RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2000, de la Subsecretaría, por la que se fija la aportación económica obligatoria para la realización por la Interprofesional Citrícola Española, Intercitrus, de campañas de promoción de naranjas y de mandarinas, clementinas y satsumas frescas en la campaña de comercialización 2000/2001.

MarginalBOE-A-2000-17273
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2000, de la Subsecretaría, por la que se fija la aportación económica obligatoria para la realización por la Interprofesional Citrícola Española, Intercitrus, de campañas de promoción de naranjas y de mandarinas, clementinas y satsumas frescas en la campaña de comercialización 2000/2001.

Mediante Orden de 29 de septiembre de 1999, publicada en el 'Boletín Oficial del Estado' número 235, de 1 de octubre, se aprobó la extensión al conjunto del sector de la naranja y de la mandarina, clementina y satsuma en fresco, el acuerdo de la Interprofesional Citrícola Española, Intercitrus, para la realización de campañas promocionales de dichos productos en las campañas de comercialización 1999/2000, 2000/2001 y 2001/2002, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 22 del Reglamento (CE) 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la organización común de mercados, en el sector de las frutas y hortalizas, así como en los artículos 8 y 9 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.

El artículo 3 de la mencionada Orden dispuso que con anterioridad al inicio de cada una de las campañas de comercialización se publicase en el 'Boletín Oficial del Estado' la Resolución de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación por la que se fijará, a propuesta de la Interprofesional Citrícola Española, Intercitrus, la aportación económica correspondiente.

Por otra parte, el Real Decreto 1282/2000, de 30 de junio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, atribuye a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación las competencias en materia de alimentación que anteriormente estaban residenciadas en la Secretaría General de Agricultura y Alimentación.

Por todo lo cual, y previa propuesta de la Interprofesional Citrícola Española, Intercitrus, resuelvo:

Primero.--Para la campaña de comercialización 2000/2001, se establece...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR