ORDEN CTE/2015/2002, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico, a iniciar en el año 2003, en el marco de la Acción Recursos y Tecnologías Agrarias del Programa Nacional de Recursos y Tecnologías Agroalimentarias del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2000-2003.

MarginalBOE-A-2002-15977
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnologia
Rango de LeyOrden

ORDEN CTE/2015/2002, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de proyectos de investigación cientÃfica y desarrollo tecnológico, a iniciar en el año 2003, en el marco de la Acción Recursos y TecnologÃas Agrarias del Programa Nacional de Recursos y TecnologÃas Agroalimentarias del Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2000-2003.

El Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) para el periodo 2000-2003, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de noviembre de 1999, responde al concepto de Plan Nacional definido en el capÃtulo I de la Ley 13/1986, de Fomento y Coordinación General de la Investigación CientÃfica y Técnica, y supone la integración de las actuaciones de los diversos Departamentos minis teriales en una estrategia común.

El Plan Nacional prevé diversas modalidades de participación, entendidas como mecanismos para promover la participación de los agentes del Sistema español de Ciencia-TecnologÃa-Empresa y contribuir a la vertebración del mismo. En este contexto, se considera que los proyectos de investigación cientÃfica y desarrollo tecnológico son un mecanismo apropiado para la realización de actividades que impliquen el incremento de los conocimientos cientÃficos y tecnológicos de las áreas prioritarias incluidas en el Plan Nacional.

El Plan Nacional señala que las actuaciones de I+D correspondientes al Programa Sectorial de I+D Agrario y Alimentario del MAPA se gestionarán por el Instituto Nacional de Investigación y TecnologÃa Agraria y Alimentaria, en adelante INIA, de forma similar a una acción estratégica, bajo la denominación de 'Recursos y TecnologÃas Agrarias', en el marco del Programa Nacional de 'Recursos y TecnologÃas Agroalimentarias¿, compartiendo las mismas prioridades temáticas, entre las que la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CC.AA determinará, en cada convocatoria, las que considere de carácter preferente.

De acuerdo con el Plan Nacional de I+D+I, la situación socioeconómica de nuestro paÃs aconseja una orientación de las producciones primarias y de sus transformaciones para satisfacer las demandas de un mercado de consumidores con creciente poder adquisitivo y sensible al consumo de productos de excelente y bien diferenciada calidad.

Para dar respuesta a estas nuevas demandas es necesario fomentar aquellas actividades de I+D que generen las tecnologÃas precisas para mantener e incrementar la competitividad de los productos primarios y transformados, asà como el incremento de la renta de la producción agraria, mediante un uso sostenible de los recursos agrarios y de la industria agroalimentaria.

El ámbito cientÃfico-técnico cubierto por la acción 'Recursos y TecnologÃas Agrarias' tiene por objeto satisfacer las demandas y necesidades sociales de desarrollo de métodos sostenibles de producción, conservación y transformación de productos agroalimentarios, bajo un enfoque de desarrollo rural integrado, buscando no solo la competitividad y eficacia de las producciones sino también promoviendo la conservación y el uso racional y sostenible a largo plazo de los recursos.

Con esta convocatoria se pretende también promover y apoyar la realización de investigaciones coordinadas que movilicen esfuerzos y recursos para la resolución de problemas fundamentales para la agroindustria española y que a su vez rompan la tendencia a la fragmentación de grupos y a la dispersión de recursos.

Esta convocatoria de ayudas está coordinada con otras convocatorias del Plan Nacional y se dicta al amparo de la competencia estatal en materia de fomento y coordinación general de la investigación cientÃfica y técnica, prevista por el artÃculo 149.1.15 de la Constitución.

De conformidad con lo anterior, a propuesta del Director general del INIA y previo informe favorable de la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria, se hace pública la presente convocatoria de proyectos de investigación y desarrollo a iniciar en el año 2003.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.

El objeto de la presente Orden es regular las bases y hacer pública la convocatoria de concesión de ayudas financieras, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico en los Centros de investigación agraria y alimentaria dependientes de las Administraciones Autonómicas.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria los Centros de investigación agraria y alimentaria dependientes de las Administraciones Autonómicas.

Tercero. Tipos de proyectos.

  1. Las propuestas deberán adecuarse a las lÃneas que la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA ha señalado como preferentes para esta convocatoria dentro de las prioridades temáticas del Programa Nacional de Recursos y TecnologÃas Agroalimentarias y que se relacionan en el anexo I.

  2. Para estructurar su proyecto, los solicitantes deberán ajustarse a alguna de las siguientes modalidades:

    Modalidad 1: Proyectos de investigación básica orientada, relacionados con la generación de conocimientos propios de la Acción Recursos y TecnologÃas Agrarias. Los proyectos tendrán una duración máxima de tres años; en casos excepcionales, debidamente justificados, podrán tener una duración menor. En los proyectos podrán participar las empresas u otras entidades privadas, españolas o extranjeras, interesadas en los resultados de los mismos; dicha participación no supondrá ningún tipo de ayuda con cargo a esta convocatoria.

    Modalidad 2: Proyectos de investigación aplicada, cuya finalidad es promover el desarrollo y la aplicación de las tecnologÃas propias de la Acción Recursos y TecnologÃas Agrarias. Los proyectos tendrán una duración máxima de tres años. Se valorará como factor de mérito la participación en los proyectos de empresas u otras entidades privadas, españolas o extranjeras, interesadas en los resultados de los mismos, con aportación de recursos (humanos, económicos o materiales), lo que se justificará mediante el correspondiente acuerdo de colaboración. Dicha participación no supondrá ningún tipo de ayuda con cargo a esta convocatoria.

    En ambas modalidades se valorará positivamente la presentación de proyectos coordinados, constituidos por dos o más subproyectos a cargo de otros tantos grupos de investigación de la misma o de distintas entidades cuyo esquema de cooperación cientÃfica permita alcanzar objetivos que difÃcilmente podrÃan plantearse en un contexto más restringido; la valoración será negativa cuando se trate de una simple yuxtaposición de proyectos que pueden ser realizados independientemente por los grupos proponentes.

    Cuarto. CuantÃa de las ayudas.

  3. Las ayudas previstas en esta convocatoria podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado, y su cuantÃa se determinará en cada caso en función de los criterios de evaluación y selección. El montante global de la convocatoria queda supeditado a disponibilidades presupuestarias.

  4. El solicitante deberá declarar las ayudas que haya obtenido o solicitado para el mismo proyecto, tanto al iniciarse el expediente como en cualquier momento ulterior en que ello se produzca, y aceptará las eventuales minoraciones aplicables para el cumplimiento de lo anteriormente indicado.

  5. La financiación de las ayudas a que se refiere esta convocatoria se imputará, según la naturaleza de las ayudas y beneficiarios, a los conceptos presupuestarios 20.204.5421740 y 20.204.5421750, del presupuesto de gastos del INLA y, con respecto a futuros ejercicios presupuestarios se condiciona su concesión a la existencia de presupuesto en cada momento.

    Esta convocatoria se cofinanciará con Fondos FEDER. En zonas de Objetivo 1, serán cofinanciados todos los proyectos aprobados. En regiones de Objetivo 2 (Cataluña, Madrid, Aragón, Illes Balears, Navarra, La Rioja y PaÃs Vasco) se cofinanciarán aquellos proyectos que correspondan a zonas elegibles.

    Quinto. Conceptos susceptibles de ayuda.

  6. Las ayudas previstas en esta convocatoria se destinarán a cubrir los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto para el que se han concedido.

  7. Las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:

    Costes directos:

    1. Gastos debidos a la imputación de costes de personal, ajeno al vinculado estatutaria o contractualmente con los organismos participantes, y que podrán incorporarse al proyecto durante todo o parte del tiempo de duración previsto. Podrán referirse a doctores, titulados superiores, titulados medios y personal laboral de apoyo a la investigación. Dicho personal se incorporará bajo cualquier modalidad de contratación temporal acorde con la normativa laboral vigente y con la del organismo solicitante, y sin que ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporación al organismo. En todo caso, deberá remitirse a la Dirección General del INIA una copia de los contratos de trabajo correspondientes al personal investigador.

    2. Gastos de...

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