Resolución de 4 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Modificación del soterramiento de la línea de Vilanova (C-2), Barcelona.

MarginalBOE-A-2008-20873
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyResolución

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios de su anexo III.

El proyecto propuesta de modificación de soterramiento de la línea de Vilanova (C-2) se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el epígrafe 9, letra k del referido anexo II.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

  1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

    El objeto del proyecto es el soterramiento de la línea de cercanías de Vilanova (C-2) a su paso por el término municipal de L'Hospitalet de Llobregat, entre la Ronda Litoral y el límite con el término municipal de Barcelona.

    Se trata de una modificación del trazado definido y aprobado en los estudios informativos «Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa. Tramo Aeropuerto de Barcelona-L'Hospitalet-c/ Mallorca» en el subtramo La Torrassa-Sants y «Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa. Tramo Sant Joan Despí-La Torrassa», aprobados en diciembre de 2004 y cuyas declaraciones de impacto ambiental se formularon ambas por Resolución de 9 de diciembre de 2004.

    La solución aprobada para la línea de Vilanova (C-2) contempla un trazado en túnel excavado entre pantallas que comienza en la Ronda Litoral, tiene una estación subterránea a la altura de la actual en Bellvitge, continúa en variante en la zona de Tecla Sala, cruzándose con la línea de Vilafranca a distinto nivel y la ejecución de un futuro intercambiador en la Torrassa (líneas de cercanías C-2 y C-4, y líneas de metro L-1 y futura L-9).

    Los estudios y trabajos de campo durante el desarrollo del proyecto constructivo, así como los problemas habidos durante la ejecución de otras infraestructuras en la zona (línea de alta velocidad, línea 9 de metro), han llevado a reconsiderar el método constructivo y a la modificación parcial del trazado aprobado.

    La nueva solución propuesta plantea el uso de tuneladora en la mayor parte del trazado con los siguientes objetivos:

    Evitar problemas geotécnicos por la mala calidad de los terrenos atravesados.

    Evitar la afección e incluso posible demolición al complejo...

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