Corrección de errores del Real Decreto 2698/1980, de 4 de diciembre, por el que se reestructuran los capítulos 16 a 21, 23 y 24 de la sección IV (Productos de las industrias alimenticias y tabaco); capítulos 44 a 46 de la sección IX (Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas de espartería y cestería); capítulos 64 a 67 de la sección XII (Calzado; sombrerería; paraguas y quitasoles; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabellos); capítulos 84 y 85 de la sección XVI (Máquinas y aparatos; material eléctrico).

MarginalBOE-A-1981-4685
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Comercio
Rango de LeyCorrección

Advertidos erratas y errores en el anejo del Real Decreto 2698/1980, de 4 de diciembre, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 303, de 18 de diciembre de 1980, páginas 27897 y siguientes, se transcriben a continuación las oportunas correcciones, referidas a las partidas y subpartidas arancelarias afectadas:

Corrección de erratas:

Capítulo 16 donde, dice: «Preparados de carnes, pescados crustáceos y moluscos», debe decir: «Preparados de carnes, pescados, crustáceos y moluscos».

Partida 19.08.B.I.a), donde dice: «inferior al 70 por 100, 30,5», debe decir: «inferior al 70 por 100».

Capítulo 20 Notas complementarias:
  1. Primera línea del primer párrafo, donde dice: «Los productos de la partida 20.06 se considerarán con adición de azúcar cuando su», debe decir: «Los productos de la partida 20.06 se considerarán «con adición de azúcar» cuando su».

  2. Ultima línea, donde dice: «Porcentaje más el símbolo del grado alcohólico masico», debe decir: «% mas, el símbolo del grado alcohólico masico».

    Partida 20.06.A, donde dice: «Frutas de cáscara (incluidos los cacahuetes) tostadas, en inmediatos de un contenido neto», debe decir: «Frutas de cáscara (incluidos los cacahuetes) tostadas, en envases inmediatos de un contenido neto».

    Partida 20.06.B.II.a).3, donde dice: «mandarinas incluidas las tangerinas y satsumas, clementinas, wilkings y demás híbridos similares de agrios», debe decir: «mandarinas, incluidas las tangerinas y satsumas; clementinas, wilkings y demás híbridos similares de agrios».

    Partida 20.06.B.H.a).7.bb, donde dice: «las demás», debe decir: «los demás».

    Partida 20.06.B.H.al.8, donde dice: «otras mezclas», debe decir: «otras frutas».

    Partidas 20.07.B.II.a).4, 20.07.B.II.b).5 y 20.07.B.II.b).8.aa), donde dice: «(ananás)», debe decir: «(ananá)».

    Página 27908, columna de «Partida, donde dice: «27.07», debe decir: «21.07».

    Partida 21.07.G.II .1. No indica cifra en la columna de «Derechos...

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