Circular 3/2012, de 28 de marzo, del Banco de España, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

MarginalBOE-A-2012-4804
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorBanco de España
Rango de LeyCircular

Las descripciones de los ficheros automatizados con datos de carácter personal existentes en el Banco de España están recogidas en las circulares 2/2005, de 25 de febrero; 4/2005, de 23 de diciembre; 4/2008, de 31 de octubre, y 1/2011, de 26 de enero, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y en el título V del Reglamento de la mencionada Ley Orgánica 15/1999, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, sobre creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas.

El cambio de normativa relativa a un fichero, así como cambios en la estructura organizativa del Banco de España y en los procesos de gestión, hacen necesaria la creación de cuatro ficheros, la modificación de seis ficheros más y, por último, la supresión de dos ficheros.

Las modificaciones y supresiones de ficheros con datos de carácter personal recogidas en la presente Circular afectan a ficheros creados o modificados por las circulares 2/2005, de 25 de febrero; 4/2008, de 31 de octubre, y 1/2011, de 26 de enero.

Las descripciones de todos los ficheros que se crean o modifican, figuran en el anejo de esta Circular. Para aquellos ficheros que se modifican, dicha descripción sustituye a la descripción correspondiente incluida en la circular de creación o última modificación del fichero, según lo que sea aplicable para cada fichero.

Por todo cuanto se expone, el Banco de España, en uso de las facultades que le confiere la Ley 13/1994, de 1 de junio, de autonomía del Banco de España, de acuerdo con el procedimiento en ella previsto, ha dispuesto las siguientes normas:

Norma primera.

Se modifica el fichero «Administración de personal» en los apartados «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Estructura básica del fichero y tipos de datos» y «Medidas de seguridad». Dicho fichero contiene datos de salud y afiliación sindical, en el formato y con la exclusiva finalidad indicados en el artículo 81 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Norma segunda.

Se modifican los ficheros «Asuntos sindicales y beneficios sociales» y «Declaraciones del código de conducta del Banco de España» en el apartado «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo».

Norma tercera.

Se crean los ficheros «Gestión integrada del Departamento Jurídico» y «Uso de pantallas de visualización de datos», cuyas descripciones, que figuran en el anejo de esta Circular, se incorporan al anejo II, «Ficheros de carácter interno u operativo», de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, «Ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España».

Norma cuarta.

Se suprime el fichero «Prevención de riesgos laborales». Los datos de dicho fichero han sido incorporados al fichero «Uso de pantallas de visualización de datos», creado por la presente Circular.

Norma quinta.

Se modifica el fichero «Registro de entrada y salida de documentos» en los apartados «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Origen de los datos» y «Estructura básica del fichero y tipos de datos».

Norma sexta.

Se modifica el fichero «Servicios médicos de empresa» en los apartados «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Origen de los datos», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos», «Sistema de tratamiento» y «Cesiones de datos de carácter personal».

Norma séptima.

Se crean los ficheros «Miembros de colegios de supervisores» e «Infraestructura de clave pública - Sistema Europeo de Bancos Centrales», cuyas descripciones, que figuran en el anejo de esta Circular, se incorporan al anejo I, «Ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas encomendadas al mismo por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable», de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, «Ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España».

Norma octava.

Se modifica el fichero «Determinadas operaciones de efectivo» cambiando su denominación, que pasa a ser «Operaciones de efectivo», y en los apartados «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo» y «Cesiones de datos de carácter personal».

Norma novena.

Se suprime el fichero «Cambios de moneda extranjera». Los datos de dicho fichero han sido incorporados al fichero «Operaciones de efectivo», modificado por la presente Circular.

Norma final.

La presente Circular entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 28 de marzo de 2012.–El Gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.

ANEJO

Fichero: Administración de personal

Responsable del fichero:

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

División de Administración y Prevención de Riesgos Laborales.

Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

División de Administración y Prevención de Riesgos Laborales.

C/ Alcalá, 48.

28014 Madrid.

Tipo de fichero:

De carácter interno u operativo.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Administración de personal; altas y bajas de empleados; pagos a empleados en activo, prejubilados y pensionistas; Seguridad Social, y gestión de seguros.

Tipo de finalidad y usos previstos del fichero:

– Recursos humanos.

– Gestión de nómina.

– Otras finalidades: gestión de presencia y liquidación de gastos por comisión de servicio.

Origen de los datos:

– El propio interesado o su representante legal.

– Administraciones Públicas.

Colectivos o categorías de interesados:

– Empleados.

– Beneficiarios.

– Otros colectivos: colaboradores del Banco de España.

Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él:

– Datos especialmente protegidos:

• Afiliación sindical.

• Salud.

– Relativos a la comisión de infracciones:

No incluye datos de este tipo.

– Datos de carácter identificativo:

• NIF/DNI.

• Número SS/Mutualidad.

• Número registro de personal.

• Nombre y apellidos.

• Dirección.

• Teléfono.

• Imagen/Voz.

• Firma electrónica.

• Tarjeta sanitaria.

• Otros datos identificativos: dirección de correo electrónico, lugar y fecha de nacimiento, edad, nacionalidad.

– Otros datos tipificados:

• Circunstancias personales.

• Circunstancias sociales.

• Académicos y profesionales.

• Detalles del empleo.

• Económicos, financieros y de seguros.

Sistema de tratamiento:

Mixto.

Medidas de seguridad:

Nivel medio.

Cesiones de datos de carácter personal:

– Organismos de la Seguridad Social.

– Hacienda Pública y Administración Tributaria.

– Órganos judiciales.

– Otros órganos de la Administración del Estado.

– Sindicatos y juntas de personal.

– Clubes deportivos y federaciones.

– Asociaciones y organizaciones sin ánimo de lucro.

– Entidades de crédito.

– Entidades aseguradoras.

– Otros: mutualidad de previsión social, fondos de pensiones, mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Transferencias de datos de carácter personal a países terceros:

No hay previstas transferencias de datos.

Fichero: Asuntos sindicales y beneficios sociales

Responsable del fichero.

Banco de España.

Responsable de protección de datos del fichero:

División de Relaciones Laborales y Atención al Empleado.

Derechos de acceso, rectificación...

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