación del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios.

El anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, queda modificado como sigue:

Uno. Se modifica el apartado referente a las especificaciones técnicas de la sustancia activa propoxicarbazona, en los términos que figuran en el anexo de esta orden.

Dos. Se incluyen las sustancias activas clodinafop, pirimicarb, rimsulfurón, tolclofos-metil, triticonazol, clotianidina y petoxamida, con las caracterÃsticas y condiciones que se especifican en el anexo de la presente orden.

Disposición adicional única. Revisión de las autorizaciones.

  1. A fin de verificar que se cumplen las condiciones de inclusión establecidas en el Anexo de la presente Orden, las autorizaciones existentes y las provisionales de los productos fitosanitarios que contengan las sustancias activas afectadas, concedidas con anterioridad al inicio de su plazo de inclusión, serán revisadas, adoptando y aplicando las correspondientes resoluciones antes de que expire el respectivo plazo establecido en dicho anexo.

  2. La verificación del cumplimiento de los requisitos de documentación especificados en el artÃculo 29.1. a) del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, contenidos en el anexo III de la Orden de 4 de agosto de 1993, por la que se establecen los requisitos para solicitudes de autorizaciones de productos fitosanitarios, y la evaluación conforme a los principios uniformes contenido en el anexo VI de la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios, incorporado a nuestro ordenamiento jurÃdico por la Orden de 29 de noviembre de 1995, por la que se establecen los principios uniformes para la evaluación y autorización de productos fitosanitarios, deberán realizarse adoptando y aplicando las correspondientes resoluciones antes de que expire el plazo para la aplicación de dichos principios uniformes, que para cada una de las sustancias activas, se...

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