Orden de 11 de Abril de 1996 por la Que Se Convoca Concurso Para la Concesion de Ciento Veintiun Meses/Becas En la Academia Española de Historia, Arqueologia y Bellas Artes En Roma.

MarginalBOE-A-1996-9674
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del vigente Reglamento de la Academia Española de Historia, Arqueología y Bellas Artes en Roma, aprobado por el Real Decreto 1921/1984, de 10 de octubre, y modificado por Real Decreto 1155/1986, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado» números 263, de 2 de noviembre de 1984, y 146, de 19 de junio de 1986, respectivamente); oído el Patronato de dicha Academia y a propuesta del Director general de Relaciones Culturales y Científicas, he tenido a bien convocar un concurso para la concesión de ciento veintiún meses/becas en dicha Academia, con arreglo a las bases que se detallan a continuación:

  1. Objeto de las becas

    Las becas reguladas en la presente Orden tienen como objeto la concesión de ayudas económicas a artistas, creadores e investigadores españoles en el campo de las artes para su estancia en la Academia Española de Historia, Arqueología y Bellas Artes en Roma.

  2. Especialidad de las becas

    1. Financiadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores (noventa meses/becas) para las siguientes especialidades:

      Pintura.

      Escultura.

      Grabado.

      Arquitectura.

      Música.

      Musicología.

      Artes Escénicas.

      Literatura (beca Valle Inclán).

      Cine.

      Teoría e Historia de las Artes.

      Estética.

    2. Financiadas por el Ministerio de Cultura (treinta y un mes/becas) para las siguientes especialidades:

      Restauración del Patrimonio Arquitectónico.

      Restauración de Bienes Muebles.

      Arqueología.

      Documentación e Investigación del Patrimonio Histórico.

      El número de meses/becas que se asignará a cada especialidad será decidido por la Junta del Patronato de la Academia y variará en función del proyecto presentado, de los méritos y la valía de los candidatos a las diferentes especialidades y de las indicaciones expresamente manifestadas por estos últimos.

  3. Plazo de solicitud

    Las becas convocadas se solicitarán durante los treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», indicándose claramente y en forma destacada en la instancia la especialidad a la que concurre, así como la duración del proyecto presentado.

  4. Dotación de las becas

    La dotación de las becas, con cargo al programa 134.B de los presupuestos de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de la Dirección General de Bellas Artes y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura, será de 100.000 pesetas al mes, más los gastos de desplazamiento del becario desde Madrid o lugar de residencia en España a Roma, así como los de regreso.

    El becario seleccionado residirá en la Academia, corriendo de su cuenta los gastos de manutención. Los becarios tendrán una póliza limitada de seguro de enfermedad y accidente a cargo de la institución mientras permanezcan en Italia.

  5. Período y condiciones de las becas

    Las estancias en la Academia tendrán lugar entre el 1 de octubre de 1996 y el 30 de junio de 1997, por trimestres naturales, es decir, del 1 de octubre al 31 de diciembre de 1996, del 1 de enero de 1997 al 31 de marzo de 1997 y del 1 de abril de 1997 al 30 de junio de 1997. Los becarios...

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