RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 1999, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se da publicidad al Convenio entre el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y el Instituto de Crédito Oficial, para el establecimiento de una línea de financiación para la exhibición cinematográfica y se convocan las ayudas para la minoración de intereses de los préstamos concedidos al amparo de dicho Convenio.

MarginalBOE-A-2000-624
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Cultura
Rango de LeyResolución

El 15 de diciembre de 1999 se suscribió el Convenio de colaboración

entre el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y

el Instituto de Crédito Oficial para el establecimiento de una línea de

financiación de proyectos de exhibición cinematográfica.

En cumplimiento del principio de publicidad establecido en el

artículo 81

del texto refundido de la Ley General Presupuestaria,

Esta Dirección General ha tenido a bien disponer:

Primero.-Dar publicidad al Convenio mediante su publicación en el

"Boletín Oficial del Estado", cuyo texto íntegro figura como anexo de la

presente Resolución.

Segundo.-Convocar para el año 2000 las ayudas para la minoración

de intereses de los préstamos concedidos al amparo de dicho Convenio,

a que hacen referencia las cláusulas IV y VII del mismo.

Para dichas ayudas se reserva la cantidad de 50.000.000 de pesetas

que se imputarán al crédito disponible en la aplicación 18.108.771 del

programa 456C del presupuesto de gastos del organismo para dicho año.

Tercero.-Podrán solicitar las ayudas y los préstamos acogidos al

Convenio las empresas privadas titulares de salas de exhibición

cinematográfica de cualquier lugar de España, inscritas en el Registro de Empresas

del ICAA con datos actualizados.

Cuarto.-La presentación de las solicitudes se realizará en cualesquiera

de las entidades financieras colaboradoras en los modelos que figuran

como anexos I, II y III, acompañadas de la documentación que figura en

la cláusula VIII del Convenio.

El plazo para la presentación de solicitudes de préstamos acogidos

al Convenio y de la ayuda financiera del ICAA se iniciará a partir de

la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado"

y finalizará el 30 de septiembre del año 2000.

En las solicitudes deberá figurar el sello oficial de presentación, con

indicación de la fecha.

Quinto.-El órgano competente para la instrucción del procedimiento

será la Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica

y Audiovisual del Instituto de la Cinematografía y de las Artes

Audiovisuales.

El procedimiento para la concesión de los préstamos y ayudas

solicitados al amparo del Convenio, será el establecido en las cláusulas IX

y siguientes del mismo.

Sexto.-Los beneficiarios de las ayudas vendrán obligados a facilitar

cuanta información sea requerida por el Tribunal de Cuentas, así como

por la Intervención General de la Administración del Estado. Asimismo,

quedarán obligados a justificar ante el ICAA el coste de la inversión

realizada mediante facturas y documentos de caja, en el plazo de seis meses,

desde la fecha de certificación de finalización de la obra, quedando

supeditado a las actuaciones de comprobación que el ICAA estime convenientes.

Séptimo.-Las ayudas a que se refiere la presente convocatoria, además

de lo previsto en la misma, se regirán por lo establecido por los

artículos 81 y 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria en la

redacción dada por la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, y por el Real

Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento

del Procedimiento para la Concesión de Subvenciones Públicas.

Octavo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 16 de diciembre de 1999.-El Director general, José María Otero

Timón.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Instituto de la Cinematografía y de

las Artes Audiovisuales y el Instituto de Crédito Oficial para la

instrumentación de una línea de financiación de proyectos de exhibición

cinematográfica

En Madrid, a 15 de diciembre de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Mariano Rajoy Brey, Ministro

de Educación y Cultura, nombrado por Real Decreto 76/1999 de 18 de

enero, actuando en nombre y representación, en calidad de Presidente,

del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (en adelante

ICAA), en virtud del Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, con domicilio

en Madrid, plaza del Rey, sin número, y código de identificación fiscal

número Q-2828017-J.

De otra parte, el excelentísimo señor don José Gasset Loring, Presidente

del Instituto de Crédito Oficial (en adelante, ICO), en virtud de su

nombramiento por Real Decreto 1654/1999, de 22 de octubre, actuando en

nombre y representación del citado Instituto, con domicilio en Madrid,

paseo del Prado, número 4, y código de identificación fiscal

número Q-2876002-C.

EXPONEN

Primero.-Que el Instituto de la Cinematografía y de las Artes

Audiovisuales (ICAA), es un Organismo Autónomo de los comprendidos en el

artículo 45

de la Ley 6/1997, de 14 de abril, sobre Organización y.

Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio

de Educación y Cultura a través de la Secretaría de Estado de Cultura,

teniendo entre sus funciones el fomento, promoción y ordenación de las

actividades cinematográficas y audiovisuales españolas en sus tres

aspectos de producción, distribución y exhibición.

Segundo.-Que el Instituto de Crédito Oficial (ICO), es una Entidad

Pública Empresarial de las previstas en el artículo 43.1.b) de la Ley 6/1997,

de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda a través

de la Secretaría de Estado de Economía, que tiene naturaleza jurídica

de entidad de crédito, y la consideración de Agencia Financiera del Estado,

estando dentro de sus funciones, la financiación de inversiones

productivas, mediante la concesión de préstamos destinados a la ejecución de

proyectos...

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