Circular 7/2015, de 25 de noviembre, del Banco de España, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Diciembre de 2015
MarginalBOE-A-2015-13429
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyCircular

Las descripciones de los ficheros automatizados con datos de carácter personal actualmente existentes en el Banco de España están recogidas en siete circulares: Circular 2/2005, de 25 de febrero; Circular 4/2005, de 23 de diciembre; Circular 4/2008, de 31 de octubre; Circular 1/2011, de 26 de enero; Circular 3/2012, de 28 de marzo; Circular 2/2013, de 27 de junio, y Circular 4/2014, de 30 de julio. Dichas disposiciones dan cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y en el título V del Reglamento de la mencionada Ley Orgánica 15/1999, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, sobre creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas.

Los cambios en la estructura organizativa del Banco, en la normativa de referencia, en algunos procesos de gestión, en los datos recogidos para su tratamiento y en los sistemas de información correspondientes hacen necesarias la creación de un nuevo fichero y la modificación de trece.

Las modificaciones de ficheros con datos de carácter personal recogidas en la presente circular afectan a ficheros creados o modificados por las circulares 1/2011, de 26 de enero; 3/2012, de 28 de marzo, y 4/2014, de 30 de julio.

Las descripciones de los trece ficheros que se modifican y del fichero creado figuran en el anejo de esta circular. Dichas descripciones sustituyen a las incluidas en la circular de creación o última modificación del fichero, según lo que sea aplicable para cada fichero.

Con independencia de los potenciales cesionarios que figuran en los apartados «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros» de las descripciones de los ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades de crédito, los datos, documentos e informaciones que obren en poder del Banco de España en virtud del ejercicio de la función supervisora o cuantas otras funciones le encomiendan las leyes se utilizarán por este exclusivamente en el ejercicio de dichas funciones y tendrán carácter reservado, pudiendo, no obstante, ser cedidos a las autoridades, organismos o colectivos enumerados en el apartado 3 del citado precepto, y, aun así, únicamente en los supuestos que establece.

Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 61 de la citada ley, el Banco de España podrá o deberá, según los casos, comunicar a las autoridades de otros países que tengan encomendadas funciones semejantes a la supervisión de las entidades de crédito informaciones relativas a la dirección, gestión y propiedad de estas entidades, así como las que puedan facilitar el control de la solvencia y la liquidez de aquellas, los factores que puedan influir en el riesgo sistémico planteado por la entidad, y cualquier otra que pueda facilitar su supervisión o sirva para evitar, perseguir o sancionar conductas irregulares.

Por todo cuanto se expone, el Banco de España, en uso de las facultades que le confiere la Ley 13/1994, de 1 de junio, de Autonomía del Banco de España, de acuerdo con el procedimiento en ella previsto, ha dispuesto las siguientes normas:

Norma primera.

Se modifica el fichero «Asuntos sindicales y beneficios sociales» en el apartado «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo» y se incluye un nuevo apartado relativo al «Procedimiento de recogida de los datos». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 3/2012, de 28 de marzo, de actualización de la Circular 1/2011, de 26 de enero, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma segunda.

Se crea el fichero «Central de Balances. Directorio de grupos de sociedades no financieras», cuya descripción figura en el anejo de esta circular, y se incluye entre los ficheros gestionados por el Banco de España en virtud de las funciones públicas a él encomendadas por la Ley 13/1994, de 1 de junio, y demás legislación aplicable.

Norma tercera.

Se modifica el fichero «Consultas del archivo» en el apartado «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición» y se incluye un nuevo apartado relativo al «Procedimiento de recogida de los datos». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 1/2011, de 26 de enero, de actualización de la Circular 4/2008, de 31 de octubre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma cuarta.

Se modifica el fichero «Entidad Gestora del Mercado de Deuda Pública Anotada» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero» y «Medidas de seguridad», y se incluyen dos nuevos apartados relativos al «Procedimiento de recogida de los datos» y a la «Normativa de referencia». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2014, de 30 de julio, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma quinta.

Se modifica el fichero «Expedientes de la Central de Información de Riesgos» en los apartados «Tipo de finalidad y usos previstos del fichero» y «Normativa de referencia», y se incluye un nuevo apartado relativo al «Procedimiento de recogida de los datos». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2014, de 30 de julio, de actualización de la Circular 4/2005, de 23 de diciembre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma sexta.

Se modifica el fichero «Expedientes sancionadores» en los apartados «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros», y se incluye un nuevo apartado relativo al «Procedimiento de recogida de los datos». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2014, de 30 de julio, de actualización de la Circular 2/2013, de 27 de junio, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal.

Norma séptima.

Se modifica el fichero «Gestión de la actividad supervisora» en los apartados «Normativa de referencia» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros», y se incluye un nuevo apartado relativo al «Procedimiento de recogida de los datos». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2014, de 30 de julio, de actualización de la Circular 4/2008, de 31 de octubre, de actualización de la Circular 2/2005, de 25 de febrero, sobre ficheros automatizados con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma octava.

Se modifica el fichero «Operaciones de efectivo» en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Normativa de referencia», «Medidas de seguridad» y «Cesiones de datos de carácter personal», y se incluye un nuevo apartado relativo al «Procedimiento de recogida de los datos». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero de igual nombre que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2014, de 30 de julio, de actualización de la Circular 3/2012, de 28 de marzo, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma novena.

Se modifica el fichero «Registro de agentes de entidades de crédito, de entidades de dinero electrónico y de entidades de pago» cambiando su denominación, que pasa a ser «Reg agentes, promotores y comercializadores ent crédito, dinero electrónico y pago», y en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Normativa de referencia», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Colectivos o categorías de interesados», «Estructura básica del fichero y tipos de datos de carácter personal incluidos en él», «Cesiones de datos de carácter personal» y «Transferencias de datos de carácter personal a países terceros», y se incluye un nuevo apartado relativo al «Procedimiento de recogida de los datos». La descripción que figura en el anejo de esta circular sustituye a la del fichero denominado «Registro de agentes de entidades de crédito, de entidades de dinero electrónico y de entidades de pago», que consta en el anejo de la Circular del Banco de España 4/2014, de 30 de julio, de actualización de la Circular 2/2013, de 27 de junio, sobre creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Banco de España.

Norma décima.

Se modifica el fichero «Registro de profesionales vinculados a las sociedades de tasación supervisadas por el Banco de España» cambiando su denominación, que pasa a ser «Registro de profesionales vinculados a las sociedades de tasación», y en los apartados «Responsable de protección de datos del fichero», «Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición», «Normativa de referencia», «Colectivos o categorías de interesados», «Finalidad del fichero y usos previstos del mismo», «Estructura...

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