REAL DECRETO 1632/1993, de 17 de Septiembre, por el que se reconoce efectos civiles a los Estudios conducentes a la Obtencion de los Titulos de Diplomado en educacion social y En logopedia, de la Facultad de Ciencias humanas y Sociales de la Universidad pontificia de Salamanca.

MarginalBOE-A-1993-25975
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyReal Decreto

Vista la solicitud de la Universidad Pontificia de Salamanca, de reconocimiento a efectos civiles de los estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Diplomado en Educación Social y en Logopedia de la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales (antes de Filosofía y Letras) de dicha Universidad, al amparo de lo previsto en el Convenio de 5 de abril de 1962, sobre reconocimiento de efectos civiles de los estudios de ciencias no eclesiásticas realizados en España en Universidades de la Iglesia y en el Acuerdo sobre enseñanzas y asuntos culturales de 3 de enero de 1979, ambos suscritos entre la Santa Sede y el Estado español. Teniendo en cuenta los citados convenios; lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención expedición y homologación de títulos universitarios, y en los Reales Decretos 1420/1991 y 1419/1991, de 30 de agosto, por los que se estalecen los títulos universitarios oficiales de Diplomado en Educación Social y en Logopedia, respectivamente, así como los informes que sobre los planes de estudios de las indicadas enseñanzas ha emitido el Consejo de Universidades, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de septiembre de 1993,

D I S P O N G O :

Artículo 1
  1. Se reconoce efectos civiles, conforme al régimen del artículo 6 del convenio entre la Santa Sede y el Estado español, de 5 de abril de 1962, a los estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Diplomado en Educación Social y en Logopedia, de la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales de la Universidad Pontificia de Salamanca, cuyos planes de estudios se contienen en los anexos.

  2. Dichos efectos civiles son los que para los títulos universitarios oficiales se establecen en el artículo 1.1, del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.

  3. Las futuras modificaciones de los indicados planes de estudios serán aprobadas por el Ministerio de Educación y Ciencia, previo informe del Consejo de Universidades, conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2

Los títulos a que se refiere el artículo anterior, se expedirán por el Rector de la Universidad Pontificia de Salamanca, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda, apartado 3, del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo.

Disposición final única

Se autoriza al Ministro de Educación y Ciencia para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 17 de septiembre de 1993.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

GUSTAVO SUAREZ PERTIERRA

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