Corrección de errores de la Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Plantas Textiles.

MarginalBOE-A-1987-968
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyCorrección

Advertidos errores en la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 173, de fecha 21 de julio de 1986, páginas 26229 a 26232, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el punto I, línea sexta, donde dice: «"Linum Usitatissimur.L. (partim)": Lino textil», debe decir: «Linum Usitatissimum L.(partim)": Lino textil».

En el punto Il, apartado b), líneas segunda a cuarta, donde dice: «la generación G-0: Las sucesivas multiplicaciones de este material se denominarán G-I, G-2 y G-3, etc. ...», debe decir: «la generación G-0. Las sucesivas multiplicaciones de este material se denominarán G-l, G-2, G-3, etc. ...».

En el punto IV, apartado b), primero, c'), párrafo segundo, donde dice: «En todos los casos se tendrá en cuenta las características de las fibras en las determinanciones de laboratorio», debe decir: «En todos los casos se tendrán en cuenta las características de las fibras en las determiinaciones de laboratorio».

En el punto IV. apartado b), primero, e'), párrafo segundo, líneas segunda y tercera, donde dice: «se deschará toda línea en la que aparezcan plantas aberrantes.», debe decir: «se desechará toda línea en la que aparezcan plantas aberrantes.».

Asimismo, en el párrafo tercero, línea primera, donde dice: «Las parcelas de producción G-I deberán estar aisladas ...», debe decir: «Las parcelas de producción de G-l deberán estar aisladas ...».

Igualmente en el párrafo cuarto, línea primera, donde dice: «Podrán autorizarse que la distancia mínima ...», debe decir: «Podrá autorizarse que la distancia mínima ...».

En el punto IV. apartado b), primero. f), párrafo segundo, línea quinta, donde dice: «en las parcelas de produción de semillas de esta generación ...», debe decir: «en las parcelas de producción de semillas de esta generación...».

En el punto V, apartado a), línea novena, donde dice: «En el caso de que se trete de semilla de las categorías ...», debe decir: «En el caso de que se trate de semillas de las categorías ...».

En el punto VI, apartado b), línea quinta, donde dice: « sean aptos para la conservación de la simiente.», debe decir...

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