RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2000, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se modifica parcialmente la Resolución de 5 de diciembre de 1994, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora realizada por los miembros de las Escalas de Profesores de Investigación, Investigadores Científicos y Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, a efectos del componente excepcional del complemento de productividad.

Fecha de Entrada en Vigor31 de Diciembre de 2000
MarginalBOE-A-2000-24363
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

Teniendo en cuenta la equiparación retributiva que tradicionalmente ha existido entre el profesorado universitario y determinado personal investigador que presta servicios en el Consejo Superior de Investigaciones CientÃficas, el Ministerio de EconomÃa y Hacienda, mediante Resolución del Secretario de Estado de Hacienda, de 28 de diciembre de 1989, autorizó la aplicación a estos últimos de un sistema de incentivos análogo al establecido para los primeros en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, de Retribuciones del Profesorado Universitario.

Con este motivo, la Secretaria de Estado de Universidades a Investigación estableció el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora del personal indicado por Resoluciones de 6 de febrero de 1990 («BoletÃn Oficial del Estado» del 8), de 13 de diciembre de 1993 («BoletÃn Oficial del Estado» del 17) y, finalmente, de 5 de diciembre de 1994 («BoletÃn Oficial del Estado» del 8).

Posteriormente, las Resoluciones mencionadas han resultado afectadas por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de diciembre de 1998, por el que se regulan las retribuciones complementarias del personal citado, y por el reciente Real Decreto 1945/2000, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo Superior de Investigaciones CientÃficas, que mantiene el régimen de tramos de investigación, en concepto de productividad, según lo establecido en su normativa reguladora, es decir, en el Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, modificado por los Reales Decretos 1949/1995, de 1 de diciembre y 74/2000, de 21 de enero.

Es por ello, por la que la presente Resolución recoge, entre otras modificaciones, la ampliación de los periodos de evaluación a seis evaluaciones positivas, eliminando asà la limitación actual de cinco, y a la posibilidad de obtener el derecho a ser evaluado sin necesidad de esperar hasta que transcurra un periodo de dos años desde el acceso a cualquier plaza de la correspondiente Escala.

En su virtud, esta Secretaria de Estado, previo informe del Ministerio de Ciencia y TecnologÃa, ha resuelto:

Primero. Alcance de la modificación.-Se modifican los artÃculo s y la disposición adicional única relacionados a continuación, todos ellos de la Resolución de 5 de diciembre de 1994 («BoletÃn Oficial del Estado» del 8), por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora realizada por los miembros de las Escalas de Profesores de Investigación,

Investigadores CientÃficos y CientÃficos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones CientÃficas, a efectos del componente excepcional del complemento de...

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