ORDEN de 28 de julio de 2000 por la que se convocan becas para ciudadanos extranjeros para la realización durante el último trimestre de 2000 de estancias en determinadas unidades técnicas del Instituto Nacional de Meteorología de España.

MarginalBOE-A-2000-15116
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN de 28 de julio de 2000 por la que se convocan becas para ciudadanos extranjeros para la realización durante el último trimestre de 2000 de estancias en determinadas unidades técnicas del Instituto Nacional de Meteorología de España.

A propuesta de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, en virtud de sus competencias señaladas en el artículo 7 del Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, y existiendo dotación presupuestaria para ello en la aplicación 23.03.551B.480,

Este Ministerio, de acuerdo con lo señalado en el artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y con el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, resuelve:

Primero.--Convocar hasta un máximo de dieciséis becas de estudio a favor de ciudadanos extranjeros, conforme a las condiciones que se recogen en el anexo de la presente Orden.

Las becas objeto de esta convocatoria se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, y las estancias o pasantías concedidas deberán realizarse durante el último trimestre de 2000.

El Instituto Nacional de Meteorología facilitará al Departamento de Enseñanza y Formación Profesional de la Organización Meteorológica Mundial, con sede en Ginebra (Suiza), información oportuna sobre la convocatoria, con objeto de que pueda ser difundida a los Servicios Meteorológicos Nacionales de los países beneficiarios.

Segundo.--El titular del Departamento concederá, en el ámbito de esta convocatoria, las becas solicitadas y dictará, en su caso, cuantas normas e instrucciones sean precisas para la interpretación, desarrollo y ejecución de esta convocatoria.

La Orden del titular del Departamento concediendo las becas pone fin a la vía administrativa.

Madrid, 28 de julio de 2000.

MATAS I PALOU ANEXO

Bases

  1. Objeto y finalidad de las becas

    1.1 El Instituto Nacional de Meteorología podrá otorgar becas de corta duración para la realización de estancias o pasantías en determinadas unidades técnicas del Instituto Nacional de Meteorología, tanto de sus Servicios Centrales como Periféricos, en períodos de dos meses, para ciudadanos de las nacionalidades que se determinan en la base 2 de este anexo.

    1.2 La finalidad de estas becas es la realización de estudios y actividades en las siguientes Unidades del Instituto Nacional de Meteorología:

    1. Servicios Centrales (Madrid):

      Área de Predicción y Aplicaciones.

      Área de Modelización.

      Área de Atención a Usuarios.

      Área de Redes y Sistemas de Observación.

      Servicio de Desarrollos Climatológicos.

    2. Servicios Periféricos:

      Centro Meteorológico Territorial en Valencia (Valencia).

      Centro Meteorológico Territorial en Illes Balears (Palma de Mallorca).

      Centro Meteorológico Territorial en Aragón, La Rioja y Navarra (Zaragoza).

      Centro Meteorológico Territorial en Andalucía Occidental y Ceuta (Sevilla).

      El objetivo último de las estancias radica en permitir al becario una profundización en el conocimiento de las técnicas meteorológicas avanzadas que se utilizan en nuestro país con objeto de que la aplicación de las mismas sirva para mejorar las actividades de los Servicios Meteorológicos de los países de origen de los becarios.

      1.3 La dotación de cada beca será de 107.500 pesetas en concepto de bolsa...

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