Real Decreto 1473/1979, de 8 de junio, por el que se dispone cese como Vocal permanente de la Comisión Superior de Personal don Luis Morell Ocaña.

MarginalBOE-A-1979-14504
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorPresidencia del Gobierno
Rango de LeyReal Decreto
..
L
..
'
"'-""'--
13668
20
junio
1979 B.
O.
éiel
E.-NÚID.
147
tantes
de
la
Administración,
de
los
distintos
Sindicatos
y'
de
las
Organizaciones Empresariales
que
entienden' en, -las cuestiones
derivadas
de
la
cotización
de
las
remuneracione,:,
por
horas
ex-
traordinarias.
.
Por
otra
parte,
la
disposición
final
pri~era.
del
me~cionado
Real
Decreto
faculta
al
Ministerio
de
Samdad·
y
Segundad
So-
cial
para'
dictar
las
disposiciones
necesarias
para.
..
la
aplicación
..,
desarrollo
de
lo
en
ól establec:ido.
Las
diversas
consultas
formuladas
a
este
Ministerio
desd.6
la
fecha
de
publicación
del
Real
Decreto
han
puesto.
de
manI-
fiesto
1"
necesidad'
de aclarar, con
car~ter
general, las.
dudas
existentes
sobre
distintos
aspectos
derivados
de
la
cotización
adicional
que
establece
el
.citado arliClllo 4,°,
motivo
por
el
cual
sin
perjuicio
de
que,
una
vez
constituida
la
Comisión,
creada
por
el
aludido
artículo,
y'
11
la
vista
de
las
propuestas
que
fonnule,
se
dará
el
tratamiento
definitivo
que
resulte
pro-
cedente,
tanto a
la
cotización
adicional
sobre
remuneraciones
POi'
horas
extraordinarias,
como
s.
la
que
corresponda
por
las
percepciones
salariales
de
vencimiento
superior
al
men~ual.
En'
su
virtud,
a
propuesta
de
la
Dirección
General
de
Régimen
JUridico
de
la
Seguridad
Social,
este
Ministerio
ha
tenido
a
bien
disponer:
,
Artículo
1.
0
La
cotización
adicional'
del
14
por
100
sobre
la
remuneración
que
obtengan
los
trabajadore"
por
el
concepto
de
horas
extraordinarias,
establecida
en
el
artículo
4,"
del
Real
Decreto
82/1979,
de
19
de
enero,
por
el
que
se
dictan
normas
de
cotización
al
Régimen
General
de
la
Seguridad
Social,
se
efec.-
tuarA
de
acuerdo
con
10
dispuesto
en
la
presente
Orden.
Art. 2.0
La
citada'
cotización
adicional,
destinada
a
incre·
mentar
los
recursos
generales
de
la
Seguridad
Social,
se'-efec-
tuará
sobre
la'
total1dad
de
las
remuneraciones
que
se
abonen
en
concepto
de
horas-
extraordinarias.
aun
cuando
su
importe,
sumado
a
las'
demás
retribuciones
computables
a.
efectos
de
la·
base
de
cotización,
exceda
del
importe
que
como
base
máxima
le
pueda
corresponder
a
cada
trabajador,'
deacuer~o
con
el
¡rupo
en
que
se
encuentre
encuadrada
su
categoría
profesional.
Art.
3.°
Salvo
en
el
régimen
de
'accidentes
de
trabajo
y
en-
fermedades
profesionales,
las
remuneraciones
que
se'
obten~an
por
horas
extraordinarias
s!Jlamente
estarán
sujetas
al
14
por
100
de
cotización
adicional.
no,
c;omputándose
tales
cotizacio-
nes
'"
efectos
de
la
determinaci6»
de
la
base
reguladora
de
las
prestaciones.
Art
...•.O
La
cotización
por
las
percepciones
salariales
de
veow
cimiento
superior
al
mensual
se
efectuará
dividiendo
el
importe
anual
que
se
estime
ha
de
corresponder
por
tales
percepciones,
por
trescientos,
sesenta
y
cinco.'
y
se
tomarán
tantos
importes
del
cociente
as!
determinado
como
número
de'
dlas
comprenda
el
período
de
cotiza~ión
de
cada
Uno.
Art.
5.'"
En
los
modelos
de
cotización
C-l
yC-2
se
introdu-
cirán
las
modificaciones
necesarias
para
su
adaptación'
alo
dis-
puesto
e~
la
prestlnte
Orden,
'8
cUY,o
efecto
la
Tesorerf.a
Gene-
ral
de
la
Seguridad
Social
propondré
pata'
su
aprobaclón
a
la
Dirección
General
de
Régimen
Económico
de
la
Seguridad
So-
cial
los
oportunos
modelos.
DISPOSICION
FIN
AL
Se
faculta
a
la
Direcciones
Generales
de
Régimen
Jurídico
y
de,
Régimen
Económico
de
la
Seguridad
Social
para
resolver,
en
la
esfera
de
sus
respectivas,
competencias,
cuantas
cuestio-
nes
de
indole
general
puedan
suscitarse
en
la
apUcación
de
lo
-dispuesto
en
la
presente
Orden,
que
entrar~.
en
vigor
el
día
si-
guiente
al
de
su
publicación
en
el
.Boletih
Oficia:
del
Estado,..
DISPOSICION TRANSITORIA
Las
cotizaciones
por,
horas
extraordinarias
correspondientes
al
pasado
mes
-de
abril
podrán
ingresarse
hasta
el
30
de
junio
próximo
sin
recargo
de
mora.
Lo
que
digo
a
VV.'U.
para
su
conocimiento-
y
efectos.
Dios
guarde
aVV,
11.
.
Madrid,
16
de
junio.de
1979.
.....
ROVI'\A
TARAZONA
Ilmos,
Sres.
Subsecretario
del
Departamento
y
Directores
gene-
rales
de
Régimen
Jurídico
y,
de
Régimen
Económico
de
la
Seguridad
Social.
11.
Auj:oridades y
personal
.,
NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES EINCIDENCIAS·.
PRESIDENCIA
DEL
GOBIERNO MINISTERIO
DE
DEFENSA
14504
.REAL
DECRETO
'''31'979,
de 8de
¡unio,
por
el
que
se
dispone
cese como Vocal
permanente
de
la
Comtsión
Superior
de
Personal
don
Luis
Morel!
Ocaña.
. .
'A.
propuesta
del
Ministro
de'
la
Presidencia.
y
previa
delibe-
ración
del
Consejo
_
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
ocho
de,
junio
de
inil
novecientos
setenta
y
nueve,
Vego
en
disponer
que
don
Luis
Morell
Ocaña
cese
como
Vocal
pennanente
de
la
Comisión
Superior
de
Personal,
agra-
deciéndole
los
servicios
prestados.
Dado
en
Madrid
a
'ocho
de
junfo
'de
mi,
novecientos
setenta
y
nueve.
14506
El
Ministro
de
la
PreSidenc:a, '
'OSE
PE!'RO
PEREZ-LLORCA yRODRIGO
)DAN
CARLOS
REAL
DECRETO
1474/1979,
de
19
de
¡UntO"\
por
el
que
se
dispone
que
el
General
de
DWlSlón
del
Ejército,
de
Tierra
don
Carlos
Samcmiego
HipoU
pase
a
la
situacion
de
reserva.
.
Por
aplicación
de
lo
determinado
en'
elartieulo
cuarto
de
la
Ley
de
cinco
de
abril
de
r¡il
novecientos
cincuenta.
y
d-os,
.
Vengo
en
disponer
que
el,
General
de
División
del_
Ejército
.
de
Tierra
don
Carlos
Samaniego
Ripoll
pase
a
la
situación
de
Reserva,
por
haber
cumplido
la
edad
reglamentaria
el
día
die-
ciOCho
de
junio
de
mil.
novecientos
setenta.y"
nueve,
cesando
en
su
actual
destino.
Dado
én
Madrid
a.
diecinueve
de,
júnio
ci.e
mil
novecientos
setenta
y
nueve.
'
MINISTERIO
DE
JUSTICIA El Ministro de Defensa.
AGlJSTIN RODRIGUEZ
SAHAGUN
JUAN
CARLOS'
14505 RESOLUC/ON
de
la
Dirección
General
de
Justicia
por
la
que
S6
jubila
al
Secretario
excedente
de
Juz.-
gado
de
Distrito
don
Agustín
Jiméne.z
Rodríguez.
Con
esta·
fec'ha.,
y'
con
efectos
del
día
29
de
los
corrientes
en
qUe
cumple
la
eda.c;1
reglamentaria,
se
declara
jubilado
a
don
Agustín
Jiménez
Rodríguez,
Secr$rio
excedente
de
Juzgado
de
Distrito.
'.
lo
que
dig.o aV.
g,
para
su
Conocimiento
ydamA.!
efectos.
Di08
gu4rde
aV. S.
muchos
afina. _
'-
Madrid,
26
de
mayo
de
1979.-J:!:1
Director
general,
Luis
de
Angula
Montes.
.
Sr.'
Jefe
del
Servicio
de
Personal
de-
los
Cuerpos
de
Función
Asistencial
a.
la
AdministracIón
de
Justicia.
.
14507
ORDEN
de
5de
junio
de 1979 por
la
que
se
nom·
bra- Vocell
representante
del
Ejército
del
Aire
en
la
Junta
Central
Militar
de
Redención
de
Penas
al
General
d6
Brigada
de
dicho
Ejército
don
José
Maria
Ncyvo
González~Posada.
En
c~PlimieQto
de
lo
dispuesto
"en
·el
artículo,
2.°
del.
Re-
glamento
aprobado
por
Orden
de
30
de
agosto
de
1952,S8
nom~
bra
Vocal
representant~
del
,Ejército
del
Aire
en
la
Junta
Cen.-
tral
Militar
de
Redención
de
Penas
al
General
de
'Brigada
del
Ejército
del'
Aire
don
José
Maria
Novo
González-Posada.
en
sustitución
del
de
igual
empleo
y
Ejército
don
Alfonso
de
Haya
González.,
en
situación
de
'
..
Reserva-.
Madrid,
5
de
junio
de
1979~
RODRIGUEZ
SAHAGUN

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