Circular 4/2008, de 31 de octubre, del Banco de España, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Fecha de Entrada en Vigor21 de Noviembre de 2008
MarginalBOE-A-2008-18886
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorBanco de España
Rango de LeyCircular

Las descripciones de los ficheros automatizados con datos de carácter personal existentes en el Banco de España están recogidas en las Circulares 2/2005, de 25 de febrero, 4/2005, de 23 de diciembre, y 3/2007, de 27 de julio; con las que se satisface lo que el artículo 20, apartado 1, de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece sobre creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas.

Los cambios en el proceso de difusión de la información implican la modificación del apartado «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», correspondiente al fichero «Servicio de Reclamaciones».

Las modificaciones en los sistemas de tratamiento relativos a los ficheros «Certificados electrónicos», «Gestión de la Biblioteca del Banco de España» y «Prevención de Riesgos Laborales» hacen necesaria la actualización del apartado «Estructura básica del fichero y tipos de datos incluidos en él» correspondiente a dichos ficheros.

La adecuación a la legislación vigente, así como los cambios habidos en los destinatarios de las cesiones y transferencias internacionales de datos, obliga a la modificación de los apartados «Estructura básica del fichero y tipos de datos incluidos en él», «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros», correspondientes a la descripción del fichero «Selección y Formación de personal».

Los cambios habidos en los cesionarios para los ficheros «Devolución de retenciones sobre intereses» y «Gestión de Personal» implican la actualización del apartado «Cesiones de datos de carácter personal» correspondiente a dichos ficheros.

Los cambios en la estructura organizativa del Banco de España y en la consiguiente asignación de responsabilidades afectan al «Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición» para los ficheros «Expedientes sancionadores», «Consultas del archivo», «Servicios Médicos de Empresa» y «Balanza de Pagos y transacciones económicas con el exterior», por lo que debe modificarse dicho apartado en la descripción de estos ficheros.

Asimismo, la modificación de la legislación correspondiente al fichero «Expedientes sancionadores» hace necesaria la actualización del apartado «Normativa de referencia» de la descripción de dicho fichero.

La adecuación a la normativa del fichero «Balanza de Pagos y transacciones económicas con el exterior» implica la modificación del apartado «Sistema de tratamiento», para recoger su carácter mixto, en la descripción de dicho fichero.

El desarrollo de un nuevo sistema de información para la actividad de Supervisión implica la creación de un fichero denominado «Gestión de la Actividad Supervisora», y la extensión de funciones de otro sistema para dicha actividad implica la creación de otro fichero, denominado «Sociedades Mercantiles: accionistas, demandantes y afectados». Ambos ficheros se incluyen en el anejo I, pues son gestionados por el Banco de España en atención de las funciones públicas encomendadas al mismo por la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España.

La creación del Servicio Centralizado de Contratación hace necesaria la creación de un fichero denominado «Expedientes del Servicio Centralizado de Contratación», que será incluido en el anejo II, dado que se trata de un fichero gestionado con el único fin de atender su propio funcionamiento interno u operativo.

El fichero «Suscriptores del Servicio de Publicaciones», incluido en el anejo II de la Circular 2/2005, ha dejado de ser utilizado y sus datos han sido cancelados; por tanto, es necesaria la supresión de dicho fichero.

El Reglamento de desarrollo de la mencionada Ley Orgánica 15/1999, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, detalla la forma y contenido de este tipo de disposiciones en sus artículos 52, 53 y 54, lo que implica modificaciones de formato en el apartado «Estructura básica del fichero y tipos de datos incluidos en él» y la inclusión del apartado «Sistema de tratamiento» en las descripciones de los ficheros que se modifican por la presente Circular.

Por todo cuanto se expone, el Banco de España, en uso de las facultades que le confiere la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, de acuerdo con el procedimiento en ella previsto, ha dispuesto las siguientes normas:

Norma primera:

Se crean los ficheros «Gestión de la Actividad Supervisora» y «Sociedades Mercantiles: accionistas, demandantes y afectados», cuyas descripciones, que figuran en el anejo de esta Circular, se incorporan al anejo I «Ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas encomendadas al mismo por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable», de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, Ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma segunda:

Se crea el fichero «Expedientes del Servicio Centralizado de Contratación», cuya descripción, que figura en el anejo de esta Circular, se incorpora al anejo II «Ficheros de carácter interno u operativo» de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, Ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma tercera:

Se modifica el fichero «Servicio de Reclamaciones» en su apartado «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo». La descripción que figura en el anejo de esta Circular sustituye a la del fichero de igual nombre del anejo I de la citada Circular 2/2005.

Norma cuarta:

Se modifican los ficheros «Certificados electrónicos», «Gestión de la Biblioteca del Banco de España» y «Prevención de Riesgos Laborales», en el contenido del apartado «Estructura básica del fichero y tipos de datos incluidos en él». Las descripciones que figuran en el anejo de esta Circular sustituyen a las de los ficheros de igual nombre del anejo II «Ficheros de carácter interno u operativo» de la citada Circular 2/2005.

Norma quinta:

Se modifica el fichero «Selección y Formación de personal», en los apartados «Estructura básica del fichero y tipos de datos incluidos en él», «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros». La descripción que figura en el anejo de esta Circular sustituye a la del fichero de igual nombre del anejo II «Ficheros de carácter interno u operativo» de la citada Circular 2/2005.

Norma sexta:

Se modifica el fichero «Devolución de retenciones sobre intereses» en su apartado «Cesiones de datos de carácter personal». La descripción que figura en el anejo de esta Circular sustituye a la del fichero de igual nombre del anejo I de la citada Circular 2/2005.

Norma séptima:

Se modifica el fichero «Gestión de Personal» en su apartado «Cesiones de datos de carácter personal». La descripción que figura en el anejo de esta Circular sustituye a la del fichero de igual nombre del anejo II de la citada Circular 2/2005.

Norma octava:

Se modifica el fichero «Expedientes sancionadores» en sus apartados «Normativa de referencia» y «Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición». La descripción que figura en el anejo de esta Circular sustituye a la del fichero de igual nombre del anejo I de la citada Circular 2/2005.

Norma novena:

Se modifican los ficheros «Consultas del archivo» y «Servicios Médicos de Empresa», en su apartado «Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición». Las descripciones que figuran en el anejo de esta Circular sustituyen a los ficheros de igual nombre del anejo II «Ficheros de carácter interno u operativo» de la citada Circular 2/2005.

Norma décima:

Se modifica el fichero «Balanza de Pagos y transacciones económicas con el exterior» en sus apartados «Servicio o unidad ante el que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición» y «Sistema de tratamiento». La descripción que figura en el anejo de esta Circular sustituye a la del fichero de igual nombre del anejo I de la citada Circular 2/2005.

Norma undécima:

Se modifica el formato del apartado «Estructura básica del fichero y tipos de datos incluidos en él» y se incluye el apartado «Sistema de tratamiento» para todos los ficheros cuya modificación se dispone en la presente Circular.

Norma duodécima:

Se suprime el fichero «Suscriptores del Servicio de Publicaciones», incluido en el anejo II de la citada Circular 2/2005. Los datos del fichero han sido cancelados, mediante la destrucción de los soportes físicos en los que estaban registrados.

Norma final:

La presente Circular entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de octubre de 2008.-El Gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.

ANEJO

Fichero

Gestión de la actividad supervisora

Normativa de referencia:

Artículo 43 bis.1 bis de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, según la redacción dada por la Ley 36/2007, de 16 de noviembre.

Finalidad del fichero y usos previstos del mismo:

Dar soporte a los procesos de inspección, seguimiento de entidades y autorizaciones que, en relación con las entidades bajo la supervisión del Banco de España, realiza la Dirección General de Supervisión del citado organismo.

Personas físicas afectadas:

Cargos de administración y dirección, accionistas y clientes de las entidades bajo supervisión del Banco de España.

Procedencia y procedimiento de recogida de los datos de carácter personal:

Los datos son proporcionados, en soporte electrónico...

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