Resolución de 21 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Ampliación del caudal de una concesión del río Henares con destino a aprovechamiento hidroeléctrico.

MarginalBOE-A-2011-13603
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyResolución

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el grupo 9 apartado k del anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental por decisión de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 31/10/2008 y procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada norma.

Según la Orden ARM/939/2011, de 13 de abril, sobre delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular, por delegación de la Ministra, las resoluciones de evaluación ambiental de competencia estatal reguladas en el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

  1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

    El promotor del proyecto es Central Eléctrica Espinosa S. L., y el órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Tajo.

    El objeto del proyecto es la ampliación de una concesión de aguas del río Henares para la producción de energía eléctrica, pasando de 3.000 l/s a 5.000 l/s.

    Ni el estudio de impacto ambiental ni la documentación ambiental del proyecto recogen la justificación del mismo, es decir, la necesidad de ejecución del proyecto.

    Las actuaciones proyectadas se localizan en el término municipal de Espinosa de Henares (Guadalajara), con las siguientes coordenadas UTM (huso 30: X= 494384, Y= 4527737.1. El proyecto se encuentra dentro del lugar de importancia comunitaria (LIC) riberas del Henares (ES4240003).

    Actualmente la central eléctrica Espinosa de Henares, S.L. es titular de una concesión de aguas de 3.000 l/s, de los cuales 2.996,28 l/s se destina a la producción de electricidad y 3,72 l/s se destinan al regadío. El desnivel bruto y salto máximo es de 4,50 m. El proyecto planteado consiste en realizar una modificación de la actual concesión de aguas incrementando el caudal de agua para uso hidroeléctrico (se mantiene por tanto el caudal de 3,72 l/s para regadío), suponiendo un salto neto de 5,10 m.

    Para ello se instalará una nueva turbina de tipo semikaplan (de eje vertical con cámara abierta, una potencia del eje de 88 kW y un diámetro de rodete de 700 mm), una compuerta tipo Vagón después de la reja de la cámara de carga (dimensiones de 2 m de ancho por 2,6 m de altura, siendo su movimiento vertical) y equipos eléctricos (formados por un transformador trifásico de potencia 250 kVA, en baño de aceite, tres transformadores de intensidad 24 kV y un armario con autómata programable). La producción esperada de esta turbina considerando unas 2.500 h de turbinación máxima y 5.400 h de turbinación media será de 457.600 Kwh.

    El azud de derivación, el canal de carga, el edificio de la central y el canal de desagüe se mantendrán en las condiciones actuales. La modificación solicitada no afectará a las actuales instalaciones de riego para 6,2 ha. de la finca El Soto.

    En el proyecto no se ha estudiado ninguna alternativa diferente a la propuesta.

  2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

    El proyecto se ubica en el interior de la zona designada lugar de importancia comunitaria (LIC) riberas del Henares donde la vegetación riparia está bien conservada, en particular las alamedas blancas y los tarayales. Estas formaciones vegetales, galerías fluviales arbóreas y arbustivas están consideradas hábitats de protección especial al estar incluidas en el anexo I de la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha.

    Entre la fauna riparia existente destaca la presencia de especie piscícolas de interés comunitario como la boga (Chondrostoma polylepis polylepis), la bermejuela (Rutilus arcasii) y la colmilleja (Cobitis paludica), catalogadas en Castilla-La Mancha como de interés especial. En particular, este tramo de río se encuentra incluido en la delimitación de tramos y masas de agua habitadas por la trucha común (Salmo trutta), especie declarada de interés preferente en Castilla-La Mancha.

    Este tramo de río también destaca por la presencia de nutria (Lutra lutra), martinete (Nycticorax nycticorax), martín pescador (Alcedo atthis) y halcón peregrino (Falco peregrinus), especies incluidas en el el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Castilla-La Mancha.

  3. Resumen del proceso de evaluación

    3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:

    3.1.1 Entrada documentación inicial.–Con fecha 11/12/2007 se recibe el documento ambiental para iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto.

    El 10/3/2008 se solicita al promotor subsanar la documentación ambiental, la cual se recibe el 5/5/2008.

    3.1.2 Consultas previas.–Relación de consultados y de contestaciones. El 21/5/2008 se envían las consultas para determinar si el proyecto debía someterse a evaluación de impacto ambiental y en tal caso los posibles impactos ambientales significativos y las medidas a implementar para prevenirlos, minimizarlos o corregirlos. Los organismos y organizaciones a las que se les remitió estas consultas son los que aparecen en el siguiente cuadro, donde se ha señalado con una «X» aquellos que emitieron contestación:

    Organismo consultado Resultado de la consulta
    Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM).
    Dirección General de Desarrollo Sostenible del MARM. X
    Delegación del Gobierno en Castilla La-Mancha.
    Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. X
    Dirección General del Agua de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. X
    Dirección General de Patrimonio y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. X
    Organismo Autónomo de Espacios Naturales de Castilla-La Mancha de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural.
    Diputación Provincial de Guadalajara.
    Ayuntamiento de Espinosa de Henares.
    ADENA
    SEO
    Greenpeace
    Ecologistas en Acción
    Asociación para el Estudio y la mejora de los salmónidos (AEMS-Ríos con vida)
    Plataforma Rural
    A continuación se resumen los aspectos ambientales más significativos de dichos informes

    Alternativas.–Debe realizarse un estudio de impacto ambiental que plantee un generoso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR